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Modifican denominación de Fiscalías dan por concluidos nombramientos y nombran Fiscales en los Distritos Fiscales de Ventanilla Lima Norte y Lima Noroeste

Modifican denominación de Fiscalías, dan por concluidos nombramientos y nombran Fiscales en los Distritos Fiscales de Ventanilla, Lima Norte y Lima Noroeste

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 1163-2020-MP-FN

Lima, 21 de octubre de 2020

VISTA:

La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 037-2020-MP-FN-JFS, de fecha 23 de julio de 2020, de conformidad con el acuerdo N° 5715, adoptado en Sesión Ordinaria del 17 de julio de 2020 (Estado de Emergencia).

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia Contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, y su reglamento, así como sus modificatorias, establecen un proceso especial de tutela y un proceso penal, frente a la violencia Contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, con competencias, responsabilidades, procedimientos y medidas que corresponde adoptar a cada uno/a de los/as operadores/as involucrados/as, los cuales deben estar especialmente capacitados en las materias a su cargo.

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1368, publicado el 29 de julio de 2018, se creó el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, a fin de contar con un Sistema Integrado y Especializado de Justicia en dicha materia y en delitos sexuales en agravio de niños, niñas y adolescentes; asimismo, en su artículo 4° inciso b, establece: “Ministerio Público: disponer la creación de Fiscalías Especializadas de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, en materia Penal y de Familia, así como la creación de unidades de investigación forense debidamente equipadas con personal especializado, que incluya peritos, Cámaras Gesell y laboratorios, de acuerdo a la carga procesal.”

Que, con la Resolución de vista, emitida en mérito al Decreto Supremo N° 110-2020-EF, el mismo que autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, del pliego Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, entre ellos el Ministerio Público, para el financiamiento de las intervenciones contenidas en los productos priorizados del Programa Presupuestal Orientado a Resultados (PPoR) para la Reducción de la Violencia contra la Mujer; se resolvió, para el Distrito Fiscal de Lima Noroeste, la creación de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Ventanilla, conformada por dos (02) plazas de Fiscales Provinciales y cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, y la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Puente Piedra, conformada por una (01) plaza de Fiscal Provincial y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales.

Que, a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 971-2020-MP-FN, de fecha 04 de septiembre de 2020, se resolvió entre otros, modificar la denominación de las Fiscalías Provinciales Especializadas Transitorias en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar a nivel nacional, en Fiscalías Provinciales Especializadas Transitorias en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar. Asimismo, se dispuso adecuar las designaciones y/o destaques de los fiscales que, a la fecha, se encuentren desempeñando funciones en los despachos pertenecientes al subsistema de las Fiscalías Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, de acuerdo a las nuevas denominaciones antes señaladas.

Que, estando a la creación de fiscalías señaladas en el párrafo precedente, corresponde expedir el resolutivo respectivo, mediante el cual se disponga la modificación de denominación de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Ventanilla, en Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Ventanilla, así como de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Puente Piedra, en Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Puente Piedra, debiendo adecuarse las designaciones del personal fiscal que integran las mismas.

Que, a través de los oficios Nros.625 y 655-2020-MP-FN-PJFSLIMANOROESTE, cursados por el abogado Jorge Veiga Reyes, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, y el oficio N° 003-2020-MP-FN-CN-FEVCMYGF, así como el proveído N° 001-2020-CN-FEVCMYGF, suscritos por la abogada Kelly Calderón Pérez, en su calidad de Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, se elevan y ratifican las propuestas para cubrir las plazas de Fiscales Provinciales y Fiscales Adjuntos Provinciales, creadas mediante la Resolución de vista.

Que, mediante oficio N°1657-2020-MP-FN-GG-OGPLAP, de fecha 13 de octubre de 2020, suscrito por Mary Del Rosario Jessen Vigil, Gerenta de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, se informa que según la Resolución de vista, emitida en mérito al Decreto Supremo N° 110-2020-EF, en el Distrito Fiscal de Lima Noroeste se tiene prevista la designación de tres (03) plazas de Fiscales Provinciales y cuatro (04) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales para las Fiscalías Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, todas en condición de provisional, percibiendo el pago de remuneraciones, bono fiscal y gastos operativos, de acuerdo a los montos establecidos en el Decreto Supremo N° 409-2017-EF; por lo que, dicha Oficina General opina que existe disponibilidad presupuestal para la designación de los fiscales provisionales antes señalados.

En ese sentido, se hace necesario emitir el resolutivo respectivo en el que se dispongan los nombramientos y designaciones del personal fiscal que ocupen provisionalmente los referidos cargos, previa verificación de los requisitos de ley.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar la denominación de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Ventanilla, en Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Ventanilla.

Artículo Segundo.- Modificar la denominación de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Puente Piedra, en Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Puente Piedra.

Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Elvira Consuelo Martínez Rosales, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Comas (Sede Independencia), materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 672-2019-MP-FN y 971-2020-MP-FN, de fechas 28 de marzo de 2019 y 04 de septiembre de 2020, respectivamente.

Artículo Cuarto.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Luis Antonio Rodríguez Ochoa, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, actualmente Distrito Fiscal de Lima Noroeste, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Ventanilla, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1851-2016-MP-FN y 971-2020-MP-FN, de fechas 27 de abril de 2016 y 04 de septiembre de 2020, respectivamente.

Artículo Quinto.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Jenny Danittza Sánchez Cuellar de Sharma, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, actualmente Distrito Fiscal de Lima Noroeste, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mi Perú, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3448-2016-MP-FN, de fecha 08 de agosto de 2016.

Artículo Sexto.- Nombrar como Fiscales Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designándolos en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Ventanilla, a los siguientes abogados:

- Elvira Consuelo Martínez Rosales, con reserva de su plaza de origen.

- Luis Antonio Rodríguez Ochoa

Artículo Séptimo.- Nombrar como Fiscales Adjuntas Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designándolas en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Ventanilla, a las siguientes abogadas:

- Massiel Cruz Sánchez

- Patricia Cecilia Calderon Ariza

- Ingrid Abigail Díaz Seminario

- Mayry Dayana Pérez Paz

Artículo Octavo.- Nombrar a la abogada Jenny Danittza Sánchez Cuellar de Sharma, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Lima Noroeste, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Puente Piedra, con reserva de su plaza de origen.

Artículo Noveno.- Nombrar como Fiscales Adjuntas Provinciales Provisionales del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designándolas en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Puente Piedra, a las siguientes abogadas:

- Jessica Karen Yauri Rojas

- Debby Deyrha Anglas Quintanilla

Artículo Décimo.- Adecuar las designaciones de los fiscales que, a la fecha, se encuentran desempeñando funciones en los Despachos pertenecientes a las Fiscalías, cuyas denominaciones han sido modificadas en los artículos primero y segundo de la presente resolución.

Artículo Décimo Primero.- Facultar a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, conforme a lo establecido en el artículo 157º, literales “c”, “j” y “o” del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con enfoque de Gestión por Resultados, aprobado en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1139-2020-MP-FN,  de  fecha  15  de  octubre de 2020, con el propósito de que disponga las medidas pertinentes, para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo Décimo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Noroeste y Lima Norte, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina Técnica de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, a los fiscales mencionados y a los interesados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ZORAIDA AVALOS RIVERA

Fiscal de la Nación

1895825-1