Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDíA
Nº 057-2020-MPT
Trujillo, 21 de agosto de 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE TRUJILLO
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipales, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, la administración Municipal, se rige entre otros principios consagrados en el Texto Único Ordenando de la Ley Nº 27444 – ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, por el Principio de Legalidad; el mismo que refiere que todas las autoridades administrativas, deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al Derecho, pero dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que le fueron conferidas;
Que, el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que son atribuciones del alcalde, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 005-2020-MPT, se establece que queda prohibido el otorgamiento de autorizaciones o licencias para instalar elementos de publicidad exterior cualquiera sea su denominación y/o clasificación que se le otorgue, dentro de las áreas de dominio y uso público, así como en la infraestructura de servicios públicos;
Que, mediante Oficio Nº 716-2020-MPT-GDU-SGHU, Subgerencia de Habilitaciones Urbanas, adjuntando informe Nº127-2010-MPT-GDU-SGHU-RRP, se precisa de acuerdo al Reglamento Nacional de Edificaciones la definición de mobiliario urbano, es un conjunto de elementos instalados en ambientes de uso público destinados al uso de personas, bajo esa definición se solicita que se debe eliminar del TUPA el procedimiento Autorización de Publicidad anual en mobiliario urbano (paraderos, guía de calles, cabinas telefónicas u otros). Asimismo, que la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización debe realizar los actos pertinentes para eliminar del TUPA el procedimiento administrativo: Autorización de publicidad anual en mobiliario urbano (paraderos, guía de calles, cabinas telefónicas u otros);
Que, mediante Oficio Nº 2463-2020-MPT/GPP la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto en referencia al Informe Nº 037 - 2020-MPT-GPP-SGPR-TIC, concluye que es factible eliminar del TUPA el procedimiento: Autorización de publicidad anual en mobiliario urbano (paraderos, guía de calles, cabinas telefónicas u otros), asimismo modificar el orden de numeración de los procedimientos a cargo de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas del TUPA vigente y modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modificatorias;
Que, mediante Informe Legal Nº 908-2020-MPT/GAJ, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que se expida el acto administrativo que elimine el Procedimiento Administrativo Nº 23 Autorización de publicidad anual en mobiliario urbano (paraderos, guías de calles, cabinas telefónicas u otros), del TUPA vigente, que se encuentran a cargo de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modificatorias, debiendo modificar el orden de procedimientos a cargo de la Sub gerencia de Habilitaciones Urbanas establecidos en el TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo, el mismo que debe ser aprobado por Decreto de Alcaldía;
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º, numeral 6) y Artículos 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 247972, se:
DECRETA:
Artículo Primero.- ELIMINAR el procedimiento administrativo Nº 23 Autorización de publicidad anual en mobiliario urbano (paraderos, guía de calles, cabinas telefónicas u otros), del TUPA vigente, a cargo de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modificatorias.
Artículo Segundo.- MODIFICAR orden de numeración de los procedimientos a cargo de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas del TUPA vigente quedando de la siguiente manera.
Nº de orden 23: Sellado de Planos por trámites realizados en la MPT-GDU-SGHU.
Nº de orden 24: Reconocimiento de predio de uso urbano en el Centro Histórico de Trujillo y Áreas de protección y tratamiento especial con fines de Inscripción registral.
Artículo Tercero.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modificatorias.
Artículo Cuarto.- PUBLICAR el presente Decreto en el Portal del Diario El Peruano, asimismo en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Trujillo.
Artículo Quinto.- VIGENCIA, el presente