Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Decreto de Urgencia para la dinamización económica en el marco del plan de cierre de brechas para la población del ámbito petrolero del departamento de Loreto; corredor Vial Apurímac Cusco y Arequipa y zona del VRAEM ante la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19 y que dicta otras medidas

DECRETO DE URGENCIA

Nº 126-2020

DECRETO DE URGENCIA PARA LA DINAMIZACIÓN ECONÓMICA EN EL MARCO DEL PLAN DE CIERRE DE BRECHAS PARA LA POBLACIÓN DEL ÁMBITO PETROLERO, DEL DEPARTAMENTO DE LORETO; CORREDOR VIAL APURÍMAC, CUSCO Y AREQUIPA Y ZONA DEL VRAEM, ANTE LA EMERGENCIA SANITARIA PRODUCIDA POR EL COVID-19,

Y QUE DICTA OTRAS MEDIDAS

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del Coronavirus (COVID-19), el mismo que ha sido prorrogado mediante los Decretos Supremos Nros. 020-2020-SA y 027-2020-SA;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, precisado o modificado por los Decretos Supremos Nros. 045-2020-PCM, 046-2020-PCM, 051-2020-PCM, 053-2020-PCM, 057-2020-PCM, 058-2020-PCM, 061-2020-PCM, 063-2020-PCM, 064-2020-PCM, 068-2020-PCM, 072-2020-PCM, 083-2020-PCM, 094-2020-PCM, 110-2020-PCM, 116-2020-PCM, 117-2020-PCM, 129-2020-PCM, 135-2020-PCM, 139-2020-PCM, 146-2020-PCM, 151-2020-PCM y 156-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote de la COVID-19; disponiéndose asimismo una serie de medidas para el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito, así como para reforzar el Sistema de Salud en todo el territorio nacional, entre otras medidas necesarias para proteger eficientemente la vida y la salud de la población, reduciendo la posibilidad del incremento del número de afectados por la COVID-19. Dicho plazo ha sido prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051-2020-PCM, 064-2020-PCM, 075-2020-PCM, 083-2020-PCM, 094-2020-PCM, 116-2020-PCM, 135-2020-PCM, 146-2020-PCM y 156-2020-PCM, hasta el 31 de octubre de 2020;

Que, el riesgo de alta propagación de la COVID-19 en el territorio nacional viene afectando las perspectivas de crecimiento de la economía global y nacional, especialmente la inversión pública que presenta problemas debido a la suspensión de sus actividades que se generan por la necesaria medida de aislamiento social dispuesta con la declaración de Estado de Emergencia Nacional declarada por Decreto Supremo Nº 044-2020- PCM y sus prórrogas; y resulta necesario dictar medidas para dinamizar la ejecución de inversiones y proyectos productivos, dado el contexto atípico y de emergencia en el que se encuentra el país;

Que, es necesario mitigar los efectos negativos de la pandemia por COVID-19 en los hogares peruanos, así como de garantizar condiciones mínimas para toda la población, generando oportunidades y capacidades para responder a cualquier evento adverso en el futuro. Así, es importante que el Estado no solo adopte medidas sanitarias que permitan continuar enfrentando la pandemia del COVID-19 y medidas para la reanudación de las actividades de una forma más sostenible, sino también es necesario que se brinden intervenciones que tengan por finalidad desarrollar las capacidades de las personas para adecuarse y prepararse para las nuevas condiciones producidas por el COVID-19, potenciando su resiliencia, y con ello mitigar sus impactos negativos;

