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Aprueban conformación de noventa y cuatro Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para la organización y ejecución de las Elecciones Generales 2021

Aprueban conformación de noventa y cuatro Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para la organización y ejecución de las Elecciones Generales 2021

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000325-2020-JN/ONPE

Lima, 5 de octubre del 2020

VISTOS: el Memorando N° 001946-2020-GOECOR/ONPE de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; el Informe N° 000141-2020-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000141-2020-GG/ONPE de la Gerencia General, así como el Informe N° 000474-2020-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Mediante el Decreto Supremo N° 122-2020-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 9 de julio de 2020, el Presidente de la República convocó a Elecciones Generales a llevarse a cabo el domingo 11 de abril de 2021, para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino;

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es la autoridad máxima en la organización y ejecución del citado proceso electoral. En este contexto, resulta necesario conformar las Oficinas Descentralizas de Procesos Electorales (ODPE) a fin de asegurar la ejecución de las acciones necesarias para el desarrollo de las Elecciones Generales 2021. Y es que las ODPE se encuentran a cargo de dirigir, coordinar, organizar y ejecutar las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales en sus respectivas jurisdicciones;

Al respecto, de conformidad con el artículo 24 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, Las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales se conformarán para cada proceso electoral de acuerdo a las circunscripciones electorales y tipo de distrito electoral que regirá en el proceso en curso. El Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales establecerá el número, ubicación y organización de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, de acuerdo con las circunscripciones electorales que determine el Jurado Nacional de Elecciones;

En concordancia con ello, el artículo 39 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, establece que el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales establece el número, la ubicación y la organización de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. Para este fin, se considera las circunscripciones electorales determinadas conforme a ley;

Sobre esto último, a través de la Resolución N° 0305-2020-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones definió sesenta (60) circunscripciones administrativas y de justicia electoral sobre las que tendrán competencia los Jurados Electorales Especiales para las Elecciones Generales 2021;

En consideración de la normativa vigente y de las circunstancias descritas, mediante el informe de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto propone la conformación de noventa y cuatro (94) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, para llevar a cabo las Elecciones Generales 2021. Asimismo, precisa que para la elaboración de la propuesta en mención se han considerado los criterios técnicos de continuidad espacial, contigüidad, vecindad y accesibilidad geográfica;

Siendo así, corresponde emitir la Resolución Jefatural a través de la cual se aprueba la conformación de noventa y cuatro (94) ODPE que tendrán a cargo las Elecciones Generales 2021;

De conformidad con lo dispuesto por el literal c) y g) del artículo 5 y por el artículo 13 de la Ley N° 26847, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electoral; por los literales f) y s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE, y sus modificatorias;

Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia General, así como de las Gerencias de Organización Electoral y Coordinación Regional, de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la conformación de noventa y cuatro (94) Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para la organización y ejecución de las Elecciones Generales 2021, cuya relación, en anexo, forma parte de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el contenido de la presente resolución y su anexo.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución, y de su anexo, en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS

Jefe

ANEXO A LA RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000325-2020-JN/ONPE

