Domingo, 24 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Anexos de la Res. Nº 129 -2020-CD/OSIPTEL que modificó el Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones

Anexos de la Res. Nº 129 -2020-CD/OSIPTE, que modificó el Reglamento General de
Calidad de los Servicios Públicos de
Telecomunicaciones

ANEXOS DE LA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ANEXO Nº 2

REGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES

Ítem

INFRACCION

SANCION

1

La empresa operadora que con relación a los resultados de los indicadores y parámetros de calidad (TIF, RO, TR, TLLC, ASR, TLLI, TINE, VP, TLLC) no cumpla con publicar en su página web los resultados dentro de los veinte (20) días calendarios siguientes al término del periodo de medición.

Leve

2

No incluya en su página web principal un vínculo de acceso, que direccione hacia la publicación de resultados de indicadores y parámetros de calidad efectuada por el OSIPTEL.

Leve

3

La empresa operadora que publique en su página web información inexacta y/o incompleta sobre los valores de los indicadores y parámetros de calidad.

Grave

4

La empresa operadora que incumpla con el valor objetivo del indicador RO, para los servicios de acceso a Internet y el servicio de distribución de radiodifusión por cable.

La evaluación de este indicador se realizará con periodicidad anual.

Grave

5

La empresa operadora o empresa comercializadora que incumpla con el valor objetivo del indicador TR, para los teléfonos de uso público.

Grave

6

La empresa operadora que incumpla con el valor objetivo del indicador TLLC, para el servicio de telefonía fija.

Leve

7

La empresa operadora que incumpla con el valor objetivo del indicador TINE, para los servicios públicos móviles.

Grave

8

La empresa operadora que incumpla con el valor objetivo del indicador TLLI, para los servicios públicos móviles.

Grave

9

La empresa operadora que no remita o no cumpla con el compromiso de mejora para el indicador TEMT.

La evaluación de esta conducta se realizará con periodicidad semestral considerando la totalidad de los compromisos de mejora.

Grave

10

La empresa operadora que no remita o no cumpla con el compromiso de mejora para el indicador CCS.

La evaluación de esta conducta se realizará con periodicidad semestral considerando la totalidad de los compromisos de mejora.

Grave

11

La empresa operadora que no remita o no cumpla con el compromiso de mejora para el indicador CV.

La evaluación de esta conducta se realizará con periodicidad semestral considerando la totalidad de los compromisos de mejora.

Grave

12

La empresa operadora que incumpla con el valor objetivo del indicador CVM.

Grave

13

La empresa operadora que no conserve la información que sustente los valores de los indicadores y parámetros de calidad durante el periodo establecido en el Reglamento.

Leve

14

La empresa operadora que no cumpla con poner a disposición de los usuarios, lo siguiente:

  1. En su página web, una herramienta de software que permita realizar las mediciones del indicador de calidad CVM; o
  2. Un software en línea para descarga para los sistemas operativos de equipos terminales Smartphone y Tablet con mayor cantidad de usuarios, que permita realizar las mediciones del indicador de calidad CVM.

Grave

15

La empresa operadora que no cuente con un Sistema de Medición Automatizada, a través del cual realice las mediciones de los indicadores CVM y VP.

Leve

16

La empresa operadora que no cumpla con brindar, por lo menos en una hora durante el día, un mínimo del 80% de las velocidades máxima de bajada y subida contratadas.

La evaluación de esta conducta se realizará con periodicidad semestral y de manera conjunta.

Leve

17

La empresa operadora que incumpla con el valor objetivo del indicador DS.

Grave

18

En caso el OSIPTEL determine que un evento crítico es de responsabilidad de la empresa operadora.

Grave

19

La empresa operadora cuyo porcentaje del tiempo sin disponibilidad (%TSD) en un año calendario sea mayor al ocho por ciento (8%), incurrirá en infracción leve.

El incumplimiento es evaluado anualmente, por centro poblado.

Leve

20

La empresa operadora que no cumpla con el horario de atención del servicio de telefonía de uso público en cada local de atención de los centros poblados rurales y lugares de preferente interés social, incurrirá en infracción leve.

El incumplimiento mencionado en el párrafo anterior es evaluado por periodo anual y por local de atención.