Que, la propagación del coronavirus a nivel nacional viene afectando las perspectivas de crecimiento de la economía global, y en particular la dinámica de algunos sectores productivos, al empleo y a los ingresos de familias y empresas nacionales, por lo cual es necesario establecer mecanismos que coadyuven al financiamiento de tales sectores productivos. Es el caso de: 1) actividades productivas comprendidas en el Plan de Cierre de Brechas para la población del ámbito petrolero de las provincias de Datem del Marañón, Loreto, Alto Amazonas, Requena y Maynas, del departamento de Loreto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 145-2020-PCM, cuya finalidad es contribuir al desarrollo armonioso de las comunidades nativas y centros poblados del ámbito petrolero de Loreto a través de la promoción de un desarrollo territorial participativo en el que los actores públicos, privados y de la sociedad civil sean capaces de comprender y aprovechar sosteniblemente las potencialidades del territorio; 2) actividades productivas en el corredor Vial Sur, respecto del cual mediante Decreto Supremo Nº 020-2020-PCM se declaró el estado de emergencia en parte del corredor Vial Apurímac - Cusco, Arequipa, incluyendo los quinientos metros adyacentes a cada lado de la vía, en los tramos comprendidos por el distrito de Coporaque de la Provincia de Espinar y por el distrito de Ccapacmarca de la Provincia de Chumbivilcas del departamento de Cusco; 3) proyectos de inversión comprendidos en el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, bajo la modalidad de intervención (No Concursable - NCOENE) en los ámbitos del Plan de cierre de brechas (Loreto), Corredor Vial Sur (Cusco, Apurímac) y VRAEM (Ayacucho, Cusco y Huancavelica), a fin de generar empleo temporal en beneficio de la población que se encuentra en situación de pobreza y pobreza extrema y de esta manera puedan percibir un ingreso que les permita cubrir sus necesidades básicas en un corto plazo; 4) proyectos de inversión de agua y saneamiento comprendidos en el Programa Nacional de Saneamiento Rural del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco del Plan del cierre de brechas (Loreto) y el corredor vial Cusco; 5) proyectos de inversión para mejoramiento de carretera y para mejoramiento del sistema de riego en localidades afectadas por el impacto económico producido a partir de la propagación del COVID-19 a nivel nacional;

Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 051-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para financiar los mayores gastos derivados de la Emergencia Sanitaria del COVID-19 durante el Año Fiscal 2020, las demandas de gasto destinadas a la prevención y contención del COVID-19, pueden ser financiadas de manera extraordinaria y temporal durante el Año Fiscal 2020 con recursos de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, provenientes de la emisión de bonos que se autoriza en el numeral 3.1 del artículo 3 del citado Decreto de Urgencia y con los recursos provenientes de las líneas de crédito contingentes aprobadas por los Decretos Supremos Nºs. 398-2015-EF, 031 y 032-2016-EF, siempre que se traten de gastos de capital y gastos corrientes no permanentes, destinados a la prevención y contención del COVID-19 y la reactivación económica en el 2020, así como para la atención de los gastos previstos en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 afectados por la caída de la recaudación producida como consecuencia del COVID-19, a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440 y los que se dispongan mediante una norma con rango de Ley que deben ser financiados con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia;

Que, de otro lado, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2015-MIMP se crea el Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza –CONTIGO, programa que fue transferido al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social mediante Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS, que tiene por objeto otorgar una pensión no contributiva de S/ 300 soles cada dos meses a las personas con discapacidad severa que se encuentren en situación de pobreza, para contribuir en la mejora de su calidad de vida. Estas personas con discapacidad severa tienen una alta condición de vulnerabilidad, lo que les hace ser una población de alto riesgo, por lo cual es necesario adoptar medidas que minimicen la afectación que viene produciendo la propagación del COVID-19 en las economías de dicha población, de modo que no se agudice su situación de pobreza o pobreza extrema;

Que, en consecuencia, es necesario adoptar medidas económico y financieras que permitan la dinamización económica, y minimicen la afectación que viene produciendo el Estado de Emergencia Nacional y sus prórrogas, en la economía de hogares más vulnerables; medidas que, de no adoptarse, podrían afectar aún más la economía nacional;

En uso de las facultades conferidas por el inciso 19 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,

Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República:

DECRETA:

Artículo 1. Objeto

El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, que permitan la dinamización de la economía a través de mecanismos de financiamiento para actividades productivas comprendidas en el plan del cierre de brechas para la población del ámbito petrolero, del departamento de Loreto; en el corredor Vial Apurímac, Cusco y Arequipa, así como en la zona del VRAEM; así como para minimizar la afectación que viene produciendo la propagación del COVID-19 en las economías de la población económicamente vulnerable.

