Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Cusco
ORDENANZA REGIONAL
Nº 176-2020-CR/GR CUSCO
El Consejo Regional de Cusco del Gobierno Regional de Cusco, en la Vigésima Primera Sesión Extraordinaria - Periodo Legislativo 2020, de fecha once de septiembre del año dos mil veinte, ha analizado, debatido y aprobado la presente Ordenanza Regional; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 191º modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, publicada el 10 de marzo de 2015, reconoce que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomía que es delimitada, por el Artículo 80º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, como el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;
Que, el Artículo 100º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobierno Regionales establece: los Gobiernos Regionales ejercen las competencias exclusivas y compartidas que les asigna la Constitución, la Ley de Bases de la Descentralización y la presente Ley, así como las competencias delegadas que acuerden entre ambos niveles de gobierno. Numeral 1) Competencias exclusivas: Son Competencias Exclusivas, de acuerdo al Artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, las siguientes: Literal c) Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto;
Que, de otro lado la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su Artículo 2º señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y económica en asuntos de su competencia y constituye un pliego presupuestal para su administración económica y financiera; y el Artículo 13º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificada por el Artículo Único de la Ley Nº 29053 establece que, el Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas.(...);
Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, siendo el principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos para la actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país, por tanto de nuestra Región;
Que, con Acuerdo de Consejo Regional Nº 012-2019-CR/GRC-CUSCO de fecha 28 de enero del 2019, se aprueba el Plan de Trabajo de la Gestión 2019-2022 presentado por el Gobernador Regional del Cusco, Econ. Jean Paul Benavente García;
Que, el Acuerdo de Consejo Regional Nº 066-2019-CR/GRC-CUSCO de fecha 08 de abril de 2019, aprueba Declarar en Proceso de Reestructuración y Modernización Administrativa y Financiera al Gobierno Regional del Cusco a fin de actualizar los documentos de gestión articulados a la nueva estructura organizacional, sinceramiento del presupuesto público y la optimización de recursos humanos del Gobierno Regional del Cusco;
Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 425-2019-GR-CUSCI/GR de fecha 31 de julio de 2019, se aprueba la conformación de la Comisión Técnica Multidisciplinaria para la Restructuración Organizacional del Gobierno Regional del Cusco, responsable de actualizar el Reglamento de Organización y Funciones - ROF en el marco de la reestructuración, modernización administrativa y financiera del Gobierno Regional del Cusco;
Que, con dicha finalidad además se conforma los Equipos Técnicos en las Direcciones Regionales Sectoriales que se mencionan: con Resolución Directoral Nº 009- 2019-GR CUSCO-DRVCS del 14 de agosto del 2019 para la actualización del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Gobierno Regional del Cusco; con Resolución Directoral Nº 2133 del 14 de agosto del 2019 para la actualización del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación del Cusco; con Resolución Directoral Nº 01316-2019-DRSC/OGRH del 15 de agosto del 2019, para la actualización del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Salud Cusco; con Resolución Directoral Nº 033-2019-GR CUSCO-DIRCETUR/DR del 16 de agosto del 2019 para la actualización del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo del Gobierno Regional del Cusco; con Resolución Directoral Nº 133-2019-GR CUSCO/GRDE-DIREPRO del 16 de agosto del 2019 para la actualización del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de la Producción del Gobierno Regional del Cusco; con Resolución Directoral Nº 197-2019-GRC-GRDE-DREM-CUSCO del 19 de agosto del 2019 para la actualización del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional del Cusco; con Resolución Directoral Nº 00570-2019-GR-CUSCO-DRTCC del 23 de agosto de 2019 para la actualización del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Cusco del Gobierno Regional del Cusco; con Resolución Directoral Nº 0339-2019-GR CUSCO/GRDE-DIRAGRI del 10 de setiembre del 2019 para la actualización del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Agricultura y Riego del Gobierno Regional del Cusco;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM se aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado” modificado por Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, los cuales tienen por objeto regular los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones a fin de responder a las necesidades públicas en beneficios de la ciudadanía;