Leve

ANEXO Nº 3

DEFINICIONES Y FÓRMULAS DE LOS INDICADORES DE CALIDAD DE SERVICIO

INDICADOR

DETALLES

TIF

Tasa de Incidencia de Fallas

Definición: Definido como el porcentaje del número de averías reportadas por los abonados o usuarios de un determinado servicio público de telecomunicaciones, durante el período de un mes calendario, por cada cien (100) líneas en servicio o abonados, que sean atribuibles a la red de responsabilidad de la empresa operadora.

Fórmula:

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Donde:

- Cantidad de servicios activos en el mes: (a) para el servicio de telefonía fija corresponde a la cantidad de líneas en servicio y (b) para los servicios de acceso a Internet y de distribución de radiodifusión por cable corresponde a la cantidad de servicios que no hayan sido dados de baja, o no se encuentren en estado de corte o de suspensión.

- Averías reportadas en los servicios activos en el mes son las percibidas por los usuarios del servicio evaluado, durante el período de un mes calendario, considerando días laborables, reportadas y verificadas por la empresa operadora como atribuibles a la red de su responsabilidad. Tales averías pueden ser: estar sin servicio, comunicación imperceptible, ruido, servicio intermitente, corte de comunicación y otras que reporte el usuario como avería.

RO

Respuesta de Operadora

Fórmulas:

(i) Cálculo indicador primer tramo:

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Donde:

- n1es el número de llamadas mensuales, por canal de atención telefónica, donde la opción de comunicación con el operador humano se presenta dentro de los primeros 40 segundos después de establecida la llamada.

- N1es el número total de llamadas mensuales realizadas al canal de atención telefónica.

(ii) Cálculo indicador segundo tramo:

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Donde:

- n2es el número de llamadas mensuales, por canal de atención telefónica, atendidas por un operador humano dentro de los primeros 20 segundos después que el usuario opta por esta opción.

- N2es el número total de llamadas mensuales atendidas por un operador, por canal de atención telefónica.

Las empresas operadoras pueden cortar con uno o más canales de atención telefónica.

TR

Tasa de Reparaciones

Definición: Definido como el porcentaje mensual de averías reparadas en menos de veinticuatro (24) horas respecto al total de averías reclamadas o detectadas, considerando todos los días calendario. El indicador TR debe ser calculado mensualmente para toda la red donde la empresa operadora presta el servicio.

Fórmula:

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Donde:

Total de averías de TUP reparadas en menos de 24 horas:

Son todas las averías de teléfonos de uso público (TUP) reparadas dentro de las veinticuatro (24) horas contadas desde el momento que se recibe el reclamo de la avería o ésta es detectada por los sistemas de monitoreo y/o telecontrol, hasta el momento en que se repara el servicio.

Total de averías TUP reclamadas o detectadas en el mes:

Son todas aquellas averías de teléfonos de uso público detectadas o reclamadas por los usuarios o ésta es detectada por los sistemas de monitoreo y/o telecontrol, durante el mes en evaluación. En este caso no aplican exclusiones.

TSD

Tiempo sin disponibilidad (TSD)

Definición: La disponibilidad del servicio de telefonía de uso público en centros poblados rurales y lugares de preferente interés social está definida como la proporción de tiempo, en cada año calendario, que el servicio brindado por la empresa operadora está operativo en cada centro poblado rural y/o lugar de preferente interés social.

Se considera un centro poblado rural sin disponibilidad si más del cincuenta por ciento (50%) de los teléfonos de uso público que deben estar instalados, se encuentran sin disponibilidad.

El tiempo sin disponibilidad del centro poblado rural será calculado en horas completas, sobre la base de la disponibilidad durante el horario de atención de los teléfonos de uso público.

Para efectos del cálculo de las horas del centro poblado rural sin disponibilidad, se consideran únicamente aquellos teléfonos de uso público que al menos durante su horario de atención en un día calendario, estuvieron sin disponibilidad.

Fórmula:

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Donde:

T1 es la duración del tiempo sin disponibilidad, medido en horas, del i-ésimo evento.

%TSD

Porcentaje del Tiempo sin disponibilidad (%TSD)

Definición: El porcentaje del tiempo sin disponibilidad del centro poblado (%TSD[CCPP]) es igual al tiempo sin disponibilidad del centro poblado, sobre el total de horas del horario de atención establecido para el centro poblado rural durante un año calendario.

Fórmula:

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El Tiempo de disponibilidad total (Tiempo Total) se calcula con la siguiente fórmula:

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Donde:

HA es el horario de atención establecido para el centro poblado en horas enteras. Todas las fracciones de hora en las evaluaciones serán tomadas, en todo caso, en favor de la empresa operadora.

