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Aprueban seis Fichas de Homologación de Platos de Cerámica artesanal utilitaria

Aprueban seis Fichas de Homologación de “Platos de Cerámica artesanal utilitaria”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 209-2020-MINCETUR

Lima, 11 de octubre de 2020

Visto, el Oficio Nº 000522-2020-PERÚ COMPRAS-PERÚ COMPRAS de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; el Informe Nº 024-2020-MINCETUR/VMT/DGA/DDA-CMR y el Memorándum Nº 351-2020-MINCETUR/VMT/DGA/DDA de la Dirección de Desarrollo Artesanal de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo; y el Memorándum Nº 944-2020-MINCETUR/SG/OGA de la Oficina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa la política de comercio exterior y de turismo;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, en adelante, TUO de la Ley, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS (en adelante, PERÚ COMPRAS); una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación;

Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley de Contrataciones el Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, en adelante, Reglamento, prescribe que mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERÚ COMPRAS;

Que, asimismo, el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento establece que la aprobación, la modificación y la exclusión de la ficha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERÚ COMPRAS; dichos actos cuentan con la opinión favorable de PERÚ COMPRAS y se publican en el Diario Oficial El Peruano; la facultad del Titular a que se refiere este numeral es indelegable;

Que, el numeral 7.5 de la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS, denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERÚ COMPRAS, en adelante Directiva, establece que la ficha de homologación es el documento estándar mediante el cual los ministerios uniformizan sus requerimientos, estableciendo las características técnicas especificadas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, dentro del ámbito de sus competencias;

Que, en el sub numeral 8.13.1 de la Directiva, referido a la aprobación de la Ficha de Homologación, se señala que contando con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS, la Ficha de Homologación será aprobada mediante Resolución Ministerial, la cual será publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, en el sub numeral 8.13.2 de la citada Directiva refiere que el Ministerio deberá remitir a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS la Resolución de aprobación y la Ficha de Homologación aprobada, el mismo día de ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de gestionar su incorporación en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” publicada en el portal institucional de PERÚ COMPRAS;

Que, mediante documento del Visto, PERÚ COMPRAS comunica la opinión favorable respecto a la viabilidad de la aprobación de las fichas de homologación de “Platos de Cerámica artesanal utilitaria”, para continuar con el trámite correspondiente, en el marco de la Directiva;

Que, conforme a los documentos del Visto, la Dirección de Desarrollo Artesanal de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo y la Oficina General de Administración del MINCETUR sustentan y emiten opinión favorable para la aprobación de las citadas fichas de homologación mediante Resolución Ministerial;

Que, contando con la opinión favorable de PERÚ COMPRAS mediante documento del Visto, corresponde emitir la Resolución Ministerial mediante la cual se aprueben las seis (6) Fichas de Homologación de “Platos de Cerámica artesanal utilitaria”, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y remitida a PERÚ COMPRAS el mismo día de su publicación;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, y la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 069-2020-PERÚ COMPRAS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de Fichas de Homologación

Aprobar seis (6) Fichas de Homologación de “Platos de Cerámica artesanal utilitaria”, las mismas que, como Anexo, forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Remisión de Resolución aprobatoria y Fichas de Homologación

Disponer que la Secretaría General del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo remita a la Dirección de Estandarización y Sistematización de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, la presente Resolución Ministerial y las Fichas de Homologación de “Platos de Cerámica artesanal utilitaria”, aprobadas en el artículo 1 que antecede, a efectos de gestionar su incorporación en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” publicadas en el portal institucional de dicha Entidad.

Artículo 3.- Publicación

Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo se publiquen en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publiquese.

ROCÍO BARRIOS ALVARADO

Ministra de Comercio Exterior y Turismo

1892425-1