Domingo, 24 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020

Decreto Supremo

N° 292 -2020-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el literal b) del numeral 57.1 del artículo 57 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el Año Fiscal 2020, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de los Gobiernos Locales, hasta por la suma de S/ 210 774 304,00 (DOSCIENTOS DIEZ MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUATRO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el fortalecimiento de las capacidades de gestión vial, el mantenimiento, ejecución y consultoría de obra de infraestructura vial en el marco del Programa de Inversión de Código PROG-23-2012-SNIP- Gestión del Programa y Otros: Programa de Apoyo al Transporte Subnacional – PATS; las que se aprueban, previa suscripción del convenio, hasta el 30 de septiembre de 2020, de acuerdo a lo señalado en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 101-2020; y, el numeral 57.2 del citado artículo, establece que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último;

Que, mediante Oficio N° 1257-2020-MTC/04 el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de treinta y cuatro (34) Gobiernos Locales, para el financiamiento de intervenciones para el fortalecimiento de las capacidades de gestión vial, el mantenimiento, ejecución y consultoría de obra de infraestructura vial, en el marco del Programa de Inversión de Código PROG-23-2012-SNIP- Gestión del Programa y Otros: Programa de Apoyo al Transporte Subnacional - PATS; adjuntando, para dicho efecto, los lnformes N°s 394-2020-MTC/09.03 y 036-2020-MTC/21.PATS de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio y del Coordinador General del Programa de Apoyo al Transporte Subnacional (PATS) de Provías Descentralizado, respectivamente, este último adjunto al Oficio N° 534-2020-MTC/09, con los sustentos correspondientes; así como el detalle de los convenios previamente suscritos con los Gobiernos Locales antes señalados, de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 57.1 del artículo 57 del Decreto de Urgencia N° 014-2019;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de
S/ 35 847 840,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de diversos Gobiernos Locales, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Decreto de Urgencia
N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 101-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas complementarias en materia económica y financiera para que las municipalidades provinciales implementen sistemas de transporte sostenible no motorizado y dicta otras medidas;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto

1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 35 847 840,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), a favor de treinta y cuatro (34) Gobiernos Locales, para financiar treinta y cuatro (34) intervenciones para el fortalecimiento de las capacidades de gestión vial, el mantenimiento, ejecución y consultoría de obra de infraestructura vial, en el marco del Programa de Inversión de Código PROG-23-2012-SNIP- Gestión del Programa y Otros: Programa de Apoyo al Transportes Subnacional – PATS, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones

UNIDAD EJECUTORA 010 : Provias Descentralizado

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte.

PROYECTO 2340601 : Gestión del Programa y Otros; Programa de Apoyo al Transporte Subnacional – PATS

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 35 847 840,00

===========

TOTAL EGRESOS 35 847 840,00

===========

A LA: En Soles

SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas

PLIEGO : Gobiernos Locales

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e Inseguridad en el Sistema de Transporte

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de Activos No Financieros 35 847 840,00

===========

TOTAL EGRESOS 5 847 840,00

===========

1.2. El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1. del presente artículo, se encuentran en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales para el financiamiento de intervenciones para el fortalecimiento de las capacidades de gestión vial, el mantenimiento, ejecución y consultoría de obra de infraestructura vial”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1. El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2. La Oficina de Presupuesto o la que ha a sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Verificación y Seguimiento

El pliego habilitador es responsable de realizar la verificación y el seguimiento del avance físico y financiero de los recursos y del cumplimiento de las acciones contenidas en los convenios a los que hace referencia el literal b) del numeral 57.1 del artículo 57 del Decreto de Urgencia N° 014-2019.

Artículo 5. Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transporte y Comunicaciones

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre del año dos mil veinte.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI

Ministra de Economía y Finanzas

CARLOS ESTREMADOYRO MORY

Ministro de Transportes y Comunicaciones

1889418-1