Modifican cronograma de actividades para continuar proceso de nombramiento de profesionales y de técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud - CLAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 787-2020/MINSA
Lima, 28 de setiembre de 2020
VISTO; el Expediente Nº 20-020998-003 que contienen la Nota Informativa Nº 253-2020-OGGRH-OARH-EPP/MINSA y el Informe Nº 163-2020-EPP-OARH-OGGRH/MINSA, emitido por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30957, se autorizó el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identificados en el marco de la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2018;
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 016-2020 se dispusieron medidas en materia de los recursos humanos del Sector Público, estableciéndose en el numeral 14.1 del artículo 14, la autorización al Ministerio de Salud, sus organismos públicos, los gobiernos regionales y las comunidades locales de administración en salud (CLAS), para llevar a cabo la continuación del proceso de nombramiento de hasta el cuarenta por ciento (40%) durante el año 2020, de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud, que resultaron aptos durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957, Ley que autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identificados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley Nº 30693, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2018 y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud para el mencionado nombramiento;
Que, el numeral 14.3 del artículo 14 del Decreto de Urgencia Nº 016-2020 señala que, para el proceso de nombramiento es requisito que las plazas o puestos a ocupar se encuentren aprobados en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) o en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), y en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), según corresponda. Asimismo, que las plazas o puestos a ocupar se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, y cuenten con la respectiva certificación del crédito presupuestario;
Que, de acuerdo al numeral 16.6 del artículo 16 del Decreto Supremo Nº 025-2019-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30957, son funciones de la Comisión Central de Nombramiento del Ministerio de Salud, entre otras, sistematizar el resultado final de manera nominativa, así como la información del personal de la salud a ser nombrado por unidad ejecutora y pliego presupuestal;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 280-2020-MINSA de fecha 11 de mayo de 2020, se aprueba la relación nominal del total del personal que resultó apto durante el proceso iniciado en el año 2019, en el marco de la Ley Nº 30957, y cumplieron con las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud, conforme al numeral 14.2 del artículo 14 del Decreto de Urgencia Nº 016-2020; que considera a su vez el cuarenta por ciento (40%) del personal de la salud que corresponde nombrarse en el presente ejercicio; asimismo, se aprueba el cronograma de actividades para llevar a cabo la continuación del proceso de nombramiento;
Que, mediante el documento de Visto, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos sustenta la necesidad de modificar el cronograma aprobado por el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 280-2020-MINSA, a fin de ampliar los plazos previstos en éste, lo que permite cumplir eficientemente con la continuación del proceso de nombramiento en el presente ejercicio fiscal;
Que, por lo expuesto, se estima pertinente aprobar la modificación propuesta al Cronograma de actividades, para llevar a cabo la continuación del proceso de nombramiento de hasta el cuarenta por ciento (40%), durante el año 2020, de los profesiones de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y de la unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud-CLAS, que resultaron aptos durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto de Urgencia Nº 016-2020, aprobado mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 280-2020/MINSA;
Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Dirección General de Personal de la Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y el Decreto de Urgencia Nº 016-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia de los Recursos Humanos del Sector Público;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el cronograma de actividades, para llevar a cabo la continuación del proceso de nombramiento de hasta el cuarenta por ciento (40%) durante el ejercicio fiscal 2020, de los profesionales de la salud, y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud – CLAS, que resultaron aptos durante el proceso iniciado en el año 2019 en el marco de la Ley Nº 30957, aprobado por el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 280-2020/MINSA, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo, en el portal institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe); así como, también en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PILAR ELENA MAZZETTI SOLER
Ministra de Salud
1888948-1