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Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República para financiar contratación de sociedad de auditoría

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar contratación de sociedad de auditoría

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0564-2020-RE

Lima, 19 de octubre de 2020

VISTO:

El Oficio N° 000775-2020-CG/DC, de 19 de agosto de 2020, emitido por la Contraloría General de República; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N.° 27785, Ley Orgánica del Sistema de Control y de la Contraloría General de la República, modificada mediante Ley N.° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, tiene por objeto propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del control gubernamental, para prevenir y verificar, mediante la aplicación de principios, sistemas y procedimientos técnicos, la correcta, eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado, el desarrollo honesto y probo de las funciones y actos de las autoridades, funcionarios y servidores públicos, así como el cumplimiento de metas y resultados obtenidos por las instituciones sujetas a control, con la finalidad de contribuir y orientar el mejoramiento de sus actividades y servicios en beneficio de la Nación;

Que, el artículo 3 de la precitada ley, establece que las normas que se encuentran allí contenidas y aquellas que emita la Contraloría General, son aplicables a todas las entidades sujetas a control por el Sistema, independientemente del régimen legal o fuente de financiamiento bajo el cual operen, siendo una de ellas, el Gobierno Central, sus entidades y órganos que, bajo cualquier denominación, formen parte del Poder Ejecutivo, incluyendo las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, y sus respectivas instituciones;

Que, el artículo 20 de la misma ley, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de esta Entidad Fiscalizadora Superior, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, asimismo, el precitado artículo señala que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente; requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario oficial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web;

Que, mediante Resolución de Contraloría N.° 369-2019-CG, la Contraloría General de la República aprobó el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República, para la contratación y pago de Sociedades de Auditoria que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, en ese contexto, mediante documento de visto, el Contralor General de la República, ha solicitado al Ministerio de Relaciones Exteriores la transferencia financiera por S/ 253 351,00 (doscientos cincuenta y tres mil trescientos cincuenta y un y 00/100 soles), como retribución económica del 100% para la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo del Ministerio de Relaciones Exteriores del periodo a auditar 2020;

Que, mediante Memorándum (OPP) N.° OPP01173/2020, de 28 de setiembre de 2020, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha otorgado la certificación de crédito presupuestario por el importe de S/ 253 351,00 (doscientos cincuenta y tres mil trescientos cincuenta y un y 00/100 soles), para realizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, registrada en el sistema SIAF-SP con Nota 0000001603;

Que, a través del Informe (OPR) N.° OPR0041/2020, de 5 de octubre de 2020, la Oficina de Programación y Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, ha emitido opinión favorable respecto a la viabilidad presupuestal para realizar la trasferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley N.° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asuntos Legales; y

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, la Resolución de Contraloría N.° 369-2019-CG;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, hasta por la suma de S/ 253 351,00 (doscientos cincuenta y tres mil trescientos cincuenta y un y 00/100 soles), a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo del Ministerio de Relaciones Exteriores, del período a auditar 2020.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, Unidad Ejecutora 001: Secretaria General, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Meta 0018 “Gerenciar Recursos Materiales, Humanos y Financieros”, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; para lo cual, la Oficina General de Administración deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Remisión

Encargar a la Oficina General de Administración, remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Contraloría General de la República, así como la documentación requerida en el Oficio de visto.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIO LÓPEZ CHÁVARRI

Ministro de Relaciones Exteriores

1895807-1