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Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República para financiar la contratación de sociedad de auditoría

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la contratación de sociedad de auditoría

resolución presidencial

Instituto nacional penitenciario

Nº 356-2020-INPE/P

Lima, 23 de octubre de 2020

Vistos, el Oficio N° 000469-2020-CG/GAD de fecha 12 de octubre de 2020, del Gerente de Administración de la Contraloría General de la República; el Oficio N° 681-2020-INPE/OGA de fecha 19 de octubre de 2020, de la Oficina General de Administración; el Informe N° 106-2020-INPE/UPTO de fecha 20 de octubre de 2020, de la Unidad de Presupuesto; el Oficio N° 495-2020-INPE/OPPTO de fecha 21 de octubre de 2020, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Nacional Penitenciario es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía funcional administrativa, económica y financiera en el ejercicio de sus atribuciones, constituye un pliego presupuestal. Es el ente rector del Sistema Penitenciario Nacional;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2019 – Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se aprobó el Presupuesto Anual de Gasto;

Que, mediante Resolución Presidencial Nº 333-2019-INPE/P de fecha 20 de diciembre de 2019, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de gastos correspondientes al Año Fiscal 2020 del Pliego 061: Instituto Nacional Penitenciario;

Que, el segundo párrafo del artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, asimismo, el tercer párrafo del artículo 20 de la citada Ley dispone que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiéndose publicar la referida resolución en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG de fecha 22 de octubre de 2019, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, las empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividades Empresarial del Estado, universidades, proyectos/programas, empresas prestadoras de servicio de saneamiento y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, en ese orden, con el Oficio N° 000469-2020-CG/GAD, de fecha 12 de octubre de 2020, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República comunica al Instituto Nacional Penitenciario que para ser incluida en el próximo concurso público de méritos para designar una sociedad de auditoria que efectúe la auditoría del periodo 2019 y del periodo 2020, se requiere que, según lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785 y en el Tarifario, se realice la transferencia financiera por el 100% de la retribución económica (incluye IGV) equivalente a S/ 117,106.00, en el plazo de 10 días calendario desde la recepción del oficio, o excepcionalmente y dentro del mismo plazo otorgado, la entidad puede efectuar la transferencia del 50% de la retribución económica y por el otro 50% deberá adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2021, cuya transferencia debe efectuarse a más tardar en enero del año 2021;

Que, con Oficio N° 681-2020-INPE/OGA de fecha 19 de octubre de 2020, la Oficina General de Administración remite a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la Certificación de Crédito Presupuestario N° 902 por el monto equivalente a S/ 58,553.00 Soles (Cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y tres con 00/100 Soles), equivalente al 50% del monto a transferir solicitado por la Contraloría General de la República, por lo que le solicita emita opinión sobre la referida transferencia financiera a fin de proseguir con el trámite para la emisión del acto resolutivo respectivo, así como también, disponer la emisión del Formato de Previsión Presupuestal del ejercicio 2021, por el monto de S/ 58,553.00 Soles (Cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y tres con 00/100 Soles), equivalente al 50% del monto solicitado por la Contraloría General de la República;

Que, mediante Oficio N° 495-2020-INPE/OPPTO de fecha 21 de octubre de 2020, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 106-2020-INPE/UPTO de fecha 20 de octubre de 2020, a través del cual, su Unidad de Presupuesto emite opinión favorable para la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, por el monto de S/ 58,553.00 (Cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y tres con 00/100 Soles), y adjunta el Formato de la Previsión Presupuestal N° 016 para el año 2021, por el monto de S/ 58,553.00 (Cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y tres con 00/100 Soles), acotando que la misma se certificará al inicio del periodo del 2021;

Contando con las opiniones favorables de la Oficina General de Administración y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y con las visaciones de la Gerencia General, Oficina General de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Decreto Supremo N° 009-2007-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario; y, Resolución Suprema N° 207-2020-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- AUTORIZAR, la Transferencia Financiera del Pliego 061: Instituto Nacional Penitenciario, hasta por la suma de S/ 58,553.00 (Cincuenta y ocho mil quinientos cincuenta y tres con 00/100 Soles), a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la contratación de la sociedad de auditoría externa para el periodo a auditar 2020.

Artículo 2º.- PRECISAR, que la transferencia financiera autorizada en el artículo 1° de la presente resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del presente Año Fiscal del Pliego 061: Instituto Nacional Penitenciario; Unidad Ejecutora 001: Sede Central - Administración Lima, por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados.

Artículo 3º.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el portal Institucional del Instituto Nacional Penitenciario (www.inpe.gob.pe) y en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 4º.- REMITIR, copia de la presente resolución a la Oficina General de administración, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina de Sistemas de Información, para los fines consiguientes

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SUSANA SILVA HASEMBANK

Presidenta

Consejo Nacional Penitenciario

1896632-1