Autorizan modificación de fecha de reapertura de agencias del Banco BBVA Perú, cuyos cierres temporales fueron autorizados mediante RR.SBS Nos. 2084, 2085 y 2165-2020
RESOLUCIÓN SBS Nº 02184-2020
Lima, 10 de septiembre de 2020
El Intendente General de Banca (a.i.)
VISTA:
Las solicitudes presentadas por el Banco BBVA Perú (en adelante, el Banco) el 1, 2 y 4 de setiembre de 2020 para que esta Superintendencia autorice la modificación de la fecha de reapertura de tres (3) agencias cuyos cierres temporales fueron autorizados mediante Resoluciones SBS Nº 2084-2020 y 2085-2020 del 26 de agosto de 2020 y Nº 2165-2020 del 7 de setiembre de 2020, según se indica en la parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el contexto actual de Estado de emergencia nacional declarado el 15 de marzo de 2020 mediante el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y modificatorias, mediante Oficio Múltiple Nº 19330-2020-SBS del 10 de agosto de 2020 se estableció que los cierres temporales de oficinas por un plazo mayor a cuatro (4) días hábiles requerirán autorización de esta Superintendencia conforme a lo señalado en el “Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos”, aprobado por la Resolución SBS Nº 4797-2015;
Que, con Resolución SBS Nº 2084-2020 del 26 de agosto de 2020, se autorizó el cierre temporal, desde el 21 al 27 de agosto del 2020, de la Agencia denominada “Carabayllo”;
Que, con Resolución SBS Nº 2085-2020 del 26 de agosto de 2020, se autorizó el cierre temporal, desde el 18 al 24 de agosto del 2020, de la Agencia denominada “Real Plaza Juliaca”;
Que, con Resolución SBS Nº 2165-2020 del 7 de setiembre de 2020, se autorizó el cierre temporal, desde el 22 al 28 de agosto del 2020, de la Agencia denominada “Cerro de Pasco”;
Que, el Banco presentó la documentación pertinente que sustenta la solicitud, la que tras la evaluación realizada se ha encontrado conforme;
Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018, la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013 y Memorándum N°284-2020-SABM,;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar, en vías de regularización, la modificación de la fecha de reapertura de tres (3) agencias del Banco BBVA Perú, cuyos cierres temporales fueron autorizados previamente mediante Resoluciones SBS Nº 2084-2020, 2085-2020 y 2165-2020, según el siguiente detalle:
Nombre de Oficina |
Dirección |
Distrito |
Provincia |
Departamento |
Fecha de cierre |
Fecha de reapertura inicial |
Nueva fecha de reapertura |
Agencia Carabayllo |
Avenida Túpac Amaru 3368, Asentamiento Humano Progreso, 2do. Sector |
Carabayllo |
Lima |
Lima |
21.8.2020 |
28.8.2020 |
31.8.2020 |
Agencia Real Plaza Juliaca |
C.C. Real Plaza Juliaca, Jirón San Martín Nº 218 y Jirón Tumbes Nº 499, Urbanización Cercado, Local Comercial Nº LS-02 |
Juliaca |
San Román |
Puno |
18.8.2020 |
25.8.2020 |
2.9.2020 |
Agencia Cerro de Pasco |
Jirón José de San Martín, Edificio 2, Centro Comercial San Juan Pampa |
Yanacocha |
Pasco |
Pasco |
22.8.2020 |
29.8.2020 |
4.9.2020 |
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO JOSE FLORES SALAZAR
Intendente General de Banca (a.i.)
1891058-1