RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 302-2020-EF/43
Lima, 22 de octubre del 2020
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) aprobó la Directiva N° 002-2015-SERVIR/ GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, que incluye los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional);
Que, de acuerdo con el numeral 7.5 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del Sector Público al Régimen del Servicio Civil, previsto en la Ley N° 30057;
Que, asimismo, precisa que las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicar las entidades públicas se encuentran establecidas en los Anexos Nos 4, 4-A, 4-B, 4-C y 4-D de la Directiva citada y sólo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo N° 4 de dicha Directiva;
Que, a su vez, los numerales 2.2 y 2.3 del Anexo N° 4 de la Directiva en mención, establecen que el CAP Provisional se formula a partir de la estructura orgánica de la entidad aprobada en su ROF, así como considerando su Manual de Clasificación de Cargos vigente;
Que, de acuerdo a los numerales 4.1 y 4.2 del Anexo N° 4 de la mencionada Directiva, la aprobación del CAP Provisional para los Ministerios se realiza por resolución ministerial del sector correspondiente, previo informe de opinión favorable que emita SERVIR;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 330-2019-EF/43, se aprueba el CAP Provisional del Ministerio de Economía y Finanzas, reordenado por última vez mediante Resolución Ministerial N° 258-2020-EF/43;
Que, mediante Informe N° 30-2020-EF/51.02, la Dirección General de Contabilidad Pública remite una propuesta que implica ajustes de reordenamiento a cinco (05) cargos existentes en el CAP Provisional vigente del Ministerio de Economía y Finanzas, a fin cumplir los objetivos estratégicos definidos en la reforma de Sistema Nacional de Contabilidad, así como en el Plan de Trabajo 2020 – 2023, aprobado por el Viceministerio de Hacienda;
Que, en dicho contexto, mediante Memorando N° 1335-2020-EF/43.02, que contiene el Informe Técnico Sustentatorio para la aprobación del CAP Provisional, la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, en su calidad de órgano responsable de la elaboración del CAP Provisional, solicita y sustenta la aprobación del nuevo CAP Provisional del Ministerio de Economía y Finanzas, sustentándose en el supuesto contemplado en el numeral 1.3 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH;
Que, mediante Memorando N° 174-2020-EF/41.02, ratificado por Memorando N° 219-2020-EF/41.02, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto adjunta el Informe N° 116-2020-EF/41.02, elaborado por la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Gestión, por el cual se emite opinión favorable a la referida propuesta, de conformidad con lo previsto en el numeral 2.1 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH;
Que, mediante Oficio N° 000522-2020-SERVIR-PE, el Presidente Ejecutivo de SERVIR remite el Informe Técnico N° 000111-2020-SERVIR-GDSRH, emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, en el cual se concluye que el proyecto de CAP Provisional del Ministerio de Economía y Finanzas se enmarca en las situaciones contempladas en la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.3 del Anexo N° 4 de la citada Directiva, habiéndose considerado para su elaboración la información sobre cargos estructurales, la clasificación y códigos, y respetando los límites porcentuales dispuestos en los dispositivos normativos y sus documentos de gestión vigentes;
Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar un nuevo Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Economía y Finanzas, a fin de contar con un documento de gestión actualizado; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; la Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, que formaliza la aprobación de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Economía y Finanzas, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2. Derogar la Resolución Ministerial N° 330-2019-EF/43, que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Economía y Finanzas y sus reordenamientos.
Artículo 3. Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional aprobado en el artículo 1, en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas