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Aprueban la publicación para comentarios del Proyecto de Instructivo Técnico para la implementación del Sistema de Gestión de Usuarios

Aprueban la publicación para comentarios del Proyecto de Instructivo Técnico para la implementación del Sistema de Gestión de Usuarios

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL

Nº 00261-2020-GG/OSIPTEL

Lima, 16 de octubre de 2020

OBJETO

PROYECTO DE INSTRUCTIVO TÉCNICO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE USUARIOS.

VISTOS:

i) El Proyecto de Resolución presentado por la Dirección de Atención y Protección del Usuario, que tiene por objeto disponer la publicación para comentarios del Proyecto Instructivo Técnico para la implementación del Sistema de Gestión de Usuarios;

ii) El Informe N° 00001-DAPU/2020, que sustenta el proyecto al que se refiere el numeral precedente y recomienda su publicación para comentarios; con la conformidad de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 047-2015-CD-OSIPTEL, este Organismo aprobó el Reglamento para la Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones (en adelante, Reglamento de Reclamos), el cual fue modificado mediante Resoluciones Nº 127-2016-CD/OSIPTEL, Nº 048-2017-CD/OSIPTEL, Nº 051-2018-CD/OSIPTEL y Nº 266-2018-CD/OSIPTEL;

Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 118-2020-CD/OSIPTEL publicada en el diario Oficial El Peruano el 5 de setiembre de 2020 se publicó para comentarios el Proyecto de norma que modifica el Reglamento para la atención de reclamos de usuarios de servicios públicos de telecomunicaciones;

Que, con la finalidad de mejorar la atención por parte de las empresas operadoras a los problemas de los abonados y usuarios de telecomunicaciones que son reportados al OSIPTEL, se propone la implementación de un Sistema de Gestión de Usuarios, sistema informático mediante el cual el usuario pueda registrar, directamente o con el apoyo del personal de orientación del OSIPTEL, sus problemas respecto de sus servicios públicos de telecomunicaciones, los cuales serán comunicados a la empresa operadora a efectos que brinde una respuesta y solución oportuna, y caso contrario, sea un canal más de presentación de reclamos, respecto de aquellas materias que sean reclamables, de acuerdo al Reglamento de Reclamos;

Que, el referido proyecto normativo propone que mediante Resolución de Gerencia General se apruebe el Instructivo Técnico para la implementación del Sistema de Gestión de Usuarios;

Que, en el citado proyecto normativo se indica que el Instructivo Técnico se puede establecer una distinta denominación del Sistema de Gestión de Usuarios con fines de difusión, asimismo, se definirán las materias que son tramitadas mediante este sistema, así como las demás especificaciones técnicas que resulten necesarias;

Que, resulta oportuno que previamente a su aprobación, el Instructivo Técnico sea publicado a fin de recabar los comentarios de las empresas operadoras y los demás interesados;

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 142-2020-CD/OSIPTEL se encargó a la Gerencia General la elaboración, entre otros, del proyecto de Instructivo Técnico para la implementación del Sistema de Gestión de Usuarios y su publicación para comentarios de los interesados;

Que, el artículo 7 del Reglamento General del OSIPTEL, establece que toda decisión de este Organismo deberá adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse sean conocidos y predecibles por los administrados;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal m) del artículo 89 del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2001-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la publicación para comentarios del Proyecto de Instructivo Técnico para la implementación del Sistema de Gestión de Usuarios.

Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en El Diario Oficial El Peruano. Asimismo, disponer que la presente Resolución, el Informe de Vistos y el Proyecto de Instructivo Técnico a que se refiere el artículo precedente, sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe).

Artículo Tercero.- Definir un plazo de quince (15) días calendario, a ser contado a partir del día siguiente de la fecha en que la presente Resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano, para que los interesados remitan sus comentarios al correo electrónico sid@osiptel.gob.pe, mediante un archivo adjunto en formato Word.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Atención y Protección del Usuario del OSIPTEL, el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al Proyecto, así como la presentación a la Gerencia General de sus correspondientes recomendaciones.

Regístrese y comuníquese,

DAVID RAMON VILLAVICENCIO FERNANDEZ

Gerente General (e)

1894775-1