AC es el año calendario en días, que podría ser 365 o 366 en el caso de los años bisiestos.

TLLC

Tasa de Llamadas Completadas

Definición: Definido como el porcentaje de llamadas completadas originadas en la red en evaluación, del total de intentos de llamadas originadas en la misma red, medidas durante la hora de mayor carga en un mes calendario.

Fórmula:

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TINE

Tasa de Intentos No Establecidos

Definición: Definido como la relación, en porcentaje, de la cantidad de Intentos No Establecidos sobre el Total de Intentos. Este indicador se evaluará considerando todos los intentos de llamadas que se originan en la red de la empresa operadora, así como los que ingresan a ésta a través de los puntos de interconexión.

Fórmula:

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TLLI

Tasa de Llamadas Interrumpidas

Definición: Definido como la relación, en porcentaje, de la cantidad total de Llamadas Interrumpidas sobre el total de Llamadas Establecidas.

Fórmula:

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TEMT

Tiempo de Entrega de Mensajes de Texto

Definición: Definido como el tiempo comprendido desde el envío de un mensaje de texto (SMS) desde un equipo terminal hasta su recepción en el equipo terminal de destino, dentro de una ventana de observación.

Se calcula como el promedio de los tiempos de entrega de los mensajes recibidos de la muestra realizada, considerando los mensajes recibidos dentro de una ventana de 175 segundos de observación (según la recomendación ETSI TS 102 250-5 V.1.5.1).

PMTR

Proporción de Mensajes de Texto Recibidos

Definición: El parámetro PMTR se calcula como la proporción de mensajes de texto recibidos dentro de una ventana de observación de una hora, respecto al total de mensajes de texto enviados; expresados en porcentaje.

CCS

Calidad de Cobertura de Servicios

Definición: Definido como el porcentaje de mediciones de nivel de señal que fueron superiores o iguales al valor de la intensidad de señal -95 dBm el cual garantiza el establecimiento y la retenibilidad de las llamadas que realizan los usuarios del servicio en la zona cubierta del centro poblado.

Fórmula:

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CV

Calidad de la Voz

Definición: Definido como la medida de inteligibilidad de la voz percibida por los usuarios durante la fase de conversación en una llamada. Se debe utilizar el parámetro MOS (Mean Opinion Score: Nota Media de opinión), de acuerdo a la Recomendación de la UIT-T-P.800.

CVM

Cumplimiento de Velocidad Mínima

Definición: Es el porcentaje de mediciones (TTD) de las velocidades de bajada y subida que cumplen con la velocidad mínima.

Fórmula:

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Donde, TTD es la Tasa de Transferencia de datos.

TTD

Tasa de Transferencia de Datos

Definición: Definido como la velocidad media de transferencia de datos desde el usuario a un servidor de prueba (ISP, NAP, Tramo internacional), en un período determinado, medido en bits por segundo. Es el parámetro unitario de base para definir estadísticamente los indicadores cumplimiento de velocidad mínima y velocidad promedio.

Fórmula:

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VP

Velocidad Promedio

Definición: Es el promedio aritmético de las mediciones TTD realizadas.

Fórmula:

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TOE

Tasa de Ocupación de Enlaces

Definición: Corresponde al consumo del ancho de banda de los enlaces, diferenciando ambos sentidos de trasmisión (bajada y subida), en un determinado periodo.

Fórmula:

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TPP

Tasa de Pérdida de Paquetes

Definición: Es la proporción de paquetes enviados por un usuario a un servidor, sin que reciba el usuario la respuesta dentro de tres (3) segundos.

Fórmula:

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Donde:

E es la cantidad de paquetes con timer expirado.

N es la cantidad de paquetes enviados.

L

Latencia

Definición: Es el tiempo promedio que tarda un paquete en recorrer el tramo usuario-servidor de prueba-usuario, en milisegundos.

Fórmula:

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Donde:

tk es el tiempo de ida y vuelta de un k-ésimo paquete (milisegundos).

n es la cantidad de paquetes recibidos exitosamente antes de tres (3) segundos.

VL

Variación de la Latencia

Definición: Es la variación de la latencia, en milisegundos.

Fórmula:

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Donde:

tk es el tiempo de ida y vuelta de un k-ésimo paquete (milisegundos).

n es la cantidad de paquetes recibidos exitosamente antes de tres (3) segundos.

