Aprueban “Guía para la evaluación de los efectos probables frente al impacto del peligro originado por fenómenos naturales”
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 080-2020-CENEPRED/J
Lima, 22 de septiembre de 2020
VISTO:
El Informe Nº 033-2020-CENEPRED/DGP/SNL del 7 de setiembre de 2020, emitido por la Subdirección de Normas y Lineamientos; el Informe Nº 090-2020-CENEPRED/DGP del 10 de setiembre de 2020, emitido por la Dirección de Gestión de Procesos, y el Informe legal Nº 055-2020-CENEPRED/OAJ del 18 de setiembre de 2020, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 29664 se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y se constituye el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED) como un organismo público ejecutor que conforma el SINAGERD, responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de estimación, prevención y reducción del riesgo y reconstrucción;
Que, según el artículo 3º de la Ley Nº 29664, la Gestión del Riesgo de Desastres es un proceso social cuyo fin último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastres de la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a materia económica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible;
Que, conforme establece el literal f del artículo 12º de la Ley Nº 29664, el CENEPRED elabora los lineamientos para el desarrollo de los instrumentos técnicos que las entidades públicas puedan utilizar para la planificación, organización, ejecución y seguimiento de las acciones de estimación, prevención, reducción del riesgo de desastres, lo que implica adoptar mecanismos que orienten a evitar la generación de nuevos riesgos en la sociedad y reducir las vulnerabilidades y riesgos existentes en el contexto de la gestión del desarrollo sostenible;
Que, en concordancia con lo anterior, el numeral 6.1 del artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, señala que el CENEPRED es competente para asesorar y proponer al ente rector la normativa que asegure y facilite los procesos técnicos y administrativos de estimación, prevención y reducción del riesgo, así como de reconstrucción;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 334-2012-PCM, se aprobaron los “Lineamientos Técnicos del Proceso de Estimación del Riesgo de Desastres”, la cual precisa en su numeral 6.2.3.5.2 que el CENEPRED es el organismo competente de emitir los procedimientos administrativos correspondientes, con la finalidad de orientar de manera específica a las entidades públicas y privadas en los diferentes niveles de gobierno, en la determinación de riesgos de origen natural o inducidos por la acción humana;
Que, como es de amplio conocimiento, los tomadores de decisiones en los tres niveles de gobierno vienen gestionando de manera no sostenible su territorio, debido a la falta de la identificación de los riesgos existentes en el ámbito de su jurisdicción y de sus competencias, la invasión no planificada del territorio y la implementación de proyectos de servicios esenciales en zonas inadecuadas generando condiciones de riesgos que, ante el impacto de los peligros de origen natural, van a originar efectos considerables, los cuales conllevan costos adicionales atribuibles a atención de la emergencia, costos de rehabilitación a los servicios básicos esenciales, así como los costos de reconstrucción de las estructuras físicas en los sectores sociales, económicos y ambientales;
Que, en ese contexto, existe la necesidad de contar con instrumentos técnicos que faciliten a los tomadores de decisión de los tres niveles de gobierno, la valorización del riesgo y los efectos que ocasionaría el impacto del peligro en una determinada zona de riesgo, en cuanto no se implementen las acciones prospectivas o correctivas en su territorio;
Que, en ese orden de ideas, la Dirección de Gestión de Procesos ha elaborado la propuesta de Guía metodológica denominada “Guía para la evaluación de los efectos probables frente al impacto del peligro originado por fenómenos naturales”, la cual sirve de base para que las entidades de los tres niveles de gobierno, puedan efectuar la estimación monetaria de los efectos que ocasionaría el impacto de los peligros, en el marco de las evaluaciones del riesgo, señalados en los lineamientos para la implementación del proceso de Estimación del Riesgo de Desastres y el Manual para la Evaluación para la Evaluación de Riesgos Originados por Fenómenos Naturales vigente;
Que, en el marco de las competencias otorgadas al CENEPRED, es pertinente aprobar la “Guía para la evaluación de los efectos probables frente al impacto del peligro originado por fenómenos naturales”, el cual busca facilitar a las entidades de los tres (3) niveles de gobierno el cálculo de las posibles pérdidas en las evaluaciones de riesgos originados por fenómenos naturales;
Con el visado de la Secretaría General, la Dirección de Gestión de Procesos, y la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; el Decreto Supremo Nº 104-2012-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del CENEPRED; la Resolución Ministerial Nº 334-2012-PCM, que aprueba los Lineamientos Técnicos del Proceso de Estimación del Riesgo de Desastres; y, en uso de las facultades conferidas mediante la Resolución Suprema Nº 003-2020-DE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la “Guía para la evaluación de los efectos probables frente al impacto del peligro originado por fenómenos naturales”, que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 2º.- Disponer que los “Guía para la evaluación de los efectos probables frente al impacto del peligro originado por fenómenos naturales”, aprobada mediante la presente Resolución Jefatural, son de aplicación y cumplimiento obligatorio de los integrantes que componen el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y, en el mismo día, en el portal web institucional del CENEPRED (www.cenepred.gob.pe), conjuntamente con los lineamientos aprobados en el artículo 1º de la presente resolución.
Regístrese y comuníquese.
JUVENAL MEDINA RENGIFO
Jefe del CENEPRED
1887661-1