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Ordenanza que aprueba la modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones -ROF- de la Municipalidad de La Victoria

Ordenanza que aprueba la modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones -ROF- de la Municipalidad de La Victoria

ORDENANZA Nº 347/MLV

La Victoria, 20 de agosto de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria de fecha 20 de agosto de 2020

VISTOS: El dictamen conjunto de las Comisiones de Planificación, Presupuesto y Asuntos Legales y de Administración, Finanzas, Tecnología de la Información, Telecomunicaciones y Fiscalización y Control.

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, el articulo VII de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política, regulan las actividades y funcionamiento del sector público, así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos y a los sistemas administrativos del estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;

Que, el artículo 9º del dispositivo legal antes acotado, establece que corresponde al Concejo aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; asimismo resulta concordante con lo establecido en el articulo 40º el cual señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa;

Que, mediante Ley Nº27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, se declara el Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública hacia un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones -ROF- es un documento técnico normativo de gestión institucional que contiene la organización formal de una entidad pública, es decir, contiene su estructura orgánica así como las funciones generales y específicas de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas. En ese sentido, constituye una de las herramientas más importantes para la adecuada gestión administrativa de una entidad, como documento que ordena las funciones a su cargo;

Que, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modificado con Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, regula los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado. La finalidad de dicha norma radica en que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía.

Que, el artículo 46º del dispositivo legal antes señalado establece que se requiere la aprobación o modificación de un ROF, según corresponda, en los siguientes supuestos: (…) b) “Por modificación parcial: se da por la reasignación o modificación de funciones entre unidades de organización sin que se afecte la estructura orgánica o cuando la afectación de la estructura orgánica se debe a una disminución del número de unidades de organización por nivel organizacional.”

Asimismo, el numeral 2 del artículo antes señalado, establece que: “La Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces es responsable técnico de la propuesta de ROF y el informe técnico que lo sustenta. El contenido del informe varía de acuerdo con el supuesto establecido en el numeral 46.1 que le resulte aplicable.”

Que, el artículo 48º del citado Decreto Supremo, señala que la modificación parcial afecta la estructura orgánica disminuyendo el número de unidades de organización por nivel organizacional, el informe técnico que sustenta la propuesta del ROF contiene la primera sección y los literales a) y b) de la segunda sección a los que se refiere el artículo 47º, es decir, la justificación de la estructura orgánica propuesta en todos sus niveles organizacionales, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6º y 16º; y, la Identificación y justificación técnica y legal de las funciones sustantivas asignadas a los órganos de la entidad.

Que, el Informe Nº 079-2020-GPP/MLV de la Gerencia de Planificación y Presupuesto hace una recopilación de los informes de las unidades orgánicas: la Gerencia Municipal, Secretaria General, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Desarrollo a efectos de superar los acontecimientos ocasionados por la Emergencia Sanitaria, sustentar la necesidad de modificar parcialmente el Reglamento de Organización y Funciones -ROF- de la Municipalidad de La Victoria, a fin de optimizar los recursos y efectivizar las actividades que permitirán el cumplimiento de las funciones del gobierno local de manera oportuna, eficiente, eficaz y transparente al servicio de la población;

Que, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021, tiene por objeto orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país.

Que, mediante el Informe Nº706-2020-GAJ-MLV de la Gerencia de Asesoría Jurídica sustenta legalmente la aprobación de la propuesta de modificación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF- de la Municipalidad de La Victoria, la cual ha sido planteada siguiendo los lineamientos del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y su modificatoria, por tanto la misma se encuentra arreglada a derecho y no trasgrede la normatividad de la materia.

Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley 27972-Ley Orgánica de Municipalidades-, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesión ordinaria de Concejo del 20 de agosto de 2020, y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN

Y FUNCIONES -ROF-.

Artículo 1.- Aprobar la modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones -ROF- de La Victoria, aprobado mediante Ordenanza 320/MLV, conforme se detalla en el anexo que forma parte integrante del presente dispositivo.

Artículo 2.- Disponer que las demás disposiciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones –ROF- siguen vigentes.

Artículo 3.- Encargar a la Gerencia Municipal y demás unidades orgánicas el cumplimiento de la presente Ordenanza.

Articulo 4.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza y su anexo en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones su publicación en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe, con su respectivo anexo.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER

Alcalde

1892360-1