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Aprueban el Plan de Actividades 2020 de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial

Aprueban el “Plan de Actividades 2020 de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial”

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000239-2020-CE-PJ

Lima, 31 de agosto del 2020

VISTO:

El Informe Nº 004-2020-CJI-CSJR-PJ remitido por el doctor Víctor Prado Saldarriaga, Juez titular de la Corte Suprema de Justicia de la República y Presidente de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolución Administrativa 499-2012-P-PJ, de fecha 17 de diciembre de 2012, se aprobó la Hoja de Ruta de la Justicia Intercultural, con el objetivo de promover y consolidar un sistema de justicia intercultural a nivel nacional. El citado documento contiene los compromisos y acciones de la institución, a fin de fortalecer la justicia intercultural en los próximos años.

Segundo. Que, el señor Presidente de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial remitió elPlan de Actividades 2020 de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial”, el cual tiene como objetivo general consolidar un sistema de justicia intercultural desarrollando y monitoreando los componentes y acciones incorporados en la Hoja de Ruta de la Justicia Intercultural, aprobada mediante Resolución Administrativa Nº 499-2012-P-PJ.

Asimismo, informa que para el presente año han priorizado el objetivo específico que es la generación de información y conocimiento para fortalecer la capacidad de los jueces, juezas, personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial en materia de justicia intercultural acorde con el escenario de emergencia sanitaria que vive el país actualmente.

Para el cumplimiento del objetivo específico y sus respectivas actividades, solicita se apruebe el referido Plan de Actividades correspondiente al presente año.

Tercero. Que, al respecto, la señora Consejera Responsable de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena remite el Informe Nº 000055-2020-ONAJUP-CE-PJ, elaborado por la Jefa de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena-ONAJUP, el mismo que da cuenta sobre las funciones de la referida oficina y de la Comisión de Justicia Intercultural.

Del mencionado informe se advierte que existe duplicidad de funciones que involucra tanto a la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena como a la Comisión de Justicia Intercultural, la misma que se manifiesta de los planes de trabajo respectivos debido a que la Comisión de Justicia Intercultural dentro de su propuesta Plan de Trabajo, ha incluido actividades que ya se encuentran aprobadas por Resolución Administrativa Nº 051-2020-CE-PJ del 29 de enero del año en curso y consideradas en el Plan de Trabajo de la ONAJUP para el año 2020.

Cuarto. Que, el señor Presidente de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial remite el Informe Nº 004-2020-CJI-CSJR-PJ, respecto a la naturaleza y función de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial y de sus relaciones con la Oficina Nacional de Justicia de paz y Justicia Indígena.

Quinto. Que, en ese contexto, corresponde al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, analizar, evaluar y disponer lo pertinente a fin de evitar que las funciones sustantivas que concierne a un órgano de línea como la ONAJUP con rango legal definidas y reiteradas en los sucesivos Reglamentos de Organización y Funciones, se vean afectadas.

Sexto. Que, el artículo 82º inciso 26) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar el plan de actividades presentado.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 936-2020 de la cuadragésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 12 de agosto de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar elPlan de Actividades 2020 de la Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial”; que en documento adjunto forma parte integrante de la presente decisión, que no implique la realización de funciones sustantivas atribuidas a la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena.

Artículo Segundo.- Establecer que cualquier propuesta de carácter sustantivo relacionada a la justicia intercultural que se presente al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, previamente a su aprobación, cuente con el informe o visto bueno respectivo de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena.

Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial emita las medidas complementarias, para la ejecución del mencionado plan de actividades.

Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución y del documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento.

Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Comisión de Justicia Intercultural del Poder Judicial, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, Cortes Superiores de Justicia del país, Centro de Investigaciones Judiciales; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO

Presidente

1888002-5