Autorizan transferencia financiera a favor del pliego Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 000181-2020/SUNAT
Lima, 15 de octubre de 2020
VISTO:
El Oficio N° 000323-2020-CG/GAD del Gerente de Administración de la Contraloría General de la República, mediante el cual solicita la transferencia de los recursos para la contratación de una sociedad de auditoría, en el marco del artículo 20 de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por el artículo 3 de la Ley Nº 30742 - Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 20 de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por el artículo 3 de la Ley N° 30742 - Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;
Que, adicionalmente, el mencionado artículo establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego, y que dicha resolución se publica en el diario oficial El Peruano;
Que mediante el Oficio N° 000323-2020-CG/GAD del Gerente de Administración de la Contraloría General de la República se formula el requerimiento a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT para que se le transfiera los recursos para financiar la contratación de una sociedad de auditoría por el importe de S/ 853 305,00 (ochocientos cincuenta y tres mil trescientos cinco y 00/100 soles) para el periodo auditado 2020;
Que la División de Presupuesto de la Gerencia de Presupuesto y Formulación de Inversiones de la Intendencia Nacional de Formulación de Inversiones y Finanzas, mediante el Informe N° 000001-2020-SUNAT/8H2100, señala que se cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para realizar la transferencia financiera antes mencionada, la misma que será financiada con cargo al Presupuesto Institucional 2020 en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados;
En uso de las facultades conferidas en el inciso s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/ SUNAT y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de transferencia financiera
Aprobar la transferencia financiera del Pliego 057: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Unidad Ejecutora 001 Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, por el importe de S/ 853 305,00 (ochocientos cincuenta y tres mil trescientos cinco y 00/100 soles) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del pliego Contraloría General de la República para financiar la contratación de una sociedad de auditoría para el periodo auditado 2020.
Artículo 2.- Limitación al uso de recursos
Los recursos transferidos, a los que se hace referencia en el artículo precedente, deberán ser destinados, bajo responsabilidad de la entidad receptora de los fondos, sólo para los fines para los cuales se autoriza esta transferencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO
Superintendente Nacional
1893886-1