Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República para contratación de sociedad de auditoria

Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para contratación de sociedad de auditoría

RESOLUCION JEFATURAL

Nº 000169-2020/JNAC/RENIEC

Lima, 15 de octubre de 2020

VISTOS:

El Memorando N° 001503-2020/GAD/RENIEC (08OCT2020) de la Gerencia de Administración; el Memorando N° 001915-2020/GPP/RENIEC (12OCT2020) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 001626-2020/GPP/SGP/RENIEC (12OCT2020) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 001019-2020/GAJ/SGAJA/RENIEC (14OCT2020) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación N° 000482-2020/GAJ/RENIEC (14OCT2020) de la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2019 se aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2020 que, entre otros, incluye el del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC);

Que a través de la Resolución Jefatural N° 210-2019/JNAC/RENIEC (26DIC2019), se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2020 del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;

Que el artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República y sus modificatorias, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o el que haga que sus veces en el pliego;

Que asimismo, el artículo 20° de la referida Ley, establece que las transferencias financieras se aprueban mediante Resolución del titular del pliego, en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;

Que en mérito del requerimiento efectuado por la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República mediante Oficio N° 000358-2020-CG/GAD (02OCT2020), la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a través de los documentos de vistos, emite opinión técnica favorable, concluyendo que es viable efectuar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para financiar la contratación de la Sociedad de Auditoría “ASOCIACIÓN TÁVARA REYNALTE Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL Y ARTURO SUYO & ASOCIADOS CONTADORES PÚBLICOS SOCIEDAD CIVIL”, que llevará a cabo la Auditoría Financiera Gubernamental a los Estados Financieros período 2020, por un monto ascendente a S/ 124,672.00 (CIENTO VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), con cargo al presupuesto institucional del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil del presente año, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados;

Que la Jefatura Nacional es el órgano de la Alta Dirección del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, a cargo del Jefe Nacional quien se constituye en la máxima autoridad de la institución y tiene entre sus diversas funciones y atribuciones, “emitir Resoluciones Jefaturales y otras disposiciones administrativas de la institución”, conforme lo establece el artículo 15 literal j) del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y sus modificatorias;

Estando a lo opinado por la Gerencia de Planificación y Presupuesto y la Gerencia de Asesoría Jurídica y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y por el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Resolución Jefatural Nº 073-2016-JNAC/RENIEC (31MAY2016) y sus modificatorias y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, modificado en parte por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República.

Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2020 del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para atender la contratación de la Sociedad de Auditoría “ASOCIACIÓN TÁVARA REYNALTE Y ASOCIADOS SOCIEDAD CIVIL Y ARTURO SUYO & ASOCIADOS CONTADORES PÚBLICOS SOCIEDAD CIVIL”, que llevará a cabo la Auditoría Financiera Gubernamental a los Estados Financieros período 2020, por un monto ascendente a S/ 124,672.00 (CIENTO VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General de la República.

Artículo Segundo.- Financiamiento.

La transferencia financiera autorizada en el Artículo Primero de la presente Resolución se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2020 del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, de acuerdo al siguiente detalle:

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Artículo Tercero.- Limitación al uso de los recursos.

Los recursos de la transferencia financiera a que se hace referencia en el Artículo Primero de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo Cuarto.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Pliego 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC (www.reniec.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN

Jefa Nacional

1894045-1