Artículo 2.- Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático para financiamiento de proyectos productivos y estudios en materia de caminos de herradura, embarcaderos y tambos

2.1 Autorízase durante el Año Fiscal 2020, al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático hasta por la suma de S/ 11 191 865,00 (ONCE MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), conforme a lo siguiente:

a) Con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 003: Programa Nacional Cuna Más, hasta por la suma de S/ 9 999 775,00 (NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor de la Unidad Ejecutora 004: Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, para financiar la ampliación de la cobertura de la ejecución del Programa Presupuestal 0118-Hogares rurales con economías de subsistencia acceden a mercados locales – Haku Wiñay/Noa Jayatai; así como, para financiar la elaboración de formatos de Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y Reposición (IOARR); y para la elaboración de expedientes técnicos de las IOARR, en materia de caminos de herradura y embarcaderos, siempre que dichas intervenciones correspondan a IOARR, en el marco del “Plan de Cierre de Brechas para la población del ámbito petrolero de las provincias de Datem del Marañón, Loreto, Alto Amazonas, Requena y Maynas, del departamento de Loreto”, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 145-2020-PCM.

b) Con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria – Pensión 65, hasta por la suma de S/ 1 192 090,00 (UN MILLON CIENTO NOVENTA Y DOS MIL NOVENTA Y 00/100 SOLES), a favor de la Unidad Ejecutora 008: Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS, para financiar la elaboración de expedientes técnicos y estudios de preinversión de proyectos de inversión en materia de Tambos, en el marco del “Plan de Cierre de Brechas para la población del ámbito petrolero de las provincias de Datem del Marañón, Loreto, Alto Amazonas, Requena y Maynas, del departamento de Loreto”, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 145-2020-PCM.

2.2 Para efectos de lo dispuesto en el numeral 2.1 del presente artículo, el MIDIS queda exceptuado de lo dispuesto en el inciso 4 del numeral 48.1 del artículo 48 Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Artículo 3.- Aprobación de Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y Reposición e incorporación en el Programa Multianual de Inversiones en materia de caminos de herradura y embarcaderos

3.1 Autorízase excepcionalmente al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS a través de la Unidad Ejecutora 004: Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, a elaborar y aprobar formatos de Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y Reposición – IOARR en materia de caminos de herradura y embarcaderos, exclusivamente en el marco del “Plan de Cierre de Brechas para la población del ámbito petrolero de las provincias de Datem del Marañón, Loreto, Alto Amazonas, Requena y Maynas, del departamento de Loreto”, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 145-2020-PCM, previa suscripción de convenios con los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales respectivos.

3.2 El MIDIS es responsable de cumplir la normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, así como los diseños y las características técnicas dispuestas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones-MTC, vigentes a la publicación del presente Decreto de Urgencia.

3.3 La OPMI del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social queda facultado a incorporar los citados IOARR aprobados en su Programación Multianual de Inversiones, previo registro y aprobación en el Banco de Inversiones por parte de la Unidad Formuladora de FONCODES.

3.4 Los expedientes técnicos de las IOARR que se aprueben en el marco del presente artículo culminan y se registran en el Banco de Inversiones como máximo hasta el 31 de julio de 2021.

Artículo 4. Autorización para otorgar constancia respecto a la previsión de recursos en materia de saneamiento, transportes y riego

4.1 Dispóngase que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Municipalidad Distrital de Oyolo, emite la constancia respecto a la previsión de recursos para las convocatorias a procedimientos de selección cuya ejecución contractual supere el Año Fiscal 2020, por los proyectos de inversión y hasta por el monto señalado en Anexo 1 en materia de saneamiento, para la ejecución de la obra y supervisión del proyecto con Código Único 2210922 “Mejoramiento de la Carretera Saramiriza – Borja, distrito de Manseriche, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto”, y para la ejecución del proyecto con Código Único 2404392 “Mejoramiento del sistema de riego en la localidad de Achumani, Pomatambo en el Centro Poblado de Oyolo - Distrito de Oyolo - Provincia de Paucar del Sara Sara - Región Ayacucho”, respectivamente.

4.2 Previo a la emisión de la constancia de previsión presupuestaria de recursos por parte de la Municipalidad Distrital de Oyolo, el Ministerio de Agricultura y Riego, a través de la unidad orgánica que este designe emitirá opinión favorable, a solicitud de la Municipalidad Distrital de Oyolo, al expediente técnico actualizado y registrado en el Banco de Inversiones de acuerdo a lo establecido en el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles contados desde la entrada en vigencia del presente decreto de urgencia.

