Ley nº 31055
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD
PÚBLICA E INTERÉS NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN DEL HOSPITAL II-1
EN LA PROVINCIA DE CALCA
DE LA REGIÓN CUSCO
Artículo 1. Declaratoria de interés y necesidad pública
Declárase de interés y necesidad pública la construcción del Hospital Nivel II-1 de la provincia de Calca en la región Cusco.
Artículo 2. Rol del Ministerio de Salud y el Gobierno Regional de Cusco
El Ministerio de Salud y el Gobierno Regional de Cusco con cargo a sus respectivos presupuestos, planifican acciones con la finalidad de dar viabilidad y ejecutar el proyecto de inversión pública, que permita construir el Hospital Nivel II-1 de la provincia de Calca en la región Cusco.
Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veinticuatro días del mes de setiembre de dos mil veinte.
MANUEL MERINO DE LAMA
Presidente del Congreso de la República
GUILLERMO ALEJANDRO ALIAGA PAJARES
Segundo Vicepresidente del
Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.
En Lima, a los veinte días del mes de octubre de dos mil veinte.
MANUEL MERINO DE LAMA
Presidente del Congreso de la República
LUIS VALDEZ FARÍAS
Primer Vicepresidente del
Congreso de la República
1895502-1