Que, a través de Informe Nº 233-2019-GR CUSCO/GRPPAT-SGDI de fecha 14 de noviembre de 2019, emitido, por la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional, dependiente orgánicamente de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se emitió el Informe Técnico por Modificación de la Estructura Orgánica;
Que la Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial mediante los Memorándums: Nº 362-2019-GR CUSCO/GRPPAT, Nº 370-2019-GR CUSCO/GRPPAT, Nº 374-2019-GR CUSCO/GRPPAT y Nº 397-2019-GR CUSCO/GRPPAT, remite las propuestas de actualización del Reglamento de Organización y Funciones, del Gobierno Regional del Cusco modificaciones del Reglamento, con la finalidad de que se evalué y se emita un informe de legalidad;
Que con Informe Nº 435-2019-GR CUSCO/ORAJ de fecha 19 de noviembre de 2019 la Dirección Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusco, emite la opinión legal favorable sobre el Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional del Cusco, documento que han sido elaborado, evaluado, analizado, revisado, propuesto, modificado y actualizado conforme a los parámetros técnicos legales que establecen las normas legales vigentes;
Que, así mismo el Literal 45.3 del Artículo 45º del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado” modificado por Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, dispone que se requiere la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones en los siguientes casos: “(...) b) Los Gobiernos Regionales y sus Organismos Públicos Regionales, por Ordenanza Regional”. Con este fundamento, se remite al Consejo Regional del Cusco, el Proyecto del Reglamento de Organización y Fundones - ROF del Gobierno Regional del Cusco, con la debida fundamentación y sustento exigido por los Artículos 46º y 47º de la referida norma legal, para su tramitación correspondiente;
Que, el Numeral 1) del Artículo 17º del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional Nº 119-2016- CR/GRC.CUSCO, establece como atribución del Consejo Regional de Cusco, entre otras, “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional”;
Que, mediante Oficio Nº 094-2020-GRC/CRC/LAAH/COPPATA-P de fecha 01 de septiembre del año 2020, la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Planificación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración del Consejo Regional de Cusco, Ing. Lizeth Alexandra Auccapure Humpire, remite el Dictamen Nº 028-2020-GRC/CR/COPPATA-P que aprueba el proyecto de Ordenanza Regional formulado por el Gobernador Regional de Cusco Mg. Jean Paul Benavente García que propone entre otros aspectos: “Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional del Cusco”, conteniendo dicho Dictamen: el objetivo, exposición de motivos, antecedentes, sustentación fáctica, sustento legal (marco normativo nacional y marco normativo regional), análisis de las normas nacionales y regionales, dictamen, conclusión final, recomendaciones y formula legal; a tal efecto dicho dictamen ha sido expuesto y sustentado, sometido luego a evaluación, votación y aprobación del Pleno del Consejo Regional de Cusco en la Vigésima Primera Sesión Extraordinaria – Periodo 2020, desarrollada de manera virtual.
Por lo expuesto y estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco del Gobierno Regional de Cusco; con el voto nominal de cada Consejero Regional y con la dispensa del trámite de lectura de acta:
SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Cusco, cuyo texto está conformado por: Cuatro Títulos, Doce Capítulos, Cuatrocientos Cincuenta y Tres Artículos, Quince Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, y un Anexo correspondiente al Organigrama Estructural que forma parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO a partir de la fecha, el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional del Cusco, aprobado por Ordenanza Regional Nº 046-2013-CR/GRC.CUSCO.
Artículo Tercero.- DAR POR CONCLUIDO el proceso de Restructuración, Actualización y Modernización del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional del Cusco, dispuesto por el Acuerdo Regional Nº 066-2019-CR/GRC-CUSCO de fecha 08 de abril de 2019.
Artículo Cuarto.- DISPONER al Ejecutivo del Gobierno Regional del Cusco, la formulación y actualización de las demás herramientas de gestión administrativa de acuerdo a las normas sobre la materia.
Artículo Quinto.- ENCARGAR la publicación de la presente Ordenanza Regional al Ejecutivo del Gobierno Regional del Cusco.
Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Comuníquense al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional del Cusco para su promulgación y publicación.
Dado en la ciudad de Cusco, a los once días del mes de setiembre del año 2020.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
WINDER PASTOR CANAHUIRE VERA
Presidente del Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Cusco, a los 22 días del mes de setiembre del año dos mil veinte.
JEAN PAUL BENAVENTE GARCÍA
Gobernador Regional
1891227-1