DS

Disponibilidad de servicio

Definición: Es el porcentaje del tiempo de servicio respecto del periodo de evaluación, durante el cual un servicio brindado por una empresa operadora, se encuentra operativo. Para el cálculo del indicador Disponibilidad de Servicio (DS) se aplicará la siguiente fórmula para cada servicio (SERV) y en cada departamento (DEP). Para estos efectos el departamento de Lima incluye a la Provincia Constitucional del Callao.

Fórmula:

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Donde:

Tiempo total del período:

Es el total de minutos del semestre en evaluación (se considera que el servicio se brinda las 24 horas del día y los 7 días de la semana).

Tiempo ponderado afectado:

Es sumatoria de los productos de la “duración de la interrupción masiva” multiplicado por la “proporción afectada del servicio en el departamento”. Se calcula de la siguiente forma:

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Donde:

N es el número de eventos de interrupción en el semestre.

tn es la duración de la interrupción del n-ésimo evento (en minutos). Se considera las interrupciones con duración mayor o igual que diez (10) minutos.

?n es la proporción del servicio afectado en el departamento y corresponde a la proporción de los abonados afectados respecto al total de abonados en el departamento:

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Donde:

Aa es la cantidad total de abonados del servicio en el departamento reportado.

At es la cantidad de abonados afectados por la no disponibilidad del servicio en el departamento.

Tiempo ponderado afectado en evento crítico

Tiempo ponderado afectado en evento crítico

Fórmula:

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Donde:

At es la cantidad total de abonados del servicio en el departamento reportado.

Aa es la cantidad de abonados afectados por la no disponibilidad del servicio en el departamento.

ANEXO N° 4: REPORTE DE TRÁFICO DE TELEFONOS DE USO PÚBLICO

MES DE REPORTE

 

Elija el mes de reporte

 

AÑO

2019

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

01/01/2019

01/01/2019

02/01/2019

30/01/2019

31/01/2019

31/01/2019

Total saliente

Total entrante

Saliente hacia móviles

Entrante desde móviles

Item

Teléfono

Ubigeo

CC.PP.

Distrito

Provincia

Departamento

Tipo

Observaciones

S1

E1

S2

E30

S31

E31

1

0

0

0

0

2

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

INDICACIONES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TIPO

Hace referencia a la tecnología utilizada para brindar el servicio: VSAT, GSM, otro.

OBSERVACIONES

Hace referencia a aclaraciones relativas al teléfono de uso público.

1.- Los campos: "TIPO" y "OBSERVACIONES", son considerados como información referencial, en consecuencia, a diferencia de los demás campos del presente reporte, no se considera obligatoria. 

2.- Los campos vinculados a S# y E#, deben contener el tráfico, según corresponda, saliente y entrante del Teléfono de Uso Público. Cuando el Teléfono se encuentre Sin Disponibilidad deberá mostrarse como "-". Para estos casos no está permitido incluir cero (00) como valor que indique que el Teléfono se encuentra Sin Disponibilidad.

3.- El Formato de fecha de la información de las celdas K4, L4 y siguientes, debe ser en dd/mm/aaaa, colocado encima de los campos "E#" (entrada) y "S#" (salida)

4.- La empresa operadora deberá adjuntar la solicitud de confidencialidad respectiva.

5.- La empresa operadora deberá incluir o retirar columnas y/o filas según lo exijan los días calendario del mes a reportar o la cantidad de teléfonos públicos.

6.- El presente es un formato de carácter referencial. En el formato a remitir al OSIPTEL debe incluir todos los días calendario del mes a reportar, considerando todas las indicaciones establecidas.

ANEXO N° 5: REGISTRO DE TELEFONOS DE USO PUBLICO SIN DISPONIBILIDAD

MES DE REPORTE

 

 

 

Elija el mes de reporte 

 

AÑO

Elija el año del reporte

Item

UBIGEO

CC.PP.

Dis

trito

Provin

cia

De

Par

Ta

Men

to

Teléfo

no

Fecha y hora de inicio del Tiempo Sin Disponibilidad

Fecha y hora de finalización del Tiempo Sin Disponibi-

lidad

Fecha y hora de Inicio Exclusión

Fecha y hora de Fin Exclusión

Motivo/
Causa

Código de la causa del tiempo sin disponibilidad

Observaciones

Tiempo Sin Disponi-

bilidad (en horas)

Fuente de la detección del TUP sin disponibilidad (NMS, reporte, visita, etc.)

