Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 000282/MDSA, que aprobó Beneficios Tributarios y Administrativos denominados “PAGA FÁCIL 2020”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 000013-2020/MDSA
Santa Anita, 30 de setiembre de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SANTA ANITA
VISTO: El Informe Nº 135-2020-SGRCRT/GSAT/MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, Informe Nº 040-2020-/GSAT/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, El Informe Nº 307-2020-GAJ-MDSA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 541-2020-MDSA/GM de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 000282/MDSA aprobada el 16 de marzo de 2020 y publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 01 de abril de 2020, se aprobó los Beneficios Tributarios y Administrativos, denominado “PAGA FÁCIL 2020”, prorrogándose con Decreto de Alcaldía Nº 0000005-2020/MDSA hasta el 31 de mayo de 2020, Decreto de Alcaldía Nº 0000006-2020/MDSA hasta el 30 de junio de 2020, Decreto de Alcaldía Nº 000008-2020/MDSA hasta el 31 de julio de 2020 y Decreto de Alcaldía Nº 000011-2020/MDSA hasta el 30 de setiembre de 2020;
Que, la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 000282/MDSA, faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe las normas reglamentarias respectivas, así como la prórroga de la vigencia de las citada Ordenanza si la gestión operativa de los tributos así lo amerita;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y Decreto Supremo Nº 046-2020-PCM ampliado temporalmente mediante los Decretos Supremos Nº 051-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 075-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM, Nº 094-2020-PCM y precisado o modificado por los Decretos Supremos Nº 045-2020-PCM, Nº 046-2020-PCM, Nº 051-2020-PCM, Nº 053-2020-PCM, Nº 057-2020-PCM, Nº 058-2020-PCM, Nº 061-2020-PCM, Nº 063-2020-PCM, Nº 064-2020-PCM, Nº 068-2020-PCM, Nº 072-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM y Nº 094-2020-PCM, se declaró el Estado de Emergencia Nacional y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19;
Que, el Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM publicado en el diario oficial El Peruano el 26 de junio de 2020, establece las medidas que debe observar la ciudadanía en la Nueva Convivencia Social y prorroga el Estado de Emergencia Nacional, el 28 de Agosto del 2020, mediante Decreto Supremo 027-2020-SA, el Gobierno prorroga por 90 días la emergencia sanitaria, los efectos de esta Pandemia Nacional, ha traído como consecuencia la recesión, desempleo y pobreza en forma generalizada en la población con gran impacto en los vecinos de Santa Anita, razón por la cual es necesario prorrogar los efectos de la Ordenanza Nº 282/MDSA hasta el 31 de Octubre de 2020
Que, según los Informes Nº 135-2020-SGRCRT/GSAT/MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria y el Informe Nº 040-2020 GSAT/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, solicitan que la Ordenanza Nº 000282/MDSA sea prorrogada hasta el 31 de Octubre de 2020;
Que, con Informe Nº 307-2020-GAJ-MDSA la Gerencia de Asesoría Jurídica emite su opinión favorable para la emisión del proyecto de Decreto de Alcaldía, cuyo objeto es la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 000282/MDSA que aprueba el beneficio tributario y administrativo de “Paga Fácil 2020”, hasta el 31 de Octubre de 2020;
Que, mediante Memorándum Nº 541-2020-MDSA/GM la Gerencia Municipal remite los documentos para la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de Octubre de 2020 la vigencia de la Ordenanza Nº 000282/MDSA publicada en el diario oficial El Peruano el 01 de abril de 2020 que aprueba los Beneficios Tributarios y Administrativos denominados “PAGA FÁCIL 2020”.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Subgerencia de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y a la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el diario oficial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita: www.munisantanita.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JOSÉ LUIS NOLE PALOMINO
Alcalde
1891028-1