Modifican el artículo 1 de la R.VM. N° 210-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Ucayali
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 487-2020-MTC/03
Lima, 26 de octubre de 2020
VISTO, el Informe N° 1275-2020-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 11 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión;
Que, el artículo 7 del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial;
Que, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC y modificatorias, establece las medidas y acciones necesarias para la transición de los servicios de radiodifusión por televisión con tecnología analógica hacia la prestación de estos servicios utilizando tecnología digital, previendo la implementación de la televisión digital terrestre en el país de manera progresiva en los cinco (05) territorios establecidos para tal efecto, fijando plazos máximos para la aprobación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias respectivos;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 210-2004-MTC/03 y modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Ucayali;
Que, con la Resolución Suprema Nº 019-2009-MTC se adoptó el estándar ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial) como el sistema de televisión digital terrestre para el Perú;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 150-2010-MTC/03, se modificó la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias-PNAF atribuyendo para televisión digital terrestre las bandas 470-608 MHz y 614-698 MHz;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 235-2016-MTC/01.03, se modificó la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias-PNAF estableciéndose que las bandas 470-608 MHz y 614-698 MHz se encuentran atribuidas para el servicio de radiodifusión por televisión que utiliza la tecnología digital y que las frecuencias previamente asignadas en las bandas 470-608 MHz y 614-692 MHz podrán continuar siendo utilizadas para la transmisión de señales analógicas. Asimismo, la banda 692-698 MHz se declara en reserva y mientras dure esta situación el Ministerio no realizará nuevas asignaciones en esta banda;
Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 1275-2020-MTC/28.01, propone la modificación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF para diversas localidades del departamento de Ucayali, a fin de incorporar los planes de las localidades de ALEXANDER VON HUMBOLDT-MONTE ALEGRE DE NESHUYA, BOLOGNESI, BREU, ESPERANZA, IPARIA y SAN ALEJANDRO e indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias-PNAF, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión;
De conformidad con la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC y la Resolución Ministerial Nº 015-2019-MTC/01 y sus modificatorias, que aprueban las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respectivamente, y;
Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 210-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Ucayali, a fin de incorporar los planes de las localidades de ALEXANDER VON HUMBOLDT-MONTE ALEGRE DE NESHUYA, BOLOGNESI, BREU, ESPERANZA, IPARIA y SAN ALEJANDRO; conforme se indica a continuación:
Localidad: ALEXANDER VON HUMBOLDT-MONTE ALEGRE DE NESHUYA
Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias |
|||
Canal |
Frec. Inicial (MHz.) |
Frec. Final (MHz.) |
Frec. Central (MHz.) |
27 |
548 |
554 |
551+1/7 |
29 |
560 |
566 |
563+1/7 |
31 |
572 |
578 |
575+1/7 |
33 |
584 |
590 |
587+1/7 |
- Total de canales: 4
- La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.25 KW.
- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica
- Las estaciones que se ubiquen en el distrito de Alexander Von Humboldt deberán tener una máxima altura de centro de radiación de 260 m.s.n.m.
- Las estaciones que se ubiquen en el distrito de Neshuya deberán tener una máxima altura de centro de radiación de 220 m.s.n.m.
Localidad: BOLOGNESI
Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias |
|||
Canal |
Frec. Inicial (MHz.) |
Frec. Final (MHz.) |
Frec. Central (MHz.) |
17 |
488 |
494 |
491+1/7 |
19 |
500 |
506 |
503+1/7 |
21 |
512 |
518 |
515+1/7 |
23 |
524 |
530 |
527+1/7 |
25 |
536 |
542 |
539+1/7 |
27 |
548 |
554 |
551+1/7 |
29 |
560 |
566 |
563+1/7 |
31 |
572 |
578 |
575+1/7 |
- Total de canales: 8
- La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 1 KW.
- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica
Localidad: BREU
Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias |
|||
Canal |
Frec. Inicial (MHz.) |
Frec. Final (MHz.) |
Frec. Central (MHz.) |
16 |
482 |
488 |
485+1/7 |
18 |
494 |
500 |
497+1/7 |
22 |
518 |
524 |
521+1/7 |
24 |
530 |
536 |
533+1/7 |
28 |
554 |
560 |
557+1/7 |
30 |
566 |
572 |
569+1/7 |
32 |
578 |
584 |
581+1/7 |
34 |
590 |
596 |
593+1/7 |
- Total de canales: 8
- La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 1 KW.
- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica
Localidad: ESPERANZA
Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias |
|||
Canal |
Frec. Inicial (MHz.) |
Frec. Final (MHz.) |
Frec. Central (MHz.) |
16 |
482 |
488 |
485+1/7 |
22 |
518 |
524 |
521+1/7 |
24 |
530 |
536 |
533+1/7 |
26 |
542 |
548 |
545+1/7 |
28 |
554 |
560 |
557+1/7 |
30 |
566 |
572 |
569+1/7 |
32 |
578 |
584 |
581+1/7 |
34 |
590 |
596 |
593+1/7 |
- Total de canales: 8
- La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 1 KW.
- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica
Localidad: IPARIA
Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias |
|||
Canal |
Frec. Inicial (MHz.) |
Frec. Final (MHz.) |
Frec. Central (MHz.) |
16 |
482 |
488 |
485+1/7 |
18 |
494 |
500 |
497+1/7 |
20 |
506 |
512 |
509+1/7 |
22 |
518 |
524 |
521+1/7 |
24 |
530 |
536 |
533+1/7 |
26 |
542 |
548 |
545+1/7 |
30 |
566 |
572 |
569+1/7 |
34 |
590 |
596 |
593+1/7 |
- Total de canales: 8
- La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 1 KW.
- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica
Localidad: SAN ALEJANDRO
Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias |
|||
Canal |
Frec. Inicial (MHz.) |
Frec. Final (MHz.) |
Frec. Central (MHz.) |
15 |
476 |
482 |
479+1/7 |
17 |
488 |
494 |
491+1/7 |
19 |
500 |
506 |
503+1/7 |
21 |
512 |
518 |
515+1/7 |
23 |
524 |
530 |
527+1/7 |
25 |
536 |
542 |
539+1/7 |
- Total de canales: 6
- La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.25 KW.
- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica
Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados; en tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas observará su estricto cumplimiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA VIRGINIA NAKAGAWA MORALES
Viceministra de Comunicaciones
1898127-1