Aprueban el Reglamento de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional de Arequipa
ORDENANZA REGIONAL
Nº 433-AREQUIPA
El Consejo Regional de Arequipa
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
Que, estando a las consideraciones expuestas en la Exposición de Motivos de la Ley 27867 Ley Orgánica del Gobierno Regional y sus Modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional
Que el artículo 31 de la Constitución Política del Perú. Modificado por el Artículo Único de la Ley N° 28480 preceptúa:
“los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum, iniciativa legislativa; remoción de autoridades y demanda de rendición de cuentas.”
Que el Ítem 3 del Artículo 8 de la Ley N° 27867 y su modificatoria Ley Nro. 27902 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece:
“La gestión de los gobiernos regionales se rige por los siguientes principios:
Gestión moderna y rendición de cuentas. - la admiración Publica Regional está orientada bajo un sistema moderno de gestión y sometida a una evaluación de desempeño. Los gobiernos regionales incorporaran a sus programas de acción mecanismos concretos para la rendición de cuentas a la ciudadanía sobre los avances, logros dificultades y perspectivas de su gestión. La Audiencia Pública será una de ellas. Los titulares de la administración pública regional son gestores de los intereses de la colectividad y están sometidas a las responsabilidades que la ley establezca”.
SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA:
ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL N° 017- AREQUIPA (09/08/2007)
Artículo 1°. – Aprueba Reglamento
Aprobar el Reglamento de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional de Arequipa, el mismo que comprende: VI títulos, veinte y uno (21) artículos dos (02) disposiciones complementarias, el que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°. – Vigencia de la norma
La presente norma entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario El Peruano
Artículo 3°. – Norma derogatoria
Deróguese cualquier disposición legal que se oponga a la presente.
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.
En Arequipa, a los seis días del mes de octubre del 2020.
T. WUILE AYÑAYANQUE ROSAS
Presidente del Consejo Regional de Arequipa
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los veinte días del mes de octubre del dos mil veinte.
ELMER CACERES LLICA
Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa
1897405-1