4.3 Dichas constancias respecto a la previsión de recursos se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional para el Año Fiscal 2021 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de la Municipalidad Distrital de Oyolo; y, en defecto de lo señalado anteriormente y de resultar necesario, con cargo a los recursos del presupuesto institucional para el Año Fiscal 2021 del Ministerio de Energía y Minas a los que se refiere el artículo 7 de la Ley Nº 28749, Ley general de electrificación rural, así como los saldos de balance generados por dichos recursos hasta por un monto de S/ 103 912 815,00 (CIENTO TRES MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES), para lo cual dicho Ministerio queda autorizado a realizar transferencias financieras, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional para el Año Fiscal 2021, de los cuales hasta por el monto de S/ 82 695 053,00 (OCHENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y TRES CON 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por el monto de S/ 16 000 000,00 (DIESCISEIS MILLONES Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y hasta por la suma de S/ 5 217 762,00 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES) a favor de la Municipalidad Distrital de Oyolo. Dichas transferencias financieras se aprueban hasta el 30 de enero del 2021, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego, y se publica en el diario oficial El Peruano.

4.4 Para efectos de lo establecido en el numeral precedente, autorízase, excepcionalmente, al Ministerio de Energía y Minas a utilizar, los recursos a los que se refiere artículo 7 de la Ley Nº 28749, Ley general de electrificación rural, así como los saldos de balance generados por dichos recursos, sólo para financiar los fines establecidos en el presente artículo.

Artículo 5.- Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático para el financiamiento de revisión y actualización de fichas de inversión y fortalecimiento de capacidades para los procedimientos de selección, en materia de saneamiento.

5.1 Autorízase excepcionalmente, durante el Año Fiscal 2020, al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional para el Año Fiscal 2020 hasta por la suma de S/ 597 000,00 (QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de los cuales hasta por la suma de S/ 393 000,00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL Y 00/100 SOLES) para financiar la revisión y actualización de Fichas Técnicas Estándar de los 13 proyectos de inversión en materia de agua y saneamiento en zonas rurales de las provincias Chumbivilcas, Espinar y Paruro del departamento de Cusco, a los que se refiere el Anexo 2; y hasta por la suma de S/ 204 000,00 (DOSCIENTOS CUATRO MIL Y 00/100 SOLES) para el fortalecimiento de capacidades de la Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Saneamiento Rural, para iniciar en el año fiscal 2020 los procedimientos de selección para la elaboración de expedientes técnicos, así como la ejecución de obra y supervisión de obra de los proyectos referidos en el Anexo 1 del presente Decreto de Urgencia.

5.2 Para dichas modificaciones presupuestarias, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, queda exceptuado de lo dispuesto en el numeral 9.4 del artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y de lo establecido en el inciso 4 del numeral 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Artículo 6.- Financiamiento de inversiones ejecutadas a través del Programa “Trabaja Perú”

6.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 36 784 535,00 (TREINTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para financiar la ejecución de cuarenta y dos (42) inversiones mediante el Programa “Trabaja Perú”, que contribuyan a la generación de empleo temporal, de acuerdo al detalle siguiente.

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : Ministerio de economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

PRODUCTO 3999999 : Sin producto

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTO DE CAPITAL

2.0 Reserva de Contingencia 36 784 535,00

---------------------

TOTAL EGRESOS 36 784 535,00

============

A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 012 : Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”

CATEGORIA PRESUPUESTARIA 0073 : Programa para la Generación del Empleo Social Inclusivo -Trabaja Perú

PRODUCTO 3000194 : Empleo Temporal Generado

ACTIVIDAD 5006373 : Promoción, implementación y ejecución de actividades para la reactivación económica

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTO DE CAPITAL

2.4 Donaciones y Transferencias 36 784 535,00

---------------------

TOTAL EGRESOS 36 784 535,00

============

6.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas se encuentra en el Anexo 3 “Relación de Proyectos de Inversión–Programa Trabaja Perú”, que forma parte integrante del presente Decreto de Urgencia, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Trabajo y Promoción el Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

6.3 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 6.1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto de Urgencia. Copia de la resolución es remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

6.4 La desagregación de ingresos de los recursos autorizados en la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, se registra en la partida de ingreso 1.8.1 2.1 1 Bonos del Tesoro Público; y, se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente

6.5 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

6.6 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente artículo.

