Disponen incorporar y excluir a Martilleros Públicos de la Nómina de Martilleros Públicos de la Corte Superior de Justicia de Cañete
Corte Superior de Justicia de Cañete
Presidencia
Resolución Administrativa
N° 398-2020-P-CSJCÑ-PJ.
San Vicente de Cañete, 13 de octubre del 2020
VISTOS:
La Resolución Administrativa N° 367-2020-P-CSJCÑ-P, de fecha 23 de setiembre del 2020, que aprueba la nómina de Martilleros Públicos para el presente año judicial 2020.
El Informe N° 04-2020-RD-CSJCÑ-PJ, de fecha 12 de octubre del presente año, solicitando la Inclusión de Martillero Público, en la nómina del registro y Exclusión de Martillero Público, para no ser considerado en dicha nómina; y
CONSIDERANDO:
Mediante el primer documento de VISTOS, se aprobó la nómina de Martilleros Públicos del Distrito Judicial de Cañete, para el presente año judicial 2020, conforme al cuadro adjunto, el cual forma parte de la presente Resolución Administrativa.
Con el Informe de VISTOS el encargado del Registro de Martilleros Públicos informa que, debido a las recargadas labores que existe actualmente en la oficina del REDIJU, de ésta Corte Superior de Justicia y considerando que al momento de reunir todas las solicitudes de inscripción y reinscripción de Martilleros Públicos, para el presente año judicial 2020, se obvió una solicitud de reinscripción de Martillero Público, del Sr. Rodolfo Alberto Farfán Zambrano, siendo esto así, indica que se procedió a verificar dicha solicitud, del cual después de su revisión, se pudo apreciar que fue presentado dentro del plazo fijado, además, adjuntó la tasa respectiva por derecho de reinscripción de Martillero Público, así como, se encuentra dentro de la relación que adjunta la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), en su Resolución Jefatural N° 118-2020-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF, de fecha 04 de Marzo del 2020 y publicada en el diario oficial “El Peruano” el 04 de Junio del mismo año, que dispone la habilitación de Martilleros Públicos para ejercer su función como tal para el presente año 2020; por lo que, sugiere incluirlo dentro de la nómina del Registro de Martillero Público, de ésta Corte Superior de Justicia.
Además, refiere que se tiene a la vista el correo del GroupWise de Nobell de fecha 07 de Octubre de los corrientes, del Martillero Público, Sr. Juan Pablo Kong Eyzaguirre, en el cual, indica que dicho profesional comunica que se ha generado un error en el envío de su mail de fecha 30 de Julio del 2020, a horas 12:44 pm., la misma que contiene su solicitud de reinscripción de Martillero Público, señalando que pese a estar inscrito en la Corte Superior de Justicia de Cañete, desde hace años y al no contar con designaciones para ejercer su labor como Martillero Público, éste año no se presentó a la convocatoria de reinscripción de la Corte Superior de Justicia de Cañete y que el mail que generó tal comunicación fue enviado por error a la oficina del Registro de Martilleros Públicos, de ésta Corte Superior; por lo que solicita que se tenga como no enviado…(SIC). Asimismo, el responsable de registro, precisa que, si bien es cierto, dicho profesional se encuentra habilitado para ejercer su labor como Martillero Público a mérito de Resolución Jefatural N° 118-2020-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF, de fecha 04 de Marzo del 2020 y publicada en el diario oficial “El Peruano” el 04 de Junio del mismo año, también es muy cierto, que su solicitud de reinscripción se dirigía a la Corte Superior de Justicia de Moquegua, así como, también en la Constancia de Pago de Tasas, por concepto de inscripción y/o reinscripción de Martillero Público, figura como Distrito Judicial, Moquegua, en ese sentido, resalta que se entiende que la solicitud de reinscripción de dicho profesional, no iba dirigido a ésta Corte Superior de Justicia de Cañete. Por lo que, éste Registro Distrital considera excluirlo de la nómina del Registro de Martilleros Públicos de ésta Corte Superior de Justicia.
Estando a lo expuesto precedentemente y considerando que, se tiene la solicitud de reinscripción del Martillero Público Sr. Rodolfo Alberto Farfán Zambrano, quien solicita su reinscripción para el presente año judicial 2020, y estando a lo informado por el Responsable del REDIJU y los antecedentes documentales que anexa dicho profesional, éste se encontraría apto para ejercer su función como órgano de auxilio judicial, conforme a lo establecido en el artículo 281° del Texto Único ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por lo tanto resulta atendible su pedido, correspondiendo entonces incorporar al Martillero Público Sr. Rodolfo Alberto Farfán Zambrano, en la nómina del registro de Martilleros Públicos de ésta Corte Superior de Justicia.
Asimismo, respecto a la solicitud de Exclusión de la nómina de Martilleros Públicos, del Sr. Juan Pablo Kong Eyzaguirre, que peticiona el Encargado de la Oficina del REDIJU, debe tenerse en cuenta, que hubo un error en el envío del mail generado por parte de dicho profesional, cuyo destino estaba dirigido a la Oficina de Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Moquegua y no a la Corte Superior de Justicia de Cañete, ello se puede evidenciar, en su correo de fecha 30 de Julio del 2020, a horas 12:44 pm., en el cual, indica como “Estimados CSJ de Moquegua” y demás que la contiene, así como, en la Constancia de Pago de Tasas, por concepto de inscripción y/o reinscripción de Martillero Público, en el que, figura como Dependencia Judicial el Distrito Judicial de Moquegua, siendo esto así, es amparable la solicitud del Responsable de la Oficina del Registro Distrital, de éste Distrito Judicial, por lo que siendo así, deberá excluirse de la Nómina de Martilleros Públicos al Sr. Juan Pablo Kong Eyzaguirre, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 367-2020-P-CSJCÑ-PJ, de fecha 23 de Setiembre del 2020; debiendo para tal efecto emitirse el acto administrativo correspondiente.
El Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa y representa al Poder Judicial en el Distrito Judicial a su cargo y como tal tiene las facultades para adoptar las medidas administrativas que considere convenientes para estimular el mejor desarrollo de las labores jurisdiccionales y administrativas e identificación con éste Poder del Estado.
En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- INCORPORAR al Martillero Público, Sr. RODOLFO ALBERTO FARFAN ZAMBRANO, en la Nómina de Martilleros Públicos de ésta Corte Superior de Justicia, para el presente año Judicial 2020.
Artículo Segundo.- EXCLUIR DE LA NÓMINA DE MARTILLEROS PÚBLICOS de esta Corte Superior de Justicia, al Sr. JUAN PABLO KONG EYZAGUIRRE.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Administrativa en el Diario Oficial “El Peruano”, en el Diario “Al Día con Matices” y en la página web del Poder Judicial.
Artículo Cuarto.- RECOMENDAR al Encargado del Registro de Martillero Público de esta Corte Superior de Justicia, Abog. Pedro Carhuamaca Malpartida, poner mayor celo en el desempeño de sus funciones, por lo antes expuesto.
REMITIR copia certificada de la presente Resolución a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del poder Judicial ODECMA-Cañete, Gerencia de Personal y Escalafón Judicial, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Servicios Judiciales y la Oficina de Imagen Institucional para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.
LUIS ENRIQUE GARCIA HUANCA
Presidente
1894698-1