Oficializan la aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Instituto del Mar del Perú - IMARPE
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
N° 071-2020-IMARPE/PE
Callao, 10 de agosto de 2020
VISTOS:
El Oficio N° D000324-2020-CEPLAN-DNCP de fecha 13 de julio de 2020, de la Dirección Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; el Memorándum N° 201-2020-IMARPE/OGPP de fecha 27 de julio de 2020, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 178-2020-IMARPE/OGAJ de fecha 31 de julio de 2020, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y el Acuerdo Nº 011-2020-CD/O adoptado por el Consejo Directivo en su Cuarta Sesión Ordinaria, celebrada el 4 de agosto de 2020;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 23 de enero de 2020, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” el Decreto de Urgencia N° 015-2020 – Decreto de Urgencia que modifica el Decreto Legislativo n° 95 – Ley del Instituto del Mar del Perú – Imarpe, para la mejora y el fortalecimiento del rol y la gestión institucional, estableciéndose, una nueva estructura orgánica para la entidad, en la que el/la Presidente/a Ejecutivo/a, preside el Consejo Directivo;
Que, el Decreto de Urgencia, antes indicado establece en su Segunda Disposición Complementaria, referida a la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones y los documentos de gestión del Imarpe, que en un plazo que no exceda de treinta (30) días hábiles, contado desde del día siguiente de la publicación del Decreto de Urgencia N° 015-2020 y en tanto no se aprueben los documentos de gestión, se aplican las disposiciones contenidas en los que se encuentran actualmente vigentes, en lo que resulten aplicables;
Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala en su artículo 34 que todo organismo público debe de contar con un Plan Estratégico Institucional –PEI;
Que, la Guía para el Planeamiento Institucional aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N°053-2018-CEPLAN/PCD y su modificación, aprobado por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00016-2019/CEPLAN/PCD, señala en el numeral 4.1 que el PEI es un Instrumento de gestión que define la estrategia del Pliego para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres años, a través de iniciativas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve. Estos objetivos se deben reflejar en resultados;
Que, la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional” establece los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional-PEDN” en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;
Que, al respecto, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Científica N° 150-2019-IMARPE/DEC de fecha 19 de julio de 2019, se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2022, que contiene los objetivos y acciones estratégicas a desarrollar para el periodo de 3 años, el cual fue elaborado en base a los lineamientos de la Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional N° 001-2017-CEPLAN y la Guía para Planeamiento Institucional, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLN/PCD y modificatorias, alineado con los objetivos estratégicos formulados en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional Perú al 2021 (Plan Bicentenario) y el Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2017 – 2021 del Sector Producción (aprobado por RM N° 354-2017-PRODUCE);
Que, con Oficio Múltiple N° D0040-2019-CEPLAN-DNCP de fecha 24 de diciembre de 2019, el CEPLAN indica ampliar la temporalidad de los planes institucionales en base a programar y actualizar los Objetivos y acciones estratégicas hasta el 2023 como mínimo, con la finalidad de dar cobertura al POI Multianual 2021-2123 como mínimo;
Que, además, con Oficio N° D000324-2020-CEPLAN-DNCP de fecha 13 de julio de 2020, la Dirección Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN remiten a la Presidencia Ejecutiva el Informe Técnico Nº D000169-2020-CEPLAN-DNCPPEI de verificación y validación de la ampliación del Plan Estratégico Institucional 2020 – 2023 del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, el cual concluye que la propuesta del PEI 2020-2023, guarda consistencia y coherencia con los lineamientos del PESEM y la Guía para el Planeamiento Institucional y sus modificatorias;
Que, en ese sentido, a través del Memorándum N° 201-2020-IMARPE/OGPP de fecha 27 de julio de 2020, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite la versión final del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Pliego IMARPE, para la elaboración del dispositivo legal correspondiente y aprobación del Presidente Ejecutivo;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 178-2020-IMARPE/OGAJ de fecha 31 de julio de 2020, señala que resulta jurídicamente viable aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Imarpe en cumplimiento de los lineamientos establecidos en la Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional N° 001-2017-CEPLAN y la Guía para Planeamiento Institucional, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLN/PCD y modificatorias;
Que, el inciso d) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Imarpe aprobado por Resolución Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE, señala que la función del Consejo Directivo es aprobar, entre otros, el Plan Estratégico Institucional;
Que, conforme a lo indicado en el párrafo precedente, el Consejo Directivo del Imarpe en su Cuarta Sesión Ordinaria celebrada con fecha 4 de agosto de 2020, mediante Acuerdo Nº 011-2020-CD/O, ha aprobado el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Instituto del Mar del Perú – Imarpe;
Que, en el contexto antes mencionado, resulta necesario asegurar la continuidad de las actividades propias de la entidad y para ello disponer la oficialización del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 antes señalado, correspondiéndole a la Presidencia Ejecutiva expedir la presente Resolución;
Con el visado de la Gerencia General y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficializar la aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Instituto del Mar del Perú – Imarpe, documento que como Anexo Forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Este instrumento de Gestión, podrá ser modificado y/o reformulado durante el proceso de ejecución a propuesta de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Instituto del Mar del Perú – Imarpe, de conformidad con lo dispuesto en la Guía para el Planeamiento Institucional.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo que forma parte integrante de la misma, en el Diario Oficial “El Peruano”, en el portal web de la entidad: http://www.imarpe.gob.pe y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
Regístrese, Comuníquese y Publíquese.
JAVIER GAVIOLA TEJADA
Presidente Ejecutivo
Instituto del Mar del Perú
1897377-1