Aprueban primera transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a la contratación de sociedad de auditoría externa
Instituto Tecnológico de la Producción
Resolución Ejecutiva Nº 116-2020-ITP/DE
Lima, 15 de octubre 2020
VISTOS:
El Informe N° 217-2020-ITP/OPPM de fecha 13 de octubre de 2020, emitido por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 535-2020-ITP/OAJ de fecha 15 de octubre de 2020, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 342-2019-ITP/DE de fecha 27 de diciembre de 2019, se aprueba la Estructura Funcional Programática y el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el año 2020 del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Sub Programa, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de gasto por la suma de S/ 136 501 635,00 (ciento treinta y seis millones quinientos un mil seiscientos treinta y cinco y 00/100 Soles);
Que, el segundo párrafo del artículo 20 de la Ley n..º 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;
Que, el tercer párrafo del artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario oficial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web;
Que, con la Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG, publicada el 23 de octubre de 2019 en el diario oficial El Peruano, la Contraloría General de la República aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de autoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterío externo;
Que, con Oficio N° 000335-2020-CG/GAD, de fecha 01 de octubre de 2020, el Administrador General de la Contraloría General de la República solicita al Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) se realice la transferencia financiera en el marco de lo establecido en la Ley N° 30742 y en la Resolución de Contraloría N° 469-2019-CG, por el 100% o excepcionalmente el 50% de la retribución económica que incluye el IGV para el año fiscal 2020 y una previsión presupuestaria para el año fiscal 2021 por el importe de S/ 36 032,50 (treinta seis mil treinta dos y 50/100 soles), por el periodo auditado 2020;
Que, en atención a ello, con el Memorando N° 7225-2020-ITP/OA de fecha 09 de octubre de 2020, la Oficina de Administración traslada a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización el Informe N° 326-2020-ITP/OA-CONT, mediante el cual el responsable de Contabilidad solicita la aprobación de la Certificación de Crédito Presupuestario N° 003351 por el importe de S/ 36 032,50 (treinta y seis mil treinta y dos y 50/100 soles) para atender la transferencia financiera del 50% (incluido IGV) a favor de la Contraloría General de la República, y una Constancia de Previsión N° 105-001 correspondiente al del otro 50% del pago restante, a ser trasferido en el ejercicio fiscal 2021, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al periodo 2020 del Pliego 241 Instituto Tecnológico de la Producción;
Que, mediante Memorando N° 2907-2020-ITP/OPPM de fecha 09 de octubre de 2020, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización determina procedente la aprobación de la Certificación de Crédito Presupuestario N° 003351, para el primer pago (Retribución 50% más IGV), y la Constancia de Previsión N° 105-001 del segundo pago (Retribución 50% más IGV), ambos, hasta por la suma de S/ 36 032,50 (treinta y seis mil treinta y dos y 50/100 soles), para la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al periodo 2020 del Pliego 241 Instituto Tecnológico de la Producción - ITP;
Que, en tal sentido, mediante Informe N° 217-2020-ITP/OPPM de fecha 13 de octubre de 2020, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización considera pertinente realizar la primera transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el monto total de S/ 36 032,50 (treinta y seis mil treinta y dos y 50/100 soles), destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al periodo 2020, en el marco de lo dispuesto por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, que modifica, entre otros, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;
Que, mediante Informe N° 535-2020-ITP/OAJ de fecha 15 de octubre de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que corresponde aprobar la transferencia financiera por el monto de S/ 36 032,50 (treinta y seis mil treinta y dos y 50/100 soles) a favor de la Contraloría General de la República, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2020;
Con los vistos de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General en lo que corresponde a sus funciones;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Republica, modificada por la Ley N° 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la Republica y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del ITP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Aprobar la primera transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020 del Pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción, hasta por la suma de S/ 36 032,50 (treinta y seis mil treinta y dos y 50/100 soles), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios a favor de la Contraloría General de la República, destinada a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2020.
Artículo 2. Financiamiento
La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Específica del Gasto 2.4.1.3.1.1 “A otras unidades del gobierno nacional”, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Acciones administrativas
La Oficina de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; asimismo, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera.
Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) (www.gob.pe/produce/itp.).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SERGIO RODRIGUEZ SORIA
Director Ejecutivo
1894131-1