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Ascienden al grado de General de Brigada a Coronel del Servicio de Intendencia del Ejército del Perú

Ascienden al grado de General de Brigada a Coronel del Servicio de Intendencia del Ejército del Perú

Resolución Suprema

Nº 067-2020-DE/EP

Lima, 11 de octubre de 2020

VISTO:

El Oficio Nº 1104-2020/COPERE/JAPE/1-1 del 11 de octubre de 2020, documento remitido por el Ejército del Perú, mediante el cual se hace llegar las propuestas para el ascenso al grado inmediato superior a Oficial General, proceso de Ascenso 2020.

CONSIDERANDO:

Que, el Coronel del Servicio de Intendencia Luis Alberto BAUTISTA SANCHEZ, interpuso acción de amparo ante el Sexto Juzgado Constitucional de Lima, a fin de que se reponga las cosas al estado anterior a la vulneración de sus derechos constitucionales y ordene a las autoridades emplazadas emitir la correspondiente Resolución Suprema que le otorgue el ascenso al grado de General de Brigada, como consecuencia del resultado del Proceso de Ascenso 2018, Promoción 2019;

Que, mediante sentencia contenida en la Resolución Nº 22 del treinta de enero de dos mil veinte, el Sexto Juzgado Constitucional de Lima, declara fundada en parte la demanda de amparo, interpuesta por Luis Alberto BAUTISTA SANCHEZ, contra la Comandancia General del Ejército; ordena reponer los hechos al estado anterior a la vulneración del debido proceso y derecho de igualdad, por omisión en el cumplimiento de la normatividad prevista para el proceso de ascenso en que participó el accionante, y ordena se eleve la propuesta Institucional de ascenso por el Comandante General del Ejército a la autoridad competente para que proceda de acuerdo a sus atribuciones y a su facultad discrecional;

Que, con Resolución Nº Uno del diez de marzo del dos mil veinte, emitida por el Sexto Juzgado Constitucional de Lima, declara fundada la solicitud de actuación inmediata de sentencia estimatoria, en consecuencia, ordena que la Comandancia General del Ejército, cumpla con elevar la propuesta Institucional de ascenso a la autoridad competente para que proceda de acuerdo a sus atribuciones, bajo apercibimiento de proceder conforme a Ley en caso de incumplimiento;

Que, la Ley Nº 29108, Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, de 09 de julio de 2008, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2019-DE de 30 de noviembre de 2019, regula los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, así como la competencia de la Junta de Selección;

Que, el literal a) del artículo 37 del Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, concordante con el artículo 35 y el literal a) del artículo 36 del mismo cuerpo normativo, establecen que los ascensos son otorgados por el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa, para Oficiales Generales y Almirantes. Asimismo, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30701 prevé la aplicación progresiva del artículo 7 de la Ley Nº 29108, de acuerdo a los Planes Estratégicos Institucionales en el Área de Personal y en concordancia con las disposiciones contenidas en los Anexos del Reglamento antes indicado;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0558-2020/DE/EP del 02 de octubre de 2020, se declara la vacante para el proceso de ascenso 2020, Promoción 2021, para un Oficial Superior del Ejército del Perú, por sentencia judicial;

Que, la Junta de Selección para el ascenso a los grados de Oficiales Generales ha establecido los “Cuadros de Mérito” y elaborado el Acta de Junta de Selección del 11 de octubre de 2020, que constituye la propuesta Institucional de ascenso, en observancia a lo previsto en el artículo 34 y en el literal b) del artículo 35 de la Ley Nº 29108, así como en los literales b) y c) de los artículo 50 y el artículo 51 de su Reglamento. De igual modo, dicha propuesta se ciñó a lo previsto en la Resolución Ministerial Nº 0558-2020/DE/EP del 02 de octubre de 2020, mediante la cual se declara la vacante para el Proceso de Ascenso año 2020, Promoción 2021 para un Oficial Superior del Ejército del Perú, por sentencia judicial;

Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Selección para el ascenso al grado de Oficial General, cubriendo la vacante declarada en el grado, en base al Cuadro de Mérito, el cual es producto del orden correlativo de la meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos, oportunidades y ética, contemplados en el artículo 3 de la Ley Nº 29108, Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas;

Que, el numeral 1, inciso A), artículo 1 del Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, del 28 de enero de 2015, “Determinan Jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa”, establece que: “por Resolución Suprema se aprobarán ascensos y cambios de Situación Militar de empleo de Oficiales Generales y Almirantes”;

Estando a lo ordenado por el Sexto Juzgado Constitucional de Lima; a lo cumplido por el Comandante General del Ejército, lo presentado por el Ministro de Defensa; y de conformidad con el literal a) del artículo 26 de la Ley Nº 29108.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Ascender con fecha 01 de enero de 2021, al grado de General de Brigada al señor Coronel del Servicio de Intendencia BAUTISTA SÁNCHEZ Luis Alberto, debiéndose expedir el Despacho correspondiente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

JORGE LUIS CHAVEZ CRESTA

Ministro de Defensa

1892435-1