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Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas

Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

N° 116-2020-CONCYTEC-P

Lima, 23 de octubre de 2020

VISTOS: El Informe Técnico – Legal Nº 063-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y el Proveído Nº 128-2020-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica – FONDECYT, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, en adelante la Directiva, la cual ha sido modificada mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P;

Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y la Unidad de Seguimiento y Monitoreo son los responsables de verificar que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados por el FONDECYT, así como de precisar si se trata de un Instrumento/Esquema Financiero que se encuentra en ejecución cuyo convenio ha sido suscrito con entidades públicas o personas jurídicas privadas domiciliadas y no domiciliadas en el país, o si se trata de un Esquema Financiero proveniente de un concurso;

Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certificado de Crédito Presupuestario y de verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva;

Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Oficina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Verificar la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Verificar que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o subvencionar, cuente con la Resolución que lo declare ganador del Instrumento Financiero respectivo, y iii) Verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva;

Que, mediante el Proveído Nº 128-2020-FONDECYT-DE la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT, solicita se apruebe las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas por un importe total ascendente a S/ 666,351.81 (Seiscientos Sesenta y Seis Mil Trescientos Cincuenta y Uno y 81/100 Soles), señalando que permitirá cofinanciar los proyectos ganadores del concurso del Esquema Financiero E041-2018-01-BM denominado “Subproyectos de Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico”, para lo cual remite el Informe Técnico Legal Nº 063-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, mediante el cual el Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, para el desarrollo de los proyectos señalados en el Informe Técnico Legal, para tal efecto adjunta los Certificados de Crédito Presupuestario N° 299-2020, 333-2020, 336-2020, 353-2020, 359-2020, 380-2020, 396-2020, 410-2020, 415-2020, 436-2020, 441-2020 y 536-2020, y copia de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 109-2018-FONDECYT-DE, 110-2018-FONDECYT-DE, 111-2018-FONDECYT-DE, 112-2018-FONDECYT-DE, 113-2018-FONDECYT-DE y 127-2018-FONDECYT-DE, que aprueban los listados de beneficiarios de la convocatoria del citado esquema financiero;

Que, el Informe Técnico Legal concluye que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, cada una en el ámbito de su competencia, emiten opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo verificado el cumplimiento de todos requisitos exigidos en la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, en las bases del concurso, en los contratos suscritos, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos afines, emitidos y suscritos por la referida Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre la materia, para efectuar los desembolsos solicitados en el mencionado Informe Técnico Legal;

Que, asimismo, con el citado Informe Técnico Legal, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto cumple con el informe favorable requerido por la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

Que, finalmente, mediante el citado Informe Técnico Legal, los responsables de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos, presupuestales y legales exigidos para efectuar las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, para cofinanciar los proyectos citados en el Informe Técnico Legal mencionado, así como de las disposiciones contenidas en las bases del mencionado esquema financiero, los contratos (incluida su vigencia), y en la normativa vigente sobre la materia;

Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, del Director Ejecutivo y del Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, Ley N° 30806, Ley que Modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC, Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Decreto Supremo N° 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, y sus modificatorias efectuadas mediante Resoluciones de Presidencia N° 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P, y la Resolución de Presidencia N° 116-2018-CONCYTEC-P;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar las transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, por la suma total de S/ 666,351.81 (Seiscientos Sesenta y Seis Mil Trescientos Cincuenta y Uno y 81/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme a lo siguiente:

Tipo

Proyecto o Programa

Denominación

Institución

N° de Convenio o Contrato

Monto Total del desembolso en Soles
S/

1

Transferencias financieras

Proyecto

Desarrollo de productos de panificación saludables con alto contenido de compuestos bioactivos y capacidad antioxidante a partir de harina de granos andinos germinados.

Universidad Nacional del Santa

027-2018

54,000.00

2

Proyecto

Implementación de técnicas de diagnóstico de enfermedades en Pitahaya (Hylocereus spp.), Tara (Caesalpinia spinosa (Mol.) Kuntze) y Azucena (Lilium spp.) como parte de la creación de la Clínica Fitopatológica en la región Amazonas.

Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas

031-2018

30,788.00

3

Proyecto

Innovación biotecnológica para la producción masiva de embriones somáticos de cacao (Theobroma cacao L.) fino de aroma en la Región Amazonas

Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas

033-2018

45,000.00

4

Proyecto

Desarrollo de pre fermentador prototipo de “Orujo” de uva pisquera para la obtención de mosto adicional con separación de cáscaras y semillas.

Universidad Nacional de Ingeniería

082-2018

23,380.00

5

Proyecto

Pruebas Moleculares en Punto de Atención para Enfermedades de Impacto en Salud Pública en el Perú (TB MDR, Dengue, Zika y Chikungunya): Desarrollo de un Sistema Práctico de Extracción y Amplificación de Ácidos Nucleicos

Instituto Nacional de Salud

100-2018

95,980.00

6

Proyecto

Aprovechamiento integral de los hongos comestibles de la variedad Siullus y Boletus para el desarrollo de alimentos proteicos mediante la implementación de un prototipo de horno solar altamente eficiente en Provincia de Calca–distrito de Lares y Pisac, departamento de Cusco.

Universidad Nacional del Callao

113-2018

43,900.00

7

Proyecto

Producción de una vacuna viva atenuada de Salmonella Typhimurium para mitigar el impacto de la salmonelosis en la crianza de cuyes

Universidad Nacional Mayor de San Marcos

135-2018

59,742.81

8

Proyecto

Diseño de Nanocontactos y Nanoantenas para Aplicaciones de Detección y Caracterización Opto-Electrónica de Moléculas

Universidad Nacional de Ingeniería

174-2018

85,000.00

9

Proyecto

Papel de envoltura para alimentos elaborado con fibra de bambú y reciclada, reforzada con nanocelulosa

Universidad Nacional Agraria La Molina

187-2018

28,298.00

10

Subvenciones a personas jurídicas privadas

Proyecto

Evaluación y diferenciación de la calidad del pisco en concordancia con la denominación de origen del pisco peruano empleando una nariz electrónica.

Pontificia Universidad Católica del Perú

051-2018

7,400.00

11

Proyecto

Caracterización biomecánica del gesto técnico de recepción en el voleibol puesta al servicio del entrenamiento deportivo mediante el desarrollo de un aplicativo móvil integrado a un sistema de captura de movimiento low-cost

Pontificia Universidad Católica del Perú

058-2018

70,368.00

12

Proyecto

INNOVACIÓN PARA EL ECOTURISMO SOSTENIBLE: Planeamiento Adaptativo y Dinamización de Sistemas de Innovación para el valle de Huyro Cusco como destino ecoturístico.

Pontificia Universidad Católica del Perú

064-2018

122,495.00

TOTAL

666,351.81

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la Oficina General de Administración del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA LEÓN VELARDE SERVETTO

Presidenta

1897750-1