Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Prorrogan plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas conformado mediante R.M. N° 144-2020-EF/15

Prorrogan plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante R.M. N° 144-2020-EF/15

Resolución Ministerial

N° 295-2020-EF/15

Lima, 15 de octubre del 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 144-2020- EF/15, se conformó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, con el objeto de formular la estrategia con las medidas para la reanudación progresiva de actividades económicas en el marco de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional dispuesta mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA y del Estado de Emergencia Nacional dispuesto mediante Decreto Supremo N° 044- 2020-PCM y sus prórrogas;

Que, el artículo 8 de la citada Resolución Ministerial establece que el Grupo de Trabajo tiene una vigencia de treinta (30) días hábiles contados a partir de su instalación;

Que, mediante las Resoluciones Ministeriales N° 170-2020-EF/15, N° 211-2020-EF/15 y N° 256-2020-EF/15, se prorrogó el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial N° 144-2020-EF/15, por noventa (90) días hábiles;

Que, conforme al acuerdo adoptado en la sesión del Grupo de Trabajo de fecha 13 de octubre de 2020, la Secretaría Técnica del mencionado Grupo de Trabajo por encargo del mismo, solicita la prórroga de su vigencia por treinta (30) días hábiles, a efectos de culminar las tareas asignadas al citado Grupo;

Que, en ese sentido, se estima conveniente prorrogar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial N° 144- 2020-EF/15, por treinta (30) días hábiles;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Prorrogar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial N° 144-2020-EF/15, por treinta (30) días hábiles.

Artículo 2. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en la Plataforma digital única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en los portales institucionales de los ministerios que integran el Grupo de Trabajo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI

Ministra de Economía y Finanzas

1894138-1