Días del Término de la Distancia

Cantidad de Teléfonos de la localidad

Cod. del Documento de acre-

ditación

Enlace 01 al documento de acre-

ditación

Enlace 02 al documento de acre-

ditación

Fecha del documento de acre-

ditación

Documento Firmado por autoridad del centro poblado rural (SI/NO)

Nombre del firmante

Cargo del firmante

DNI del Firmante

N° de Boleta de reparación (cuando corresponda)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1. El motivo, a diferencia de otras celdas, no es obligatorio pero de no ser llenado y acreditado el tiempo sin disponibilidad computa para considerar Teléfono de Uso Público

2. El Tiempo Sin Disponibilidad informada por la empresa operadora abarca todas las horas. OSIPTEL se encarga de obtener el Tiempo Sin Disponibilidad.

3.- La celda: "OBSERVACIONES", son consideradas como información referencial, en consecuencia, a diferencia de las demás celdas del presente reporte, no se considera obligatoria.

4.- La empresa operadora deberá adjuntar los documentos que acreditan la exclusión, caso contrario, el tiempo sin disponibilidad será computado para considerar incumplimiento.

5.- La empresa operadora podrá incluir o retirar columnas y/o filas según lo exijan los documentos de acreditación (enlaces) a reportar o la cantidad de teléfonos públicos.

6.- La empresa operadora, para los casos de desabastecimiento de medios de pago distintos de monedas, deberá incluir un cuadro con los detalles del día de abastecimiento, fecha con las acreditaciones respectivas.

Importante: Estos códigos se ampliarán y serán más específicos luego que se remita a las empresas operadoras el listado referencial de medios de prueba que señala la cuarta disposición final del presente Reglamento.

LISTADO DE MOTIVOS POR EL CUAL EL TELÉFONO DE USO PÚBLICO ESTUVO SIN DISPONIBILIDAD

CÓDIGO DE CAUSA NO DISPONIBILIDAD

01

ROBO

02

VANDALISMO

03

FENÓMENOS NATURALES: Lluvias, vientos, situaciones climatológicas

04

DESASTRES NATURALES (Terremotos, Maremotos, etc.)

05

CORTE DE FLUIDO ELÉCTRICO

06

FALLA EN EL SISTEMA DE ENERGÍA DE LOS EQUIPOS

07

FALLA EN EL APARATO TELEFÓNICO: Línea física, etc.

08

FALLA EN EL EQUIPO DE TRANSMISIÓN: Radio, VSAT, HUB, ODU, IDU, orientación parabólica, Estación Base

09

MANTENIMIENTO PREVENTIVO

10

MANTENIMIENTO CORRECTIVO

11

ARRENDADOR ABANDONA EL SERVICIO

12

ARRENDADOR NO ATIENDE EL SERVICIO

13

DESPLAZAMIENTOS DE POBLADORES HACIA OTRO LUGAR

14

TELÉFONO GUARDADO

15

BAJO TRÁFICO

16

IMD

17

DESABASTECIMIENTO DE TARJETAS

18

OTRAS CAUSAS

 

 

CÓDIGO TIPO DE DOCUMENTO DE SUSTENTO

70

DENUNCIA POLICIAL

71

DOCUMENTO DE AUTORIDAD (sólo se aceptará documento suscrito por persona notable en los casos que la empresa operadora acredite que el centro poblado rural no cuenta con autoridades.)

72

BOLETA DE SERVICIO

73

RECORTES PERIODÍSTICOS

74

INFORMES DE INDECI / SENAMHI

75

DECRETOS DE SITUACIÓN DE EMERGENCIA

76

FOTOGRAFÍAS DE LOS HECHOS

77

OTROS: (ESPECIFICAR)

ANEXO N° 6: ACTUALIZACIÓN DE TELÉFONOS Y CENTROS POBLADOS RURALES AL xx/xx/xxxx

1.- Registro general de los TUP que han sufrido alguna modificación en relación con el mes inmediato anterior reportado

 

DATOS DEL TELÉFONO DE USO PÚBLICO CORRESPONDIENTE AL MES INMEDIATO ANTERIOR

 

DATOS DE LA ACTUALIZACIÓN

ITEM

UBIGEO

DPTO.

