Nombran al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Federativa del Brasil, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Surinam
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 120-2020-RE
Lima, 23 de octubre de 2020
VISTA:
La Resolución Suprema N° 012-2019-RE, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Federativa del Brasil, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Raúl Martín Yépez Verdeguer;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Nota Verbal 139-1/2020, del 11 de marzo de 2020, la Embajada de la República de Surinam ante la República Federativa del Brasil, comunica que su Gobierno ha concedido el beneplácito de estilo al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Raúl Martín Yépez Verdeguer, para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Surinam, con residencia en Brasilia, República Federativa del Brasil;
La Hoja de Trámite (GAC) N° 1707, del Despacho Viceministerial, del 15 de octubre de 2020; y el Memorándum (CER) N° CER00215/2020, de la Dirección de Ceremonial, del 13 de octubre de 2020; y,
De conformidad con el artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Federativa del Brasil, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Raúl Martín Yépez Verdeguer, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Surinam, con residencia en Brasilia, República Federativa del Brasil.
Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
MARIO LÓPEZ CHÁVARRI
Ministro de Relaciones Exteriores
1896825-7