Decreto Supremo que aprueba la actualización de la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú
DECRETO SUPREMO
Nº 159-2020-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 004-2018-MC, Decreto Supremo que crea el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, dicho Proyecto Especial tiene como objeto formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú y, ejecutar, articular y dar seguimiento a las acciones requeridas para dicha conmemoración, con alto valor simbólico para el ejercicio de una ciudadanía democrática y de fortalecimiento de la identidad nacional;
Que, de acuerdo al artículo 2 del Decreto Supremo Nº 009-2018-MC, Decreto Supremo que aprueba la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, por su naturaleza dinámica, dicha Agenda puede ser actualizada mediante Decreto Supremo, previa aprobación del Consejo de Ministros;
Que, en la actualidad, el Proyecto Especial se encuentra adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, en virtud al Decreto Supremo Nº 091-2019-PCM, que aprueba el cambio de dependencia del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú del Ministerio de Cultura a la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, en el marco de lo dispuesto por el literal d) del artículo 9 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, aprobado por Resolución Ministerial Nº 018-2020-PCM, la Dirección Ejecutiva del Proyecto ha formulado la propuesta de actualización de la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, con la finalidad de modificar principalmente sus componentes de acción, así como incluir nuevas iniciativas y proyectos de inversión pública propuestos por distintos sectores del Poder Ejecutivo, considerando además la Declaratoria de Emergencia Sanitaria Nacional dispuesta por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, y prorrogada con los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA y Nº 027-2020-SA; y, la Reanudación de Actividades en el país que incluye la aprobación de las Fases 1, 2, 3 y 4, establecidas en los Decretos Supremos Nº 080-2020-PCM, Nº 101-2020-PCM, Nº 110-2020-PCM, Nº 117-2020-PCM y Nº 157-2020-PCM;
Que, atendiendo a lo indicado, resulta necesario actualizar la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú;
De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Supremo Nº 009-2018-MC, Decreto Supremo que aprueba la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1. Actualización de la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú
Apruébase la actualización de la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 009-2018-MC, la misma que como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2. Financiamiento
La implementación de lo establecido en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 3. Publicación
El presente Decreto Supremo y su Anexo son publicados en el portal del Estado peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 4. Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de octubre del año dos mil veinte.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
WALTER MARTOS RUIZ
Presidente del Consejo de Ministros
1889799-1