Domingo, 24 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de San Ignacio departamento de Cajamarca

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de San Ignacio, departamento de Cajamarca

Resolución Nº 0313-2020-JNE

Expediente Nº JNE.2020029713

SAN IGNACIO - CAJAMARCA

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO

PROCLAMADO

Lima, veintidós de setiembre de dos mil veinte.

VISTO el Oficio Nº 005-2020-MPSI/SG/OLN, recibido con fecha 14 de setiembre de 2020, a través del cual Oberty Landívar Núñez, secretario general de la Municipalidad Provincial de San Ignacio, departamento de Cajamarca, solicita la convocatoria de candidato no proclamado debido a la declaratoria de vacancia de Nerio Ubaldo Effio Núñez, regidor de la citada comuna, por la causal de muerte, prevista en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

ANTECEDENTES

Mediante el Oficio Nº 005-2020-MPSI/SG/OLN, recibido con fecha 14 de setiembre de 2020, Oberty Landívar Núñez, secretario general de la Municipalidad Provincial de San Ignacio, departamento de Cajamarca, remitió los actuados del expediente administrativo de vacancia tramitado a raíz del fallecimiento de Nerio Ubaldo Effio Núñez, regidor de la citada comuna, por la causal de muerte, prevista en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), a fin de que se convoque al suplente respectivo, tal como lo establece el artículo 24 de la LOM.

La referida solicitud de acreditación para convocar a la nueva autoridad se sustenta en la declaratoria de vacancia aprobada por el Concejo Provincial de San Ignacio mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 100-2020-MPSI, del 9 de setiembre de 2020. Asimismo, al citado pedido, se adjunta el Certificado de Defunción General, de fecha 20 de agosto de 2020, al igual que el comprobante de pago de la tasa electoral respectiva.

CONSIDERANDOS

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 9, numeral 10, concordante con el artículo 23 de la LOM, el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.

2. Por ello, mediante la Resolución Nº 539-2013-JNE, de fecha 6 de junio de 2013, se consideró que no solo resultaría contrario a los principios de economía, celeridad procesal y de verdad material, sino atentatorio contra la propia gobernabilidad de las entidades municipales que, en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud de la causal de fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte quede consentido y, recién en ese escenario, el Jurado Nacional de Elecciones pueda convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos.

3. En ese sentido, estando acreditada la causal de vacancia contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM, mediante el Certificado de Defunción General, de fecha 20 de agosto de 2020, y habiendo sido declarada la vacancia, tal como consta en el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 100-2020-MPSI, del 9 de setiembre de 2020, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a Nerio Ubaldo Effio Núñez, regidor de la citada comuna, y convocar al suplente, de conformidad con el artículo 24 de la LOM.

4. Por consiguiente, corresponde convocar a María Martha Ocaña Melendres, identificada con DNI Nº 27848343, candidata no proclamada de la organización política Cajamarca Siempre Verde, por ser la que sigue en la lista conforme al orden de cómputo de sufragio, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de San Ignacio, a fin de completar el número de integrantes del referido concejo por el periodo de gobierno municipal 2019-2022.

5. Cabe señalar que dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas, de fecha 8 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Jaén, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018.

6. Finalmente, se precisa que la notificación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario oficial El Peruano.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Nerio Ubaldo Effio Núñez como regidor del Concejo Provincial de San Ignacio, departamento de Cajamarca, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por la causal de muerte, establecida en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a María Martha Ocaña Melendres, identificada con DNI Nº 27848343, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de San Ignacio, departamento de Cajamarca, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la faculte como tal.

Artículo Tercero.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE; asimismo, cabe señalar que, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones <www.jne.gob.pe>.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TICONA POSTIGO

ARCE CÓRDOVA

SANJINEZ SALAZAR

RODRÍGUEZ VÉLEZ

Concha Moscoso

Secretaria General

1888909-1