Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República destinada a la contratación de sociedad de auditoría externa

Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a la contratación de sociedad de auditoría externa

resolución de presidencia

Nº 044-2020-SUNASS-PE

Lima, 23 de octubre de 2020

VISTOS:

El Memorándum Nº 163-2020-SUNASS-OPPM de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 098-2020-SUNASS-OPPM-UPP de la Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, mediante los cuales se solicita aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de la sociedad auditora para el ejercicio fiscal 2020.

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 20 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por dicho organismo de control para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a estas. Para tal fin, las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales están autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de ésta.

Que, mediante Resolución Nº 369-2019-CG, publicada en el diario oficial El Peruano el 22 de octubre de 2019, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría que las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales deben transferir a aquella. El monto correspondiente a SUNASS asciende a la suma de S/ 52,162.00 para la auditoría del ejercicio fiscal 2020.

Que, mediante Oficio Nº 000385-2020-CG/GAD, de fecha 9 de octubre de 2020, la Contraloría General de la República solicitó a SUNASS realizar la transferencia financiera para la auditoría del periodo fiscal 2020.

Que, mediante Informe Nº 098-2020-SUNASS-OPPM-UPP, que forma parte integrante de la presente resolución, la Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto indica que la SUNASS cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia a favor de la Contraloría General de la República por el monto ascendente a la suma de S/ 52,162.00 para la contratación de la sociedad de auditoría externa para el ejercicio fiscal 2020.

De conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y en concordancia con el artículo 55 del Reglamento General de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM; y con la conformidad de las Oficinas de Administración y Finanzas, Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de Asesoría Jurídica.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- APROBAR la transferencia financiera con cargo al Presupuesto Institucional 2020, del Pliego 021: Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (001267), hasta por la suma de S/ 52,162.00 (incluido IGV) de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio fiscal 2020 de SUNASS.

Artículo 2º.- DISPONER que la transferencia financiera autorizada en el artículo anterior se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 021: Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (001267), Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica del Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto: 2.4.13.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados.

Artículo 3º.- PRECISAR que los recursos de la presente transferencia financiera no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4º.- DISPONER que la presente resolución se publique en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-SUNASS (www.sunass.gob.pe) y en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

IVÁN MIRKO LUCICH LARRAURI

Presidente Ejecutivo

1897585-1