Designan responsable del Portal de Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”
Resolución Directoral
N° 234-2020-MIDIS/P65-DE
Lima, 21 de octubre de 2020
VISTO:
El informe N° 00340-2020-MIDIS/P65-DE/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, y sus modificatorias, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” con la finalidad de brindar protección social a los adultos mayores de 65 años, que viven en situación de vulnerabilidad, entregándoles una subvención monetaria que les permita incrementar su bienestar; y mejorar sus mecanismos de acceso a los servicios públicos que brinda el Estado;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65, documento técnico normativo de gestión que formaliza la estructura orgánica del Programa, orientando el esfuerzo institucional al logro de su misión, visión y objetivos estratégicos, describiendo entre otros aspectos, las funciones específicas de las unidades que lo integran y la descripción detallada y secuencial de los principales procesos técnicos y/o administrativos;
Que, el artículo 8 del mencionado Manual de Operaciones, establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa Nacional, teniendo como función, de acuerdo al literal i) del artículo 9 del mismo documento, la emisión de resoluciones directorales en asuntos de su competencia;
Que, el literal k) del artículo 23 del referido Manual de Operaciones, señala como función de la Unidad de Comunicación e Imagen: Mantener actualizado el Portal Institucional y el Portal de Transparencia Estándar del Programa Nacional, conforme a la normativa vigente;
Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, establece su alcance, prescribiendo como su finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú. Asimismo, el artículo 5 de la referida norma señala que las entidades de la Administración Pública establecerán progresivamente, de acuerdo a su presupuesto, la difusión a través de internet de la información indicada en los numerales 1 al 5 del mismo artículo; así como identificarán al funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet;
Que, el literal c) del artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM y sus modificatorias, establece como obligación de la máxima autoridad de la Entidad: Designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia. Asimismo, el artículo 4 del citado Reglamento estipula que la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Resolución Directoral N° 227-2020-MIDIS/P65-DE, de fecha 16 de octubre de 2020, se dio por concluida la suplencia de funciones de la profesional Zaida Tania Zamudio Gambini como Jefa de la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y se designó en dicho puesto a la profesional Andrea Margianna Barreto Campos;
Que, mediante informe de VISTO, la Unidad de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la expedición del acto resolutivo que designe a la señora Andrea Margianna Barreto Campos, Jefa de la Unidad de Comunicación e Imagen, como responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, al considerar que dicha decisión se ajusta a derecho;
Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva y con la visación del Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, y modificatorias, Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65, el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS; y el Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar a la señora Andrea Margianna Barreto Campos, Jefa de la Unidad de Comunicación e Imagen, como responsable del Portal de Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, dejándose sin efecto, las resoluciones que se opongan a la presente.
Artículo 2.- Encargar a la Unidad de Administración la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano y, en coordinación con la Unidad de Comunicación e Imagen, en el Portal Institucional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MABEL GÁLVEZ GÁLVEZ
Directora Ejecutiva
Dirección Ejecutiva
Programa Nacional de Asistencia
Solidaria
Pensión 65
1896714-1