Artículo 7. Autorización al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para uso de recursos

Autorízase, durante el año fiscal 2020, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a través del Programa Trabaja Perú para que los saldos disponibles con proyección al cierre de los recursos transferidos en el marco del numeral 16.1 del artículo 16 del Decreto de Urgencia Nº 070-2020, Decreto de Urgencia para la reactivación económica y atención de la población a través de la inversión pública y gasto corriente, ante la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, puedan ser destinados a los gastos vinculados a las acciones de seguimiento vinculadas a las intervenciones en el ámbito del plan de cierre de brechas, corredor vial sur y VRAEM.

Artículo 8.- Responsabilidad y limitación al uso de los recursos

8.1 El titular del pliego bajo los alcances de la presente norma, es responsable de su adecuada implementación, así como del uso y destino de los recursos comprendidos en la aplicación del presente decreto de urgencia, conforme a la normatividad vigente.

8.2 Los recursos que se transfieran en el marco del presente decreto de urgencia no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 9.- Vigencia

El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, salvo lo establecido en el numeral 3.4 del artículo 3 que rige hasta el 31 de julio de 2021, y los numerales 4.3 y 4.4 del artículo 4 que rigen hasta el 30 de enero de 2021.

Artículo 10.- Refrendo

El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros; la Ministra de Economía y Finanzas; la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social; el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo; el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Agricultura y Riego y el Ministro de Energía y Minas.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

FINALES

Primera.- Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático para atender incremento de cobertura de personas con discapacidad severa

Autorízase durante el Año Fiscal 2020, al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático hasta por la suma de S/ 13 506 300,00 (TRECE MILLONES QUINIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a favor de la Unidad Ejecutora 010: Contigo, para financiar el incremento de la cobertura de 34,034 personas con discapacidad severa. Para efectos de lo dispuesto el MIDIS queda exceptuado de lo dispuesto en el inciso 4 del numeral 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Segunda.- Nuevo plazo para realizar modificaciones presupuestarias del numeral 23.4 del artículo 23 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019

Establézcase como nuevo plazo para realizar las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a las que se refiere el numeral 23.4 del artículo 23 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta el 13 de noviembre de 2020.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil veinte.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

WALTER MARTOS RUIZ

Presidente del Consejo de Ministros

JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA

Ministro de Agricultura y Riego

PATRICIA ELIZABETH DONAYRE PASQUEL

Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI

Ministra de Economía y Finanzas

LUIS INCHÁUSTEGUI ZEVALLOS

Ministro de Energía y Minas

JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

CARLOS ESTREMADOYRO MORY

Ministro de Transportes y Comunicaciones

CARLOS LOZADA CONTRERAS

Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

ANEXO 1

PREVISIÓN PRESUPUESTAL AÑO FISCAL 2021

Pliego

Unidad Ejecutora

Código Único

Nombre del proyecto

N° DE CONXS. NUEVAS DE AGUA

N° CONXS. UBS

N° DE BENEF.

Categoria

del Gasto

Genérica de Gasto

Previsión

2021 S/

Estudio/Obra

1

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2332562

MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN LA CC.NN NUEVA JERUSALÉN DISTRITO DE TROMPETEROS, PROVINCIA DE LORETO, REGIÓN DE LORETO

115

115

667

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

4.859.762

OBRA

2

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2275299

MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE SANEAMIENTO BÁSICO EN EL CENTRO POBLADO DE PALCA, DISTRITO DE OLLACHEA, DEPARTAMENTO DE PUNO

68

38

845

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

4.712.850

OBRA

3

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400929

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN EL CENTRO POBLADO DE BAGAZAN, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

76

76

328

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

5.470.193

OBRA

4

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400930

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN EL CENTRO POBLADO DE SAN RAMON, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

31

31

117

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

2.422.183

OBRA

5

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400910

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN LA COMUNIDAD NATIVA DE HIPOLITO UNANUE, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

62

62

275

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

4.321.496

OBRA

6

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400917

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN LA COMUNIDAD NATIVA DE SAN PEDRO II, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

40

40

165

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

2.970.241

OBRA

7

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400945

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN EL CENTRO POBLADO DE SAN JUAN DE LAGUNILLAS, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

115

115

225

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

4.539.474

OBRA

8

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400913

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN LA COMUNIDAD NATIVA DE MIGUEL GRAU, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

89

89

326

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

5.938.701

OBRA

9

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400934

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN EL CENTRO POBLADO DE SUCRE, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

