Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas Carga y Mercancías en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas,
Carga y Mercancías en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2020

decreto supremo

N° 295-2020-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 24.1 del artículo 24 del Decreto de Urgencia N° 039-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia presupuestaria que contribuyan a la ejecución del gasto público en los años fiscales 2019 y 2020, y aprueban otras medidas, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el Año Fiscal 2020, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 30 000 000,00 (TREINTA MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), para garantizar la continuidad del “Plan 20”, “Plan de Modernización”, entre otras actividades vinculadas al transporte de personas, cargas y mercancías; y, en el numeral 24.2, dispone que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último; para tal fin, se exceptúa al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de lo dispuesto por el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

Que, mediante Oficio N° 897-2020-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, a favor de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), hasta por la suma de S/ 8 360 484,00 (OCHO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), para financiar la continuidad del “Plan 20”, “Plan de Modernización” y otras actividades vinculadas al transporte de personas, carga y mercancías, en el marco de lo dispuesto en los numerales 24.1 y 24.2 del artículo 24 del Decreto de Urgencia N° 039-2019; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 278-2020-MTC/09.03 de la Oficina de Presupuesto del citado Ministerio, complementado con el Informe N° D000016-2020-SUTRAN-UP de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la SUTRAN, adjunto al Oficio N° D000024-2020-SUTRAN-OPP, con los respectivos sustentos;

Que, mediante Memorando N° 1034-2020-EF/53.04, que adjunta el Informe
N° 0989-2020-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, informa el costo estimado para financiar la continuidad del contrato de 1807 servidores bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) para el periodo de setiembre a diciembre de 2020, solicitado por el citado Ministerio, correspondientes al “Plan 20”, “Plan de Modernización”, y otras actividades de transporte;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de
S/ 8 360 484,00 (OCHO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en los numerales 24.1 y 24.2 del artículo 24 del Decreto de Urgencia N° 039-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia presupuestaria que contribuyan a la ejecución del gasto público en los años fiscales 2019 y 2020, y aprueban otras medidas;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto

Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 8 360 484,00 (OCHO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), para financiar la continuidad del “Plan 20”, “Plan de Modernización” y otras actividades vinculadas al transporte de personas, carga y mercancías, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO036 : Ministerio de Transportes y

Comunicaciones

UNIDAD EJECUTORA 010 : Provías Descentralizado

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0138 : Reducción del costo, tiempo e

inseguridad en el sistema de transporte

PRODUCTO 3000132 : Camino departamental con

mantenimiento vial

ACTIVIDAD 5001433 : Conservación por niveles de servicio de la

red pavimentada y no pavimentada

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y servicios 8 360 484,00

===========

TOTAL EGRESOS 8 360 484,00

===========

A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 202 : Superintendencia de Transporte Terrestre

de Personas, Carga y Mercancías -

SUTRAN

UNIDAD EJECUTORA 001 : Gestión y Administración General

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0138 : Reducción del costo, tiempo e

inseguridad en el sistema de transporte

PRODUCTO 3000478 : Servicios de transporte terrestre y

complementarios fiscalizados

ACTIVIDAD 5003418 : Fiscalización al servicio de transporte

terrestre de personas

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 5 282 577,00

------------------

PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes

ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 747 206,00

----------------

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales

ACTIVIDAD 5000003 : Gestión administrativa

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 2 330 701,00

------------------

  ===========

  TOTAL EGRESOS 8 360 484,00

  ===========

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1. El Titular del pliego habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de la presente norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre del año dos mil veinte.

MARTIN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI

Ministra de Economía y Finanzas

CARLOS ESTREMADOYRO MORY

Ministro de Transportes y Comunicaciones

1889435-1