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Aprueban desagregación de recursos aprobados en el D.S. N° 290-2020-EF que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2020 para financiar el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) en el Año Fiscal 2020

Aprueban desagregación de recursos aprobados en el D.S. N° 290-2020-EF, que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2020, para financiar el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) en el Año Fiscal 2020

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 897-2020-IN

Lima, 1 de octubre de 2020

VISTOS, el Informe N° 000531-2020/IN/OGPP/OP de la Oficina de Presupuesto; el Memorando N° 001140-2020/IN/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 001395-2020/IN/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto de Urgencia N° 014-2019, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, incluyéndose en el mismo los recursos presupuestarios del Pliego 007: Ministerio del interior; asimismo a través de la Resolución Ministerial N° 2051-2019-IN se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 007: Ministerio del Interior, por la suma de S/ 10 417 755 340,00 (DIEZ MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento;

Que, el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, autoriza, durante el Año Fiscal 2020, al Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, las que se aprueban mediante decreto supremo a propuesta del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, según corresponda, y utilizando el procedimiento establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440; estableciendo que dichos recursos se destinan, únicamente, para financiar las transferencias financieras que los mencionados pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial para ser destinados exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de las mismas. Dichos recursos no pueden utilizarse para fines distintos a los establecidos en la mencionada disposición, indicando además que las referidas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular, del Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, según corresponda, y se publican en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 290-2020-EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 207 130 785,00 (DOSCIENTOS SIETE MILLONES CIENTO TREINTA MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio del Interior y del Ministerio de Defensa, del cual corresponde destinar al Pliego 007: Ministerio del Interior la suma de S/ 127 785 266,00 (CIENTO VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para financiar el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) en el Año Fiscal 2020, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 290-2020-EF, establece que “Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia de la presente norma. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público”; asimismo, el numeral 3.1 del artículo 3 dispone que “Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de la presente norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos”; del mismo modo, el numeral 3.2 del citado artículo 3 señala que “El Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa son responsables de la verificación y seguimiento del cumplimiento de la finalidad de los recursos transferidos, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020”;

Que, a través del Informe N° 000531-2020/IN/OGPP/OP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior, en atención a lo establecido en el Decreto Supremo N° 290-2020-EF y en el ámbito de su competencia, propone la Resolución Ministerial que aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas hasta por la suma de S/ 127 785 266,00 (CIENTO VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor de la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Pliego 007: Ministerio del Interior, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP); y autoriza a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Pliego 007: Ministerio del Interior, a realizar la transferencia financiera de recursos a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) por el mismo importe, para ser destinados exclusivamente al financiamiento de dicho concepto de gasto en el presente ejercicio fiscal;

Que, la propuesta señalada en el considerando precedente ha sido validada por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto con Memorando N° 001140-2020/IN/OGPP, que remite adjunto el citado Informe N° 000531-2020/IN/OGPP/OP de la Oficina de Presupuesto, y cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior emitida mediante el Informe N° 001395-2020/IN/OGAJ;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 290-2020-EF, que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, a favor del Ministerio del Interior y del Ministerio de Defensa; y la Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Desagregación de Recursos

Apruébese la desagregación de los recursos aprobados en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 290-2020-EF, que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2020, que incluye al Pliego 007: Ministerio del Interior, hasta por la suma de S/ 127 785 266,00 (CIENTO VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para financiar el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) en el Año Fiscal 2020, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle:

EGRESOS EN SOLES

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 007 : Ministerio del Interior

UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina General de Administración

CATEGORÍA

PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos

PRODUCTO 3999999 : Sin Producto

ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.5 Otros Gastos 127,785,266.00

TOTAL UNIDAD EJECUTORA 001: OFICINA

GENERAL DE ADMINISTRACIÓN : 127,785,266.00

TOTAL PLIEGO 007:MINISTERIO DEL INTERIOR : 127,785.266.00

Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria

La Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, instruye a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Pliego 007: Ministerio del Interior para que elabore las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria”, que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 3.- Transferencia Financiera de Recursos a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial

Autorízase a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración del Pliego 007: Ministerio del Interior, a realizar la transferencia financiera de recursos a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) por la suma de S/ 127 785 266,00 (CIENTO VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para ser destinados exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales en el Año Fiscal 2020.

Artículo 4.- Limitaciones al Uso de los Recursos

Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente, no deben ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Publicación

Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter).

Artículo 6.- Remisión

Copia de la presente Resolución se remite, dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR AUGUSTO GENTILLE VARGAS

Ministro del Interio

1889594-3