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Modifican la R.M. N° 010-2020-MIDIS sobre delegación de facultades y atribuciones en el/la Secretario/a General y el/la Viceministro/a de Prestaciones Sociales del MIDIS durante el año 2020

Modifican la R.M. N° 010-2020-MIDIS, sobre delegación de facultades y atribuciones en el/la Secretario/a General y el/la Viceministro/a de Prestaciones Sociales del MIDIS, durante el año 2020

Resolución Ministerial

Nº 157-2020-MIDIS

Lima, 30 de septiembre de 2020.

VISTOS:

El Memorando Nº 0440-2020-MIDIS/SG, emitido por la Secretaría General; y, el Informe N° 304-2020-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, se determina el ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica de tal Ministerio; señalándose en el literal e) del artículo 12 que la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social ejerce las funciones que le asigna la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función;

Que, al respecto, el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 010-2020-MIDIS, de fecha 6 de enero de 2020, se delega, en el/la Secretario/a General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, durante el año 2020, la facultad de suscribir y remitir todos los documentos que resulten necesarios para solicitar la autorización previa o efectuar el reporte posterior de publicidad estatal de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, incluyendo formatos, oficios, anexos, entre otros de similar naturaleza, en el marco del Reglamento de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución N° 0078-2018-JNE;

Que, asimismo, mediante la anotada Resolución Ministerial, se delega, en el/la Viceministro/a de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, durante el año 2020, la facultad de suscribir y remitir todos los documentos que resulten necesarios para solicitar la autorización previa o efectuar el reporte posterior de publicidad estatal de los Programas Nacionales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, incluyendo formatos, oficios, anexos, entre otros de similar naturaleza, en el marco del Reglamento de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución N° 0078-2018-JNE;

Que, mediante Resolución N° 0306-2020-JNE del Jurado Nacional de Elecciones se aprueba el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Período Electoral con el objeto de establecer las disposiciones reglamentarias destinadas al control y sanción de la difusión de propaganda electoral y publicidad estatal, así como a la regulación de las actividades relativas al deber de neutralidad, durante el periodo electoral, dejando sin efecto la Resolución Nº 0078-2018-JNE, de fecha 7 de febrero de 2018;

Que, de acuerdo a los artículos 23 y 24 del Reglamento de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución Nº 0306-2020-JNE, para el otorgamiento de la autorización previa y reporte posterior de publicidad estatal en periodo electoral, el titular del pliego correspondiente o a quien este faculte debe presentar al Jurado Electoral Especial el formato de solicitud o reporte posterior respectivo;

Que, a través del Memorando Nº 0440-2020-MIDIS/SG, la Secretaría General propone la modificación de la Resolución Ministerial N° 010-2020-MIDIS a fin que se adecuen las delegaciones de facultades y atribuciones a la nueva normativa emitida por el Jurado Nacional de Elecciones;

Con el visado de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, de la Resolución Ministerial N° 094-2020-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el literal e) del numeral 1.2 del artículo 1 y el literal c) del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 010-2020-MIDIS, en los siguientes términos:

“Artículo 1.- Delegar en el/la Secretario/a General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, durante el año 2020, las facultades y atribuciones siguientes:

(…)

1.2. En materia administrativa y de gestión:

(…)

e) Suscribir y remitir todos los documentos que resulten necesarios para solicitar la autorización previa o efectuar el reporte posterior de publicidad estatal de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, incluyendo formatos, oficios, anexos, entre otros de similar naturaleza, en el marco del Reglamento de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución N° 0306-2020-JNE.

(…)

Artículo 2.- Delegar en el/la Viceministro/a de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, durante el año 2020, las facultades y atribuciones siguientes:

En materia administrativa y de gestión:

(…)

c) Suscribir y remitir todos los documentos que resulten necesarios para solicitar la autorización previa o efectuar el reporte posterior de publicidad estatal de los Programas Nacionales adscritos al Ministerio de Desarrollo e lnclusión Social, incluyendo formatos, oficios, anexos, entre otros de similar naturaleza, en el marco del Reglamento de Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado por Resolución N° 0306-2020-JNE.”

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA ELIZABETH DONAYRE PASQUEL

Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

1889267-1