89

89

396

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

5.517.196

OBRA

10

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400914

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN LA COMUNIDAD NATIVA DE PAYOROTE, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

62

62

148

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

3.612.021

OBRA

11

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400909

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN LA COMUNIDAD NATIVA DE GRAN PUNTA, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

54

54

222

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

4.210.373

OBRA

12

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400908

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN EL CENTRO POBLADO DE SANTA CRUZ, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

41

41

164

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

3.123.720

OBRA

13

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400940

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN EL CENTRO POBLADO DE SANTA EMILIA, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

41

41

192

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

3.253.262

OBRA

14

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400936

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN EL CENTRO POBLADO DE MIRAFLORES, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

91

91

350

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

7.653.922

OBRA

15

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400943

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN EL CENTRO POBLADO DE NUEVO SAN MARTIN, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

41

41

213

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

3.125.553

OBRA

16

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400918

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN LA COMUNIDAD NATIVA DE 20 DE ENERO, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

25

25

77

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

1.953.649

OBRA

17

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400941

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN EL CENTRO POBLADO DE LISBOA, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

43

43

202

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

3.286.465

OBRA

18

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400906

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN EL CENTRO POBLADO DE BUEN PASTOR, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

28

28

173

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

2.467.219

OBRA

19

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2400920

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN LA COMUNIDAD NATIVA DE SAN PEDRO I, DISTRITO DE NAUTA , PROVINCIA DE LORETO - LORETO

46

46

210

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

3.314.087

OBRA

20

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2252832

INSTALACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO PARA EL CENTRO POBLADO DE AJACHIN , DISTRITO DE MANSERICHE - DATEM DEL MARANON - LORETO

72

72

344

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

5.250.616

OBRA

21

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2235558

INSTALACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO PARA EL CENTRO POBLADO DE SOLEDAD , DISTRITO DE MANSERICHE - DATEM DEL MARANON - LORETO

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

346.035

EXPEDIENTE TÉCNICO (CONVOCATORIA 2020)

22

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

005. PROGRAMA NACIONAL DE SANEAMIENTO RURAL

2235560

INSTALACION DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO PARA EL CENTRO POBLADO DE PUERTO ELISA , DISTRITO DE MANSERICHE - DATEM DEL MARANON - LORETO

6: Gastos de capital

2.6 Adquisición de Activos No Financieros

346.035

EXPEDIENTE TÉCNICO (CONVOCATORIA 2020)

TOTAL

1.229

1.199

5.639

82.695.053

ANEXO 2

REVISIÓN DE LA VIABILIDAD Y/O ADECUACIÓN DE ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN, A CARGO DEL PNSR

Pliego

Unidad Ejecutora

Código Único

Nombre del proyecto

Estudio/Obra

1

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPACMARCA

2456767

MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SISTEMA DE ELIMINACION DE EXCRETAS EN LA LOCALIDAD DE HUASCABAMBA DEL DISTRITO DE CAPACMARCA - PROVINCIA DE CHUMBIVILCAS - DEPARTAMENTO DE CUSCO

EXPEDIENTE TÉCNICO (CONVOCATORIA 2021)

2

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUEMARCA

2474937

MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y DISPOSICION DE EXCRETAS EN LA LOCALIDAD DE AHUICHANTA DEL DISTRITO DE COLQUEMARCA - PROVINCIA DE CHUMBIVILCAS - DEPARTAMENTO DE CUSCO

EXPEDIENTE TÉCNICO (CONVOCATORIA 2021)

3

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLUSCO

2448877

CREACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y LETRINAS CON ARRASTRE HIDRAULICO EN LOS SECTORES CHACARAYA, JAPU, QUILLANI, HUATARRUSI, SAN MARTIN, ITMAPALLCCA, CHEQLLACCO, YURAQ-KANCHA, CHALLANSILLI, CCOCHANI, ILAVE, CHACCO, CCOLLPIÑA ,HUACUYLLANI, HUASHUA, PFOCCOYTO, CHALLHUANCA, LLANJA, PAQLLA-PAQLLA Y CHAQHUARAPATA DE LAS COMUNIDADES DE LUTTO, PFUISA, ANTUYO, CCOLLPA CCASAHUI Y SAN SEBASTIAN DE LLUSCO DEL DISTRITO DE LLUSCO - PROVINCIA DE CHUMBIVILCAS - DEPARTAMENTO DE CUSCO

