Aprueban homologación del equipo analizador de gases a favor de la empresa DIAGNOSTOOLS S.A.C.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 273-2020-MTC/16
Lima, 25 de septiembre de 2020
Vista, la solicitud S/N con H/R Nº E-270862-2019, de fecha 02 de setiembre de 2019, mediante la cual la empresa DIAGNOSTOOLS S.A.C., identificada con R.U.C. N° 20602123104, solicita se apruebe la homologación del equipo ANALIZADOR DE GASES, Marca: QROTECH, Modelo: QGA 6000, Tipo: Portátil y Fijo, Procedencia: Korea, a utilizarse en el control oficial de Límites Máximos Permisibles de emisión de contaminantes para vehículos automotores; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se establece el ámbito de competencias, funciones y estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 959-2019-MTC/01, se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, disponiendo en el artículo 134, que la Dirección General de Asuntos Ambientales (DGAAM) es el órgano de línea con autoridad técnica normativo a nivel nacional que ejerce la autoridad ambiental en el sector transportes, responsable de implementar acciones en el marco del sistema nacional de gestión ambiental para promover el desarrollo sostenible de las actividades y proyectos de infraestructura y servicios de transportes, en concordancia con las políticas nacionales sectoriales y la Política Nacional del Ambiente;
Que, el literal c) del artículo 140 del mismo cuerpo normativo, dispone que la Dirección de Evaluación Ambiental de la DGAAM, tiene como una de sus funciones homologar y autorizar la utilización de equipos para el control oficial de los Límites Máximos Permisibles (LMPs) de emisiones contaminantes para vehículos automotores en el desarrollo de actividades en materia de transportes;
Que, el artículo 4 del procedimiento para homologación y autorización de equipos a utilizarse en el control oficial de Límites Máximos Permisibles de emisión de contaminantes para vehículos automotores, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2002-MTC, señala que en virtud al procedimiento de homologación, la DGAAM del MTC verifica y acredita que un determinado modelo de equipo de medición de emisiones vehiculares, cumple con las condiciones técnicas y operativas, previstas en el Anexo N° 3 del Decreto Supremo N° 047-2001-MTC, para ser utilizado en el control oficial de los LMPs;
Que, de conformidad con el numeral 9.1., del artículo 9 de la norma antes referida, establece que la DGAAM, evaluada favorablemente la documentación e información presentada y verificadas las condiciones técnicas - operativas, procederá a elaborar la ficha técnica de evaluación, en base a la cual, se expedirá la Resolución Directoral de aprobación de la homologación del equipo para el Control Oficial de los LMPs; asimismo el artículo 10 de la referida norma dispone que la DGAAM expedirá un Certificado de Homologación a favor del solicitante, con la finalidad de acreditar que determinado modelo de equipo reúne las condiciones técnicas y operativas para ser utilizado en el control oficial de LMPs;
Que, del mismo modo, en el ítem III del Anexo 3 del Decreto Supremo N° 047-2001-MTC, que establece Límites Máximos Permisibles de emisiones contaminantes para vehículos automotores que circulen en la red vial, modificado por Decreto Supremo N° 009-2012-MINAM, se señalan los requisitos y procedimientos de homologación de equipos;
Que, el artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, ha dispuesto la vigencia indeterminada de los títulos habilitantes, salvo que la autoridad compruebe el cambio de las condiciones indispensables para su obtención, previa fiscalización, en cuyo caso podrá dejar sin efecto el título habilitante;
Que, a través de solicitud S/N, con H/R N° E-270862-2019 de fecha 02 de setiembre de 2019, la empresa DIAGNOSTOOLS S.A.C. requiere la aprobación de la homologación del equipo: ANALIZADOR DE GASES, Marca: QROTECH, Modelo: QGA 6000, Tipo: Portátil y Fijo, Procedencia: Korea, a utilizarse en el control oficial de Límites Máximos Permisibles de emisión de contaminantes para vehículos automotores; para lo cual remite los documentos pertinentes, para su evaluación;
Que, mediante Oficio Nº 2314-2019-MTC/16, de fecha 10 de setiembre de 2019, se remite a la empresa DIAGNOSTOOLS S.A.C., el Informe Técnico Nº 141-2019-MTC/16.02.MLPB, el cual concluye que la solicitud de homologación presenta observaciones; las mismas que fueron subsanadas por la administrada mediante solicitud S/N, con H/R N° E-302206-2019 de fecha 25 de setiembre de 2019;
Que, con fecha 08 de noviembre de 2019, se realizó la visita técnica a la empresa DIAGNOSTOOLS S.A.C., verificándose que el equipo: ANALIZADOR DE GASES, Marca: QROTECH, Modelo: QGA 6000, Tipo: Portátil y Fijo, Procedencia: Korea, cumple con las condiciones técnicas y operativas previstas en Anexo N° 3 del Decreto Supremo N° 047-2001-MTC, modificado D.S. 009-2012-MINAM;
