Designan Auxiliar Coactivo de la Sub Gerencia de Rentas y Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 0332-2020/MDV-ALC
Ventanilla, 21 de setiembre de 2020
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE VENTANILLA
VISTO:
El Informe Nº 1162-2020/MDV-GAF-SGRH emitido por la subgerencia de Recursos Humanos y el Informe Legal Nº 234-2020/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto a la emisión del documento autoritativo que designe al Auxiliar Coactivo, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 Ley de Reforma Constitucional, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS de fecha 05 de diciembre de 2008, aprueba el Texto Único Ordenando de la Ley Nº 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, indica en el artículo 7º numeral 7.1) que: “La designación del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos.” Asimismo, el numeral 7.2) estipula que: “Tanto el Ejecutor como el Auxiliar ingresarán como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva.”
Que, el artículo 1° de la Ley Nº 27204, Ley que precisa que el cargo de Ejecutor y Auxiliar Coactivo no es cargo de confianza, establece que “el Ejecutor y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, haciéndose necesaria su designación mediante la emisión de una Resolución de Alcaldía que le permita ejercer sus funciones, en los términos señalados en el artículo 7° de la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, por lo que, no implica que dichos cargos sean de confianza”.
Que, el Informe N° 00417-2020-SERVIR/GPGSC de fecha 28.02.2020, menciona que, “en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N°016-2020 (norma con rango de ley), a partir del 24 de enero de 2020, las entidades sujetas al Régimen del Decreto Legislativo N°276, como las Municipalidades; se encuentran prohibidas de incorporar personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N°276, salvo por las excepciones que la norma contempla, entre las que no se encuentra la vinculación de los ejecutores o auxiliares coactivos, por lo que se deberá realizar la contratación a través del régimen especial de contratación administrativa de servicios – Decreto Legislativo N°1057”.
Que, mediante Informe Nº 1162-2020/MDV-GAF-SGRH la Subgerencia de Recursos Humanos señala que se ha procedido a llevar a cabo proceso de selección bajo el régimen CAS (Proceso CAS MDV Nº 001-08-2020), para la contratación de dos (02) auxiliares coactivos, alcanzando cubrir únicamente una de las vacantes convocadas, declarándose desierta la otra. Por lo que, solicita continuar con el trámite correspondiente para la emisión de la Resolución a fin de designar como Auxiliar Coactivo bajo el régimen del DL Nº 1057 a la Abogada Joan Silva Mariñas, con DNI Nº 45715096, la cual permita ejercer sus funciones de conformidad con el artículo 7º del TUO de la Ley Nº 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva,
Que, mediante Informe Legal Nº 234-2020/MDV-GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica brinda OPINIÓN LEGAL FAVORABLE para la emisión de la Resolución de designación de Auxiliar Coactivo, bajo el régimen del DL N° 1057 a la Abogada Joan Silva Mariñas, en atención a lo solicitado por la Subgerencia de Recursos Humanos; toda vez que la misma se encuentra enmarcada acorde a los dispositivos legales vigentes; siendo que dicha designación deberá efectuarse mediante Resolución de Alcaldía;
Estando a lo expuesto, con el visado y conformidad de la Gerencia Municipal, Secretaría General, Subgerencia de Recursos Humanos, en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
RESUELVE:
Artículo 1.- DESIGNAR a partir de la fecha, a la Abogada JOAN SILVA MARIÑAS, identificada con DNI Nº 45715096, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Sub Gerencia de Rentas y Ejecutoría Coactiva de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, bajo el régimen laboral especial regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057 y normas complementarias.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese y comuníquese.
PEDRO SPADARO PHILIPPS
Alcalde
1891044-1