PROVINCIA

DISTRITO

LOCALIDAD

Número de TUP

ID DE VSAT O ESTACIÓN EN EL CASO DE TUP ATENDIDO CON GSM

Tipo de actualización (ver código)

Coordenada Geográfica

Fecha en que se produjo la actualización

Datos complementarios (*)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

INDICACIONES

ITEM

Hace referencia al número correlativo en que se presenta el tráfico por cada Teléfono de Uso Público.

Coordenada Geográfica

Hace referencia a la ubicación del TUP en el reporte del mes inmediato anterior

TIPO DE ACTUALIZACIÓN

Hace referencia al código que identifica cuál ha sido la modificación que ha sufrido el TUP desde el mes anterior hasta el último día del mes reportado. Sólo se admiten los códigos expresamente establecidos en la lista señalada debajo

Datos de la actualización (*)

Los datos de la actualización contienen campos adicionales de acuerdo al tipo de actualización. La empresa operadora deberá desagregarlos a fin que efectúe el reporte idóneo de la información actualizada.

 

Todos campos son obligatorios y se consideran declaración jurada. Se exceptúa la información remitida de carácter complementaria.

1.- La celda: "OBSERVACIONES", es considerada como información referencial, en consecuencia, a diferencia de las demás celdas del presente reporte, no se considera declaración jurada.

2.- La empresa operadora deberá incluir los cuadros que desarrollen en detalle la actualización a reportar, por cada teléfono de uso público.

3.- El presente es un formato de carácter referencial. En el formato a remitir al OSIPTEL debe incluir todas las obligaciones relativas a la remisión total de las modificaciones de cada teléfono de uso público en relación con el último mes reportado.

4.- Para los casos de cambio de horario de atención, la empresa deberá solicitar su aprobación 10 días hábiles antes del inicio del periodo anual, sin perjuicio de incorporarlo en sus actualizaciones.

CÓDIGOS DE ACTUALIZACIÓN

Código

Circunstancia

DETALLE A REMITIR OBLIGATORIAMENTE COMO MÍNIMO EN LOS DATOS DE LA ACTUALIZACIÓN

50

Cambio de numeración

Señalar número anterior y número actual, además de los datos generales por cada centro poblado. Si hay cambios en el encargado, señalarlo.

51

Cambio de encargado de atender el servicio

Indicar anterior y el nuevo encargado, además de señalar las coordenadas de la ubicación del servicio, señalar la fecha exacta del cambio de arrendador, fecha desde cuándo se reinicia el servicio.

52

Reubicación del servicio

Indicar todos los datos de su ubicación, incluyendo las coordenadas geográficas, el nombre del encargado de atender el servicio, DNI, fecha de instalación, tipo de tecnología, etc.

53

TUP en periodo de observación

Todos los TUP del Centro Poblado en periodo de observación se señalan por separado. Se presenta número de resolución que autoriza el periodo de observación, fecha de inicio del periodo, situación en la que inicia el periodo de observación (sin/con disponibilidad, sin/con encargado, etc.)

54

TUP en periodo de prueba

Indicar todos los datos de su ubicación, incluyendo las coordenadas geográficas, el nombre del encargado de atender el servicio, DNI, fecha de instalación, tipo de tecnología, etc.

55

Nueva instalación

Indicar todos los datos de su ubicación, incluyendo las coordenadas geográficas, el nombre del encargado de atender el servicio, DNI, fecha de instalación, tipo de tecnología, etc.

56

Traslado de TUP a otro Centro Poblado

Sólo para casos en donde exista autorización expresa. Indicar la fecha de traslado y el documento que autoriza el traslado. Adjuntar documento escaneado.

57

Mantenimiento preventivo

Sólo indicar fecha de inicio y fin del mantenimiento.

58

Mantenimiento correctivo

Sólo indicar fecha de inicio y fin, asimismo si es el caso, indicar el reporte que se está atendiendo

59

Baja de TUP

Incluir la fecha exacta de baja de TUP.

60

Servicio de telefonía de uso público retirado del CCPP

Sólo para casos en donde exista autorización expresa, la cual hay que adjuntarla, además, incluir fecha exacta de retiro.

61

Cambio de tecnología

Incluir todas las situaciones que impliquen la renovación tecnológica, incluyendo las características técnicas.

62

Otros

Todas las demás situaciones que impliquen un cambio en el servicio, por cada teléfono de uso público.

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