Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad por el GOREMAD (TUPA 2018) de la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios
(Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de Madre de Dios, mediante Oficio N° 476-2O2O-GOREMAD/GR, recibido el 2 de octubre de 2020)
ORDENANZA REGIONAL
Nº 012-2018-RMDD/CR
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria efectuada el día jueves 15 de noviembre del 2018, en su sede institucional, se aprobó la siguiente Ordenanza Regional.
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales.
Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.
Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 06-2016-RMD/CR, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA-2016), de la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios.
Que, estando a lo expuesto en el Informe Nº 028-2018-GOREMAD-GRPPYAT-SGDIEI/HCG, aclarado con Informe Nº 033-2018- GOREMAD-GRPPYAT-SGDIEI/HCG, de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática es necesario hacer una nueva modificación del TUPA de la Sede Central del GOREMAD en los procedimientos administrativos signados con los números 1 al 4, 6 al 10, 16, 19 al 23, 25 al 27, 30 al 37, 39 y 40, haciendo un total de 28 procedimientos del TUPA 2016, en aplicación de lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1246, cuyo artículo 5 establece la prohibición de exigir a los usuarios o administrados copia de su Documento Nacional de Identidad, entre otros, y del Decreto Legislativo Nº 1272, en cuanto modifica el artículo 40 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, referido a la obligación de solicitar constancia de pago efectuado ante la misma entidad, siendo suficiente señalar por escrito el día del pago y el número de la constancia de pago. Asimismo se adiciona un procedimiento administrativo, signado con el número 41, denominado: Regularización Administrativa de Escrituras Públicas o Actas Protocolares Notariales, en base a la Directiva Nº 006-2008-AGN/DNDAAI, Proceso de Regularización Administrativa de Escrituras Públicas Irregulares que se conservan en al AGN y Archivos Regionales, aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 483-2008-AGN/J.
Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del GOREMAD, luego de efectuar un análisis administrativo y normativo a la propuesta de modificación del TUPA de la Sede Central, mediante Informe Nº 317-2018-GOREMAD-GRPPYAT, concluye que se ajusta a las disposiciones sobre simplificación administrativa contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS y el Decreto Legislativo Nº 1246, y utiliza los formatos de T.U.O. normados por el Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM, el formato de “sustento legal y técnico”, y un cuadro “presentando los procedimientos a modificar, adicionar y sus razones”; por lo que recomienda la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos 2018 (TUPA-2018) de la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios, que consta de cuarentiún (41) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, mediante Ordenanza Regional y previa opinión y visado de las Oficinas Regionales de Administración y Asesoría Jurídica.
Que, la propuesta cuenta con opinión favorable de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Madre de Dios, expresada mediante Informe Legal Nº 675-2018-GOREMAD/ORAJ, que reproduciendo las razones expuestas en los informes técnicos, precisa igualmente que se mantienen los costos pese a la actualización del valor de la UIT para el año 2018, inclusive los fijados por el Archivo Regional para otros trámites administrativos, apreciando también el cumplimiento de los lineamientos establecidos para la elaboración y aprobación del TUPA establecidos por el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM; por lo que estima correcta su modificación y recomienda su aprobación.
Que, mediante Oficio Nº 373-2018-GOREMAD/GR, el Gobernador Regional remite al Despacho del Consejero Delegado, todos los antecedentes de la propuesta modificatoria del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA- 2018) de la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios, contenidos en un fólder, más dos anillados: uno de ellos con los formatos de sustentación legal y técnica y el otro que propiamente contiene el Texto Único de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad por el GOREMAD (TUPA 2018) Sede Central; a fin de que sea aprobada, conforme a las atribuciones del Consejo Regional.
Que, la Comisión de Presupuesto y Fiscalización del Consejo Regional de Madre de Dios, a través del Dictamen Nº 003-2018-GOREMAD/CPYF, considera que la propuesta de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios (TUPA- 2018), que involucra a 28 de los 40 procedimientos administrativos establecidos por el TUPA 2016, al tiempo que incrementa a cuarenta y uno (41) el número de ellos, cumple con los lineamientos y requisitos legales y técnicos, y se enmarca en lo establecido por la normatividad vigente; por lo que ha recomendado que dicha propuesta se eleve al Pleno del Consejo Regional, para su debate y aprobación en la próxima sesión, a fin de emitirse la correspondiente ordenanza regional, debiendo derogarse las normas precedentes que se le opongan.
El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto mayoritario de los Consejeros Regionales presentes.
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
Artículo Primero.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad por el GOREMAD (TUPA 2018) de la Sede Central del Gobierno Regional de Madre de Dios, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.
Artículo Segundo.- DEROGAR, en cuanto se opongan a la presente norma regional, la Ordenanza Regional Nº 06-2016-RMDD/CR y demás disposiciones emitidas en el ámbito administrativo regional de Madre de Dios.
Artículo Tercero.- DISPENSAR, la presente norma regional del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Madre de Dios.
Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre de Dios, para su promulgación.
En la ciudad de Puerto Maldonado, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
YILMER GONZALES KHAN
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
LUIS OTSUKA SALAZAR
Gobernador Regional
1889998-1