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Aprueban la realización del Sorteo del Vecino Puntual y Exclusivo 2020 y su Reglamento

Aprueban la realización del Sorteo del Vecino Puntual y Exclusivo 2020 y su Reglamento

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 017-2020-MDJM

Jesús María, 15 de octubre de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

JESÚS MARÍA

VISTOS: El Informe N° 161-2020-MDJM-GATR-SGSC de la Subgerencia de Servicios al Contribuyente, el Memorándum N° 182-2020-MDJM-GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe N° 371-2020-MDJM/GAJRC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído N° 852-2020-MDJM-GM de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local con personería jurídica de derecho público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de acuerdo con el artículo II del Título Preliminar Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la autonomía que la Constitución reconoce a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 6° de la Ordenanza N° 521-MDJM que regula el Programa de Beneficios al Vecino Puntual y Exclusivo de la Municipalidad Distrital de Jesús María, publicada el 29 de junio de 2017 en el diario oficial “El Peruano”, establece que los vecinos puntuales y exclusivos, en función del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, accederán a sorteos de bienes y servicios diversos; siendo que mediante Decreto de Alcaldía se establecerán los premios y la reglamentación correspondiente para cada sorteo;

Que, la referida norma está destinada a desarrollar acciones que generen conciencia tributaria, promuevan y premien el cumplimiento del pago de las obligaciones, cuyo efecto consolide las políticas de gestión tributaria, reduciendo el índice de morosidad por parte de los vecinos del distrito y se establezca una serie de beneficios, entre ellos, la participación por parte de los vecinos exclusivos y puntuales en sorteos;

Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 001-2020-MDJM, publicado el 18 de febrero de 2020 en el diario oficial “El Peruano”, se aprobó la realización del Sortero del Vecino Puntual y Exclusivo 2020, así como su Reglamento, para el 24 de abril de 2020; no obstante, debido a la disposiciones emitidas en el marco del Estado de Emergencia Nacional a causa del virus denominado Covid-19, no se llevó a cabo el referido sorteo en la fecha establecida bajo los alcances establecidos;

Que, mediante Informe N° 161-2020-MDJM/GATR/SGSC, la Subgerencia de Servicios al Contribuyente, con la conformidad de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas a través del Memorándum N° 182-2020-MDJM/GATR, señala que resulta conveniente aprobar la realización del Sorteo del Vecino Puntual y Exclusivo 2020, dirigido a los contribuyentes que cumplieron oportunamente con el pago del impuesto predial y arbitrios municipales del presente ejercicio; así como establecer las disposiciones reglamentarias correspondientes;

Contando con el pronunciamiento favorable de la Subgerencia de Servicios al Contribuyente, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil; con la conformidad de la Gerencia Municipal; en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- APROBAR la realización del Sorteo del Vecino Puntual y Exclusivo 2020, dirigido a los contribuyentes que cumplan de manera oportuna con sus obligaciones tributarias durante el presente ejercicio.

Articulo Segundo.- APROBAR el Reglamento del Sorteo del Vecino Puntual y Exclusivo 2020, que consta de once (11) acápites, el mismo que como Anexo forma parte del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto de Alcaldía N° 001-2020-MDJM del 11 de febrero de 2020.

Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y demás unidades orgánicas que resulten competentes; a la Secretaría General, la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicación, su publicación, incluido el Anexo, en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María: www.munijesusmaria.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE: www.serviciosalciudadano.gob.pe, de conformidad con lo establecido en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 004-2008-PCM.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS QUINTANA GARCÍA GODOS

Alcalde

1894178-1