Designan Funcionaria Responsable de Acceso a la Información a que se refiere el TUO de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
Presidencia de la Corte Superior
de Justicia de Lima Sur
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 000520-2020-P-CSJLS-PJ
Villa María del Triunfo, 7 de octubre del 2020
VISTOS:
Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que fuera modificada por la Ley Nº 27927; La Ley Nº 30934, Ley que modifica la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Al Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, las Resoluciones Administrativas Nº 000365-2020, Nº000383-2020 y Nº 000504-2020-P-CSJLS-PJ, expedidas por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia.
CONSIDERANDO:
Mediante Ley Nº 27806 se aprobó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la cual promueve la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, asimismo, mediante Ley Nº 27927, se modifica e incorpora varios artículos a la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
La Ley Nº 30934, Ley que modifica la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, respecto a la transparencia en el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Junta Nacional de Justicia, el Tribunal Constitucional y la Academia de la Magistratura, se incorpora varios artículos a la Ley Nº 27806, modificada por la Ley Nº 27927 y el Decreto Legislativo Nº 1353, en tal sentido la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30934, habilita al Poder Ejecutivo, a adecuar el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM.
Mediante el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS se aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la cual tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la información consagrado en el Numeral 5 del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú.
Que, asimismo, el Artículo 3º del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública concordado con el Literal c) del Artículo 3º, y el Artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, disponen que la máxima autoridad de la entidad designará al funcionario responsable de entregar la información de acceso público mediante Resolución, la cual será publicada en el Diario Oficial El Peruano.
Los artículos 10º y 11º del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la información, señalan expresamente que las entidades de la Administración Pública tienen la obligación de proveer la información requerida si se refiere a la contenida en documentos escritos, fotografías, grabaciones, soporte magnético o digital, o en cualquier otro formato; siempre que haya sido creada u obtenida por ella o que se encuentre en su posesión o bajo su control; asimismo, toda solicitud de información debe estar dirigida al funcionario designado por la entidad de la Administración Pública para realizar esta labor.
Mediante la Resolución Administrativa Nº 000365-2020-P-CSJLS-PJ, de fecha 31 de julio de 2020, se dispuso, designar a la abogada Ofelia Lluliza Davila Maldonado en el cargo de confianza de Asesor de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, con efectividad al primero de agosto del presente año.
Así también, por Resolución Administrativa Nº 000383-2020-P-CSJLS-PJ, de fecha 11 de agosto de 2020, se dispuso, entre otros, designar a la abogada Ofelia Lluliza Davila Maldonado, Asesora de Corte, en adición a sus funciones, como Funcionaria Responsable de Acceso a la Información a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en este distrito Judicial, a partir del 01 de agosto de2020.
Finalmente, por Resolución Administrativa Nº 000504-2020-P-CSJLS-PJ, de fecha 25 de setiembre de 2020, se dispuso aceptar la renuncia formulada por la servidora Ofelia Lluliza Dávila Maldonado, en el cargo de confianza de “Asesor de Corte”, con efectividad al veinticinco de setiembre del presente año, Asimismo, dispuso designar a la abogada Cruz María Flores Arévalo en el cargo de confianza de Asesor de Corte de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, con efectividad al veinticinco de setiembre del presente año.
Estando a lo expuesto, a efectos de continuar brindando un óptimo servicio de acceso a la información pública; y, a la necesaria aplicación de los principios de celeridad y eficacia regulados en la Ley del Procedimiento Administrativo General, corresponde designar al (la) Funcionario(a) Responsable de Acceso a la Información, quien se encargará de brindar información oportuna a los usuarios de este distrito judicial.
El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables.
Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 1) 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la designación de la abogada Ofelia Lluliza Dávila Maldonado, en el cargo de Funcionaria Responsable de Acceso a la Información a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley Nº27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en este distrito judicial, con efectividad al veinticinco de setiembre de 2020.
Artículo Segundo.- DESIGNAR, en vía de regularización, a la abogada CRUZ MARÍA FLORES ARÉVALO, Asesora de Corte, en adición a sus funciones, como Funcionaria Responsable de Acceso a la Información a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley Nº27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en este distrito judicial, a partir del veinticinco de setiembre de 2020.
Artículo Tercero.- DISPONER que las dependencias de esta Corte Superior de Justicia presten el apoyo necesario a la antes citada servidora, conforme a las disposiciones legales vigentes, para el cumplimiento de la responsabilidad asignada.
Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en El Diario Oficial “El Peruano”, asimismo, a través de los diversos medios de difusión de esta Corte Superior de Justicia, para conocimiento del público usuario.
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima Sur, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Administración y Finanzas, Unidad de Planeamiento y Desarrollo, Área de Informática, Área de Servicios Judiciales, Área de Recursos Humanos, Área de Contabilidad, Área de Tesorería, Área de Logística, Área de Informática, Central de Notificaciones de esta Corte Superior de Justicia, Administradores de Módulo, Responsables Administrativos de Sedes y demás personas interesadas, para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
JUAN VICENTE VELIZ BENDRELL
Presidente de la CSJ de Lima Sur
1892024-1