Derogan disposiciones referidas al registro de elementos de Propiedades, Planta y Equipo PPE en el SIGA-Módulo Patrimonio (MEF)
Resolución Directoral
Nº 018-2020-EF/51.01
Lima, 14 de octubre de 2020
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1438 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, dispone que la Dirección General de Contabilidad Pública, es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Contabilidad y tiene como función establecida en el inciso 2 del numeral 5.2 del artículo antes citado, el emitir normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en las entidades del Sector Público;
Que, en el marco de las atribuciones establecidas en el artículo 7 de la Ley N° 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, derogada por el numeral 1 de la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo N° 1438, se aprobó la Directiva Nº 005-2016-EF/51.01 “Metodología para el reconocimiento, medición, registro y presentación de los elementos de propiedades, planta y equipo de las entidades gubernamentales”, aprobada por la Resolución Directoral N° 012-2016-EF/51.01 y modificada mediante Resolución Directoral N° 011-2018-EF/51.01;
Que, el numeral 8 y el numeral 12 de la citada Directiva, disponen el registro obligatorio de los elementos de Propiedades, Planta y Equipo (PPE) y las entidades obligadas a realizar dicho registro, señaladas en el Anexo 6 conforme a las especificaciones técnicas señaladas en los Anexos 3 y 4, en el Módulo de Patrimonio del Sistema Integrado de Gestión Administrativa: SIGA-Módulo Patrimonio (MEF); asimismo, los literales f) y h) del numeral 11 establecen la periodicidad de la toma de inventarios físicos patrimoniales y la baja de los mismos, respectivamente; asimismo, con las Resoluciones Directorales N° 017-2016-EF/51.01 y 007-2019-EF/51.01, se establecieron las entidades obligadas a implementar dicho registro en el SIGA-Módulo Patrimonio (MEF);
Que, las disposiciones establecidas en el considerando precedente, fueron emitidas para cubrir una necesidad normativa, con la finalidad que las rendiciones de cuenta de las entidades, relacionadas a los elementos de PPE, tengan el sustento adecuado y el control permanente en el SIGA–Módulo Patrimonio (MEF); aspectos que actualmente, conforme a las funciones establecidas en el numeral 6.2 del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, corresponde a la Dirección General de Abastecimiento, la que tiene como función emitir las normas relacionadas al ámbito de su competencia, como ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento
Que, el numeral 18.2, del artículo 18 del Decreto Legislativo N° 1436 Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, establece que los integrantes de la Administración Financiera del Sector Público, en el marco de sus competencias, estructuran la integración intersistémica, para lo cual la Dirección General de Contabilidad Pública y la Dirección General de Abastecimiento, convienen en regular aspectos en el ámbito de sus competencias de manera articulada, evitando una sobreregulación normativa; por lo que, es necesario derogar las disposiciones referidas al registro de los elementos de PPE en el SIGA-Módulo Patrimonio (MEF), la periodicidad de la toma de inventarios físicos patrimoniales, y la baja de los mismos;
Estando a lo expuesto, en el ámbito de las atribuciones de la Dirección General de Contabilidad Pública, establecidas en el inciso 2 del numeral 5.2, del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Derogación de las disposiciones sobre el registro de los elementos de Propiedades, Planta y Equipo (PPE).
1.1 Derogar las disposiciones especiales relacionadas al registro de los elementos de Propiedad, Planta y Equipo (PPE), emitidas en la Directiva N° 005-2016-EF/51.01 “Metodología para el reconocimiento, medición, registro y presentación de los elementos de propiedades, planta y equipo de las entidades públicas y otras formas organizativas no financieras que administren recursos públicos”, aprobada por la Resolución Directoral N° 012-2016-EF/51.01 y modificada con la Resolución Directoral N° 011-2018-EF/51.01; de acuerdo al siguiente detalle:
- Numeral 8, Registro: primer párrafo y segundo párrafo: literales a), b), d), h) y j).
- Numeral 11, Disposiciones Complementarias: literales f) y h).
- Numeral 12, Disposiciones Transitorias: literales a), b), c) y d).
- Numeral 13, Responsabilidades: segundo párrafo.
- Anexo 3, Requerimientos mínimos para la instalación del SIGA – Módulo Patrimonio (MEF).
- Anexo 4, Registro del encargado de control patrimonial SIGA – Módulo Patrimonio (MEF).
- Anexo 6, Pliegos obligados a la implementación del SIGA – Módulo Patrimonio (MEF).
1.2 Derogar las Resoluciones Directorales N° 017-2016-EF/51.01 y 007-2019-EF/51.01, que establecen las entidades obligadas a implementar el registro de elementos de Propiedades, Planta y Equipo (PPE) en el SIGA - Módulo Patrimonio (MEF), entre otras que tuvieran la misma finalidad.
Artículo 2. Publicación y difusión.
La presente Resolución Directoral se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (https://www.gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR NUÑEZ DEL ARCO MENDOZA
Director General
Dirección General de Contabilidad Pública
1893593-1