Autorizan a Mitsui Auto Finance Perú S.A., el cierre temporal de dos oficinas especiales ubicadas en los departamentos de Arequipa y Cajamarca
RESOLUCIÓN SBS Nº 02353-2020
Lima, 25 de septiembre de 2020
La Intendente General de Banca
VISTA:
La solicitud presentada por Mitsui Auto Finance Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de dos (02) oficinas especiales, según se indica en la parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el contexto actual de Estado de Emergencia Nacional declarado el 15 de marzo de 2020 mediante el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y modificatorias, mediante Oficio Múltiple Nº 19330-2020-SBS del 10 de agosto de 2020 se estableció que los cierres temporales de oficinas por un plazo mayor a cuatro (04) días hábiles requerirán autorización de esta Superintendencia, y mediante Oficio Múltiple Nº 22226-2020-SBS del 01 setiembre de 2020 se precisó que los cierres temporales de oficinas por fuerza mayor, por un plazo mayor a catorce (14) días hábiles requirirán autorización de esta Superintendencia;
Que, la entidad señala que las dos (02) oficinas especiales, materia de su solicitud, se ubican dentro de concesionarios de terceros, los cuales se encuentran cerrados por motivo del aislamiento social obligatorio (cuarentena) focalizado, decretado por el Gobierno Central el 12 de agosto de 2020 mediante el Decreto Supremo Nº 139-2020-PCM y sus modificatorias;
Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud;
Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a Mitsui Auto Finance Perú S.A., en vías de regularización, el cierre temporal de dos (02) oficinas especiales dado que estas se ubican dentro de concesionarios de terceros, los cuales se encuentran cerrados por motivos de la cuarentena focalizada decretada por el Gobierno Central mediante Decreto Supremo Nº 139-2020-PCM y sus modificatorias; hasta cuando se decrete el levantamiento de dicha cuarentena, según el siguiente detalle:
Oficina Especial |
Dirección |
Distrito |
Provincia |
Departa- mento |
Mitsui Automotriz |
Calle Villa Hermosa Nº 1151 |
Cerro Colorado |
Arequipa |
Arequipa |
Cajamarca |
Av. Pakamuros 1797 |
Jaén |
Jaén |
Cajamarca |
Artículo Segundo.- Mitsui Auto Finance Perú S.A. debe comunicar a esta Superintendencia el inicio de operaciones de cada una de las oficinas especiales consideradas en el artículo primero, al siguiente día hábil de su apertura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA TERESA SALAS CORTES
Intendente General de Banca
1888692-1