Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 000417-2020-MDI que aprobó el Programa de Beneficios Reactívate Independencia

Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 000417-2020-MDI, que aprobó el Programa de Beneficios “Reactívate Independencia”

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 000008-2020-MDI

Independencia, 27 de octubre de 2020

VISTO: El Memorando Nº 462-2020-GATR-MDI de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Legal Nº 000284-GAJ-MDI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, con fecha 23 de septiembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 000417-2020- MDI que aprobó el Programa de BeneficiosReactívate Independencia”, el mismo que dispone la flexibilización de condiciones a fin que los vecinos del distrito puedan cumplir con sus obligaciones tributarias y no tributarias;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la norma precitada faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicación y para la prórroga de los beneficios tributarios contenidos en la misma;

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 000006-2020-MDI, se amplió la vigencia del Programa de BeneficiosReactívate Independenciahasta el 30 de octubre de 2020;

Que, conforme señala el Memorando Nº 00462-2020-GATR-MDI, dada la severa afectación a la economía familiar generada por la situación de aislamiento social ordenado a nivel nacional, se hace necesario ampliar el plazo de vigencia del beneficio antes mencionado, así como formular algunas precisiones en el mismo, a fin de dar la oportunidad a mas vecinos para que efectúen su regularización tributaria y no tributaria, con la menor afección posible;

Estando a lo opinado por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las facultades conferidas por los artículos 20º numeral 6), y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORRÓGUESE el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 000417-2020-MDI, que aprobó el Programa de BeneficiosReactívate Independencia”, hasta el 30 de noviembre de 2020.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y demás áreas de acuerdo a su competencia y atribuciones, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

YURI JOSE PANDO FERNANDEZ

Alcalde

1898603-1