Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 005-2020-A/MDSR
Santa Rosa, 14 de setiembre de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SANTA ROSA
VISTO
El Informe Legal Nº 0070-2020-GAJ/MDSR de la Gerencia de Asesoría Jurídica el Informe Nº 0118-2020-GPP/MDSR, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el Memorándum Nº 216-2020-GM/MDSR, de la Gerencia Municipal; Nº 079-2020-GAF/MDSR emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; 0077-2020-GDEGP/MDSR emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico y Gestión Productiva, y;
CONSIDERANDO;
Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, de acuerdo con el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades (...), los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal.
Que, mediante la ordenanza Nº 488-2019-MDSR, que aprueba el TUPA de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, ratificada con Acuerdo de Concejo Nº 031-2019-MML, ambas normas publicadas en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 03 de abril de 2019.
Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 003-2019-A/MDSR, publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 05 de octubre de 2019, se adecuaron los procedimientos de Licencia de Funcionamiento, a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM, que aprueba procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento, así como sus correspondientes tablas ASME-VM.
Que, con fecha 10 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Legislativo Nº 1497- Decreto Legislativo que establece medidas para promover y facilitar condiciones regulatorias que contribuyan a reducir el impacto en la economía peruana por la Emergencia Sanitaria Producida por el Covid – 19, el cual dispone modificaciones a la Ley Nº 28976-Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, que tienen impacto en los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento contenidos en el TUPA vigente de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa.
Que, con el Informe Nº 009-2020/GPP/MDSR, de fecha 31 de julio de 2020, la Gerencia de Planificación y Presupuesto informa sobre a la adecuación del TUPA en relación a los plazos de los Procedimientos Administrativos de las Licencias de Funcionamiento conforme lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1497.
Que, con el informe 0077-2020-GDEGP/MDSR, la Gerencia de Desarrollo Económico, emite la conformidad correspondiente, validándose la información para la adecuación de los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento.
Que, con el informe Nº 079-2020-GAF/MDSR, de la Gerencia de Administración y Finanzas remite estructura de costos de Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento debidamente adecuada al Decreto Legislativo Nº 1497.
Que, en ese contexto, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de las competencias señaladas en la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del TUPA, ha procedido a la elaboración del Proyecto de Decreto de Alcaldía, a través del cual se adecúan los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento contenidos en el TUPA institucional vigente, a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1497- Decreto Legislativo que establece medidas para promover y facilitar condiciones regulatorias que contribuyan a reducir el impacto en la economía peruana por la Emergencia Sanitaria Producida por el Covid – 19. Y mediante la el Informe Legal Nº 0070-2020-GAJ/MDSR, OPIJNA que existen Sustentos Legales para la aprobación del Proyecto de Alcaldía que dispone la adecuación a lo Regulado en el Decreto Legislativo Nº 1497, respecto al Procedimientos Administrativo de licencia de funcionamiento aprobados a través de la Ordenanza Nº 488-2019-MDSR y modificados por el Decreto de Alcaldía Nº 003-2019-A/MDSR. Correspondientes a los Items 04.1.a, 04.1.b, 04.2.a, 04.2.b, 04.3, 04.4.b, 04.5.a y 04.5.b, que son competencia de la Gerencia de Desarrollo Económico y Gestión Productiva.
Que, el artículo 44 numeral 44.5 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía, en el caso de los Gobiernos Locales;
Estando a las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y a lo señalado por el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA;
Artículo Primero.- APROBAR LA MODIFICACIÓN de Procedimientos Administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
Modifíquese los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, aprobados en la Ordenanza Nº 488-2019-MDSR, correspondientes a los ITEMS 04.1.a, 04.1.b, 04.2.a, 04.2.b, 04.3, 04.4.b, 04.5.a y 04.5.b, de competencia de la Gerencia de Desarrollo Económico y Gestión Productiva, conforme se detalla en el Anexo 1 que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Segundo.- Publicidad
El presente Decreto de Alcaldía será publicado en el Diario Oficial El Peruano.
Asimismo, el presente Decreto de Alcaldía y el Anexo que contiene los procedimientos administrativos modificados, serán publicados en el Portal del Diario Oficial El Peruano y serán difundidos, adicionalmente, a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa (www.munisantarosa_lima.gob.pe).
Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía, y las partes que lo integran, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en la forma descrita en el artículo precedente.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ALAN CARRASCO BOBADILLA
Alcalde
1889494-1