EXPEDIENTE TÉCNICO (CONVOCATORIA 2021)

4

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUIÑOTA

2446787

MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE E INSTALACION DE UNIDADES BASICAS DE SANEAMIENTO EN LOS SECTORES DE CENTRO Y CORCCAYOC DE LA COMUNIDAD DE PALLPA DEL DISTRITO DE QUIÑOTA - PROVINCIA DE CHUMBIVILCAS - DEPARTAMENTO DE CUSCO

EXPEDIENTE TÉCNICO (CONVOCATORIA 2021)

5

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHUMBIVILCAS

2471794

CREACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EN LOS SECTORES DE SILLCO, HUALLATANI, ORCCOCHIRI, CHACCOPALLA, SAYWA, HUAMANHUIRI, INTICANCHA, OTAÑA, PILLONE Y NANRAPAMPA DE LA C.C DE CHILLOROYA DEL DISTRITO DE LIVITACA - PROVINCIA DE CHUMBIVILCAS - DEPARTAMENTO DE CUSCO

EXPEDIENTE TÉCNICO (CONVOCATORIA 2021)

6

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO PICHIGUA

2269271

INSTALACION DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO BÁSICO EN LA COMUNIDAD DE CCAHUAYA IV ETAPA SECTOR CHIPTA Y DIQUE, DISTRITO DE ALTO PICHIGUA - ESPINAR

EXPEDIENTE TÉCNICO (CONVOCATORIA 2021)

7

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO PICHIGUA

2249276

MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE EN EL SECTOR DE LLIPTAMAYO COMUNIDADES DE CCAHUAYA, DISTRITO DE ALTO PICHIGUA - ESPINAR

EXPEDIENTE TÉCNICO (CONVOCATORIA 2021)

8

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR

2433359

CREACION DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EN LOS SECTORES ALTO HUANO HUANO Y CENTRO HUANO HUANO DE LA COMUNIDAD DE HUANO HUANO DEL DISTRITO DE ESPINAR - PROVINCIA DE ESPINAR - DEPARTAMENTO DE CUSCO

EXPEDIENTE TÉCNICO (CONVOCATORIA 2021)

9

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR

2162437

INSTALACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE LETRINAS EN LA COMUNIDAD DE HANCOLLAHUA DEL DISTRITO DE ESPINAR, PROVINCIA DE ESPINAR - CUSCO

EXPEDIENTE TÉCNICO (CONVOCATORIA 2021)

10

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR

2239483

INSTALACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EN LOS SECTORES DE SAN JOSE Y HUACHANCERCA DE LA COMUNIDAD DE ALTO HUARCA DISTRITO DE ESPINAR, PROVINCIA DE ESPINAR - CUSCO

EXPEDIENTE TÉCNICO (CONVOCATORIA 2021)

11

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR

2308311

CREACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y DISPOSICIÓN DE EXCRETAS EN LOS SECTORES DE EROCCOLLO, VIZCACHANI Y RIO SALADO EN LA C.C. DE ANTACCOLLANA, DEL DISTRITO DE ESPINAR, PROVINCIA DE ESPINAR - CUSCO

EXPEDIENTE TÉCNICO (CONVOCATORIA 2021)

12

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANOQUITE

2307197

MEJORAMIENTO, AMPLIACION DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SISTEMA DE ALCANTARILLADO EN LA COMUNIDAD CAMPESINA DE CHANCA, DISTRITO DE HUANOQUITE - PARURO - CUSCO

EXPEDIENTE TÉCNICO (CONVOCATORIA 2021)

13

037. MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN

2484744

MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO EN LOS SECTORES DE TANDARCOCHA, MOLLEBAMBA, AYLLUPACHICTE, CARHUACALLA, PUMATAMBO, CCOYPA, AYUSBAMBA, HUILLKAQUI, CCOLQUEUCRO, MISKABAMBA, HUAROBAMBA, PIRCCA, NAYHUA, URBIS Y KARUSPAMPA DEL DISTRITO DE PACCARITAMBO - PROVINCIA DE PARURO - DEPARTAMENTO DE CUSCO

EXPEDIENTE TÉCNICO (CONVOCATORIA 2021)

1898029_1