Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 595/MDC
Comas, 18 de septiembre de 2020
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE COMAS
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de septiembre de 2020; el Informe Nº 038-2020-SGPVL-GDS/MDC y el Informe Nº 040-2020-SGPVL-GDS/MDC de la Subgerencia del Programa de Vaso de Leche; el Memorando Nº 190-2020-GDS/MC de la Gerencia de Desarrollo Social; el Informe Nº 324-2020-GAJ/MDC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; el Dictamen Nº 002-2020-CPVLAC/MDC de la Comisión del Programa del Vaso de Leche y Alimentación Complementaria de la Municipalidad Distrital de Comas; respecto al Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos, de conformidad con lo establecido por el numeral 4) del artículo 200º de la Constitución Política del Perú, que otorga el rango de Ley a las Ordenanzas Municipales;
Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, establece que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se regula las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa;
Que, el Artículo 84º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, norma sobre los Programas Sociales, Defensa y Promoción de Derechos, cuyo numeral 2.11 del inciso 2 establece entre otras, que las funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Distritales, es la de ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demás programas de apoyo alimentario con participación de la población y en concordancia con la legislación sobre la materia;
Que, el numeral 2.1. del artículo 2º de la Ley 27470, que establece normas complementarias para la ejecución del Programa del Vaso de Leche, señala que, en cada municipalidad provincial en el distrito capital de la provincia, en las municipalidades distritales y delegadas ubicadas en su jurisdicción, se conforma un Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche. El Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche será aprobado por dicho Comité y deberá ser reconocido por el Concejo Municipal;
Que, la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche, mediante informes de visto, propone la aprobación del Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Comas; Asimismo, concluye que la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Comas, es indispensable, toda vez que es un documento exigido por la Contraloría General de la República;
Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante informe de visto, emite opinión favorable sobre el Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Comas, señalando además que, el mismo debe ser aprobado mediante una Ordenanza Municipal;
Que, la Comisión Permanente de Regidores del Programa del Vaso de Leche y Alimentación Complementaria, mediante dictamen de visto, dictaminan aprobar, en consecuencia elevar el Pleno de Concejo de la Municipalidad Distrital de Comas para su respectiva consideración, el Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Comas;
Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Comas, con el voto POR UNANIMIDAD de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS
Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de La Municipalidad Distrital de Comas, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º.- DEROGAR toda norma o disposición que contravenga a la presente Ordenanza.
Artículo 3º.- FACULTAR al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, regule las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que sean necesarias para la mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Artículo 4º.- ENCARGAR al Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche, el fiel cumplimiento de las disposiciones contenidas en su Reglamento de Organización y Funciones.
Artículo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, Subgerencia del Programa de Vaso de Leche y demás órganos y/o unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo 6º.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas; www.municomas.gob.pe
Artículo 7º.- DISPONER que la presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RAUL DIAZ PEREZ
Alcalde
1897847-1