Aprueban la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 00094-2020-PD/OSIPTEL
Lima, 9 de octubre de 2020
OBJETO |
APROBACIÓN DE LA SECCIÓN SEGUNDA DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES - OSIPTEL. |
VISTOS:
El Informe Nº 070-GPP/2020 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal N° 198-GAL/2020 de la Gerencia de Asesoría Legal;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;
Que, mediante Resolución N° 032-2002-CD/OSIPTEL, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, el mismo que fue modificado a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 036-2005-CD/OSIPTEL, Decreto Supremo N° 104-2010-PCM y Decreto Supremo N° 045-2017-PCM;
Que, posteriormente, por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, se aprobaron los Lineamientos de Organización del Estado (en adelante, los Lineamientos), que regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; y establece que el Reglamento de Organización y Funciones es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;
Que, mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 2 de octubre de 2020, se aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, en el cual se establece la estructura orgánica y funciones de las unidades de organización del primer y segundo nivel organizacional de la entidad; y cuya vigencia –que se producirá con la aprobación de la presente Resolución- derogará el ROF aprobado por Resolución N° 032-2002-CD/OSIPTEL;
Que, de acuerdo a los artículos 44 y 45 de los Lineamientos, el Reglamento de Organización y Funciones se divide en las Secciones Primera y Segunda, esta última comprende el tercer nivel organizacional en adelante, señalando las funciones específicas asignadas a las unidades de organización; y, asimismo, se establece que la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones se aprueba por resolución del titular de la entidad;
Que, según lo establecido en el numeral 52.1 del artículo 52 de los Lineamientos, la Resolución de Presidencia debe ser publicada en el diario oficial El Peruano. Además, acorde con el artículo 44-A de los Lineamientos, dicha resolución, el texto de la Segunda Sección del ROF y el texto integrado del ROF, se publican en el portal de transparencia del OSIPTEL;
Que, por las consideraciones señaladas, es necesario aprobar la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, que desarrolla la constitución del tercer nivel organizacional, el despliegue de las funciones de sus unidades y la estructura orgánica y organigrama de la entidad; lo cual le permitirá el cumplimiento de sus funciones y objetivos con mayores niveles de eficiencia para beneficio de la ciudadanía;
Que, con el Informe Nº D000156-2020-PCM/SSAP de fecha del 29 de setiembre de 2020, la Subsecretaría de Administración Pública de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros ha opinado favorablemente respecto de la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, incluyendo la Sección Segunda;
Que, de acuerdo con el numeral 6.3 del artículo 6 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos – Ley N° 27332, el Presidente del Consejo Directivo ejercerá funciones ejecutivas de dirección del Organismo Regulador y es el Titular de la entidad correspondiente;
De conformidad con la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, y el Decreto Supremo Nº 160-2020-PCM, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL;
Con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, de la Gerencia de Asesoría Legal y de la Gerencia General;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones
Aprobar la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL y su organigrama, la cual consta de un (1) título, cuarenta y uno (41) artículos y dos (2) anexos que contiene la estructura orgánica y el organigrama del OSIPTEL.
Artículo 2.- Financiamiento
La implementación de lo dispuesto en la presente resolución se financia con cargo al presupuesto institucional del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 3.- Publicación
Encargar a la Gerencia General la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. La Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL y sus anexos, así como el texto integrado de dicho Reglamento, son publicados en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), el Portal Institucional (www.osiptel.gob.pe) y el Portal de Transparencia, el mismo día de la publicación de la presente resolución.
Regístrese y comuníquese y publíquese,
RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ
Presidente del Consejo Directivo
1892403-1