Que, mediante Oficio Nº 2705-2019-MTC/16, de fecha 04 de octubre de 2019, se remite a la empresa DIAGNOSTOOLS S.A.C., el Informe Técnico Nº 157-2019-MTC/16.02.MLPB, el cual concluye que la solicitud de homologación materia de evaluación, continua presentando observaciones; las mismas que fueron subsanadas por la administrada mediante solicitud S/N con H/R N° E-041165 y la solicitud S/N con H/R N° 042927-2020, de fechas 05 y 06 de febrero de 2020, respectivamente;
Que, con Oficio Nº 0750-2020-MTC/16 de fecha 25 de febrero de 2020, se remite a la empresa DIAGNOSTOOLS S.A.C., el Informe Técnico Nº 051-2020-MTC/16.02.MLPB, el cual concluye que subsiste una observación a la solicitud de homologación materia de evaluación; la misma que fue subsanada por la administrada, mediante solicitud S/N con H/R N° E-155594-2020, de fecha 10 de agosto de 2020;
Que, en virtud de ello, se emitió el Informe Técnico N° 151-2020-MTC/16.02.MLPB, el cual cuenta con la conformidad de la Dirección de Evaluación Ambiental de la DGAAM otorgada el 08 de setiembre de 2020, en el que se concluye que la empresa DIAGNOSTOOLS S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos para la homologación de equipos establecidos en el ítem III del Anexo N° 3 del Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2012-MINAM; por lo que recomienda la aprobación de la homologación del equipo: ANALIZADOR DE GASES, Marca: QROTECH, Modelo: QGA 6000, Procedencia: Korea, a través de la Resolución Directoral respectiva; asimismo, adjunta la ficha de homologación en la que se verificó las condiciones técnicas y operativas del citado equipo, para su correspondiente numeración, precisando además que el equipo es de tipo portátil y fijo;
Que, de igual forma, en el Informe Legal N° 086-2020-MTC/16.EPR de fecha 23 de setiembre de 2020, se señala que de acuerdo con la normatividad antes citada, y sobre la base del análisis del informe técnico emitido, resulta procedente emitir la Resolución Directoral correspondiente que aprueba la homologación y se expida el Certificado de Homologación respectivo;
Que, asimismo, el citado informe legal precisa que de producirse cambios en las condiciones técnicas originales precisadas en la aprobación de la homologación del mencionado equipo y/o cambios indispensables, conforme a lo dispuesto en el artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del procedimiento Administrativo General, el titular deberá presentar a la DGAAM-MTC la solicitud de homologación respectiva;
De otro lado, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, sus precisiones y modificaciones, se declara Estado de Emergencia Nacional y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; en ese sentido mediante Decreto Supremo Nº 026-2020 y Decreto de Urgencia Nº 029-2020 y sus respectivas ampliaciones, se suspende el cómputo de los plazos de inicio y de tramitación de los procedimientos administrativos que se encuentren sujetos a plazo, que se tramiten en entidades del Sector Público; que dicha suspensión fue ampliada hasta el 10 de junio de 2020, mediante Decreto Supremo Nº 087-2020-PCM;
De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N° 047-2001-MTC y sus modificatorias, que establecen Límites Máximos Permisibles de emisiones contaminantes para vehículos automotores que circulen en la red vial; el Decreto Supremo N° 007-2002-MTC, que establece el procedimiento para homologación y autorización de equipos a utilizarse en el control oficial de Límites Máximos Permisibles de emisión de contaminantes para vehículos automotores; y, la Resolución Ministerial N° 959-2019-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR la homologación del equipo ANALIZADOR DE GASES, Marca: QROTECH, Modelo: QGA 6000, Tipo: Portátil y Fijo, Procedencia: Korea, para control oficial de Límites Máximos permisibles de emisión de contaminantes para vehículos automotores; con Ficha de Homologación N° 036-G y Código de Homologación N° G-034-2020-DGAAM-MTC; a favor de la empresa DIAGNOSTOOLS S.A.C.
Artículo 2.- EXPEDIR a favor de la empresa DIAGNOSTOOLS S.A.C. el Certificado N° 065-G, para el equipo señalado en el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 3.- El uso del equipo homologado para el Control Oficial de los Límites Máximos Permisibles, requerirá de la previa autorización de la DGAAM-MTC, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y 16 del procedimiento para homologación y autorización de equipos a utilizarse en el control oficial de Límites Máximos permisibles de emisión de contaminantes para vehículos automotores, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2002-MTC.
Artículo 4.- La vigencia indeterminada de la presente homologación no exonera a la empresa DIAGNOSTOOLS S.A.C. a cumplir con las disposiciones especiales reguladas en la normativa vigente; pudiendo la DGAAM realizar acciones de fiscalización determinando, de ser el caso, dejar sin efecto el título habilitante cuando las condiciones para su obtención hayan cambiado de manera indispensable.
Artículo 5.- DISPÓNGASE la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SEGUNDO FAUSTO RONCAL VERGARA
Director General
Dirección General de Asuntos Ambientales
1892244-1