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Formalizan designación de Director de la Escuela Superior Técnica del SENCICO

Formalizan designación de Director de la Escuela Superior Técnica del SENCICO

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

Nº 87-2020-02.00

Lima, 30 de setiembre de 2020

VISTO:

El Informe N° 083-2020-06.00 (01), de fecha 23 de setiembre de 2020, de la Oficina de Secretaría General, y el Informe N° 523-2020-07.04 (02), de fecha 24 de setiembre de 2020, del Departamento de Recursos Humanos; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO es una Entidad de Tratamiento Especial, adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de acuerdo a lo establecido en el artículo 20° de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones de dicho Ministerio; cuenta con autonomía administrativa, económica y financiera, de conformidad a su Ley de Organización y Funciones – Decreto Legislativo Nº 147;

Que, por el documento del visto (01), la Jefa (e) de la Oficina de Secretaría General, transcribe el Acuerdo N° 1248-01 adoptado por el Consejo Directivo Nacional en su Sesión Ordinaria N° 1248, de fecha 22 de setiembre de 2020, por el cual designa, con eficacia anticipada al 22 de mayo de 2020, al Dr. Ing. Andrés Sotil Chávez, PhD, PE, en el cargo de confianza de Director de la Escuela Superior Técnica del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, con las mismas condiciones económicas que percibía;

Que, por documento del visto (02), la Jefa (e) del Departamento de Recursos Humanos informa que el Dr. Ing. Andrés Sotil Chávez PhD, PE, cumple con el perfil establecido en los documentos de gestión interna de la institución, para el cargo de confianza de Director de la Escuela Superior Técnica del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal c) del artículo 33° del Estatuto del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, corresponde al Presidente Ejecutivo del SENCICO, entre otras, la función de disponer la ejecución de los Acuerdos del Consejo Directivo Nacional y de las resoluciones que este adopte;

Que, el artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción. También tienen eficacia anticipada la declaratoria de nulidad y los actos que se dicten en enmienda. Dicha disposición también es aplicable a los actos de administración, según el numeral 7.1, del artículo 7º del precitado cuerpo legal;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Directivo Nacional y la normativa legal antes indicada; corresponde emitir el acto resolutivo, a fin de formalizar la designación del Director de la Escuela Superior Técnica antes indicada;

De conformidad con lo establecido en la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, Decreto Legislativo Nº 147, literal c) y j) del artículo 33º de su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA;

Con el visto de la Jefa (e) de la Oficina de Secretaría General, de la Jefa (e) del Departamento de Recursos Humanos, de la Gerente (e) de la Oficina de Administración y Finanzas, del Asesor Legal y del Gerente General;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Formalizar la designación, con eficacia anticipada al 22 de mayo de 2020, del Dr. Ing. Andrés Sotil Chávez, PhD, PE, en el cargo de confianza de Director de la Escuela Superior Técnica del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, por los considerandos de la presente resolución.

Artículo 2°.- Disponer que la Jefa(e) de la Oficina de Secretaria General del SENCICO, notifique la presente Resolución a quienes corresponda.

Articulo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución conforme a ley y en la página web del SENCICO.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA VICTORIA TORRE CARRILLO

Presidenta Ejecutiva

SENCICO

1894772-1