Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para ser destinado a efectuar entregas económicas a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención de la COVID-19

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para ser destinado a efectuar entregas económicas a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención de la COVID-19

universidad nacional de tumbes

RESOLUCIóN Nº 235-2020/UNTUMBES-R.

Tumbes, 23 de setiembre de 2020.

VISTO: El expediente Nº 1323, del 10 de setiembre del año en curso, sobre el Informe Nº 0425-2020/UNTUMBES-OPEP-UPTO, atendiendo a lo solicitado, el jefe de la Oficina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, eleva, para la emisión de la resolución correspondiente; y

CONSIDERANDO:

Que, en relación con lo señalado en la referencia, se precisa lo siguiente:

Que, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha elevado la alerta por el COVID-19 a “nivel muy alto” en todo el mundo tras los casos de brote que se han detectado en más de ciento veinte (120) países, declarando dicho brote como una emergencia de salud pública de relevancia internacional (PHEIC, por sus siglas en inglés) debido al potencial riesgo de propagación del virus originado en China hacia otros países y desde el 11 de marzo de 2020, la caracterizó como una pandemia por su rápida expansión a nivel global;

Que, el Decreto de Urgencia Nº 063-2020 que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del poder ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del covid-19;

Que, el artículo 1 de citado Decreto de Urgencia, establece como objeto reducir de manera temporal, por un periodo de tres (03) meses, la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de los funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, destinando los ahorros derivados de dicha reducción a contribuir con el financiamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID-19);

Que, dentro del ámbito de aplicación del presente Decreto de Urgencia en su Artículo 2, están incluidas las autoridades de más alto nivel de la UNTUMBES, como son Rector, Vicerrector Académico y Vicerrector de Investigación;

Que, el artículo 3º del aludido Decreto de Urgencia autoriza la reducción de los ingresos mensuales provenientes de su cargo del personal antes referido, durante los meses de junio, julio y agosto de 2020, en un 10% del ingreso mensual para el monto mayor o igual a 15,000 (Quince mil y 00/100 soles), y menor a 20,000 (Veinte mil y 00/100 soles) - Reducción del 15% del ingreso mensual por el exceso del monto mayor o igual a 20,000 (Veinte mil y 00/100 soles), para quienes su ingreso mensual es mayor o igual a 20,000 (Veinte mil y 00/100 soles), la reducción de su ingreso mensual se realiza aplicando el porcentaje respectivo a cada tramo, y la reducción total es la suma de los resultados parciales de los dos tramos;

Que, el numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto de Urgencia en mención autoriza a las entidades del Poder Ejecutivo a realizar transferencias financieras a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, precisando que dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, previa opinión favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publique en el diario oficial El Peruano;

Que médiate INFORME Nº 0425-2020/UNTUMBES-OPEP-UPTO, de fecha 10 de setiembre de 2020, el Jefe de la Unidad de Presupuesto, informa que se cuenta con disponibilidad para realizar la transferencia a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a fin de que se cumpla con el objeto de contribuir con el financiamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID-19), establecido en el Decreto de Urgencia Nº 063-2020;

Que en razón de lo anterior y teniendo en cuenta que el indicado presupuesto ha sido debidamente concordado para el cumplimiento de lo establecido con el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, por lo que es conveniente disponer su aprobación, en los términos que se consignan en la parte resolutiva;

Estando a lo propuesto por el jefe de la Oficina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, y en uso de las atribuciones que son inherentes al señor Rector;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Unidad Ejecutora del Pliego 535: Universidad Nacional de Tumbes, a realizar una transferencia financiera de recursos a favor del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por el importe de VEINTIDOS MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 22 500,00) en conformidad con el detalle que se consigna en el Anexo debidamente refrendado, el cual se adjunta y forma parte de la presente Resolución, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia 063-2020, para ser destinados al financiamiento de la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19.

Artículo 2º.- ENCOMENDAR a la Unidad de Recursos Humanos, a la Dirección General de Administración y a la Oficina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto el cumplimiento de las acciones que son de sus respectivas competencias.

Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en El Portal de Transparencia del Instituto Nacional de Salud.

Artículo 4º.- COMUNICAR presente Resolución a todas las áreas competentes, para conocimiento y fines.

Dada en Tumbes, a los veintitrés días de septiembre de dos mil veinte.

Regístrase y comuníquese.

CARLOS ALBERTO CANEPA LA COTERA

Rector

1889292-1