CONFORMACIÓN DE ODPE - ELECCIONES GENERALES 2021

DEPARTA-MENTO

ODPE

NOMBRE ODPE

PROVINCIA

AMAZONAS

01

CHACHAPOYAS

CHACHAPOYAS

RODRIGUEZ DE MENDOZA

02

BONGARA

BONGARA

LUYA

03

BAGUA

BAGUA

CONDORCANQUI

UTCUBAMBA

ANCASH

04

HUARAZ

HUARAZ

CARHUAZ

05

RECUAY

AIJA

RECUAY

06

HUAYLAS

HUAYLAS

YUNGAY

07

BOLOGNESI

BOLOGNESI

OCROS

08

SANTA

CORONGO

CASMA

HUARMEY

PALLASCA

SANTA

09

POMABAMBA

MARISCAL LUZURIAGA

POMABAMBA

SIHUAS

10

HUARI

ANTONIO RAIMONDI

ASUNCION

CARLOS FERMIN FITZCARRALD

HUARI

APURIMAC

11

ABANCAY

ABANCAY

ANTABAMBA

AYMARAES

12

GRAU

COTABAMBAS

GRAU

13

ANDAHUAYLAS

ANDAHUAYLAS

CHINCHEROS

AREQUIPA

14

AREQUIPA 1

AREQUIPA - AREQUIPA

AREQUIPA - CAYMA

AREQUIPA - CERRO COLORADO

AREQUIPA - CHIGUATA

AREQUIPA - MIRAFLORES

AREQUIPA - POCSI

AREQUIPA - SABANDIA

AREQUIPA - SAN JUAN DE TARUCANI

AREQUIPA - YANAHUARA

AREQUIPA - YURA

AREQUIPA - MARIANO MELGAR

AREQUIPA - ALTO SELVA ALEGRE

ISLAY

AREQUIPA

15

AREQUIPA 2

AREQUIPA - CHARACATO

AREQUIPA - LA JOYA

AREQUIPA - MOLLEBAYA

AREQUIPA - PAUCARPATA

AREQUIPA - POLOBAYA

AREQUIPA - QUEQUEÑA

AREQUIPA - SACHACA

AREQUIPA - SAN JUAN DE SIGUAS

AREQUIPA - SANTA ISABEL DE SIGUAS

AREQUIPA - SANTA RITA DE SIHUAS

AREQUIPA - SOCABAYA

AREQUIPA - TIABAYA

AREQUIPA - UCHUMAYO

AREQUIPA - VITOR

AREQUIPA - YARABAMBA

AREQUIPA - JACOBO HUNTER

AREQUIPA - JOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO

CAMANA

CARAVELI

16

CAYLLOMA

CAYLLOMA

17

CASTILLA

CASTILLA

18

LA UNION

CONDESUYOS

LA UNION

AYACUCHO

19

HUAMANGA

HUAMANGA

HUANTA

LA MAR

VILCAS HUAMAN

20

CANGALLO

CANGALLO

HUANCA SANCOS

SUCRE

VICTOR FAJARDO

21

LUCANAS

LUCANAS

22

PARINACOCHAS

PARINACOCHAS

PAUCAR DEL SARA SARA

CAJAMARCA

23

CAJAMARCA

CAJABAMBA

CAJAMARCA

CELENDIN

SAN MARCOS

24

SAN PABLO

CONTUMAZA

SAN MIGUEL

SAN PABLO

25

CHOTA

CHOTA

HUALGAYOC

SANTA CRUZ

26

CUTERVO

CUTERVO

27

JAEN

JAEN

SAN IGNACIO

CALLAO

28

CALLAO

CALLAO

CUSCO

29

CUSCO

ANTA

CUSCO

PARURO

30

QUISPICANCHI

PAUCARTAMBO

QUISPICANCHI

31

URUBAMBA

CALCA

LA CONVENCION

URUBAMBA

32

CANCHIS

ACOMAYO

CANAS

CANCHIS

33

ESPINAR

CHUMBIVILCAS

ESPINAR

HUANCAVELICA

34

HUANCAVELICA

HUANCAVELICA

35

ANGARAES

ACOBAMBA

ANGARAES

36

HUAYTARA

CASTROVIRREYNA

HUAYTARA

37

TAYACAJA

CHURCAMPA

TAYACAJA

HUANUCO

38

HUANUCO

AMBO

HUANUCO

PACHITEA

39

YAROWILCA

LAURICOCHA

YAROWILCA

40

HUAMALIES

DOS DE MAYO

HUACAYBAMBA

HUAMALIES

41

LEONCIO PRADO

LEONCIO PRADO

MARAÑON

42

PUERTO INCA

PUERTO INCA

ICA

43

ICA

CHINCHA

ICA

NASCA

PALPA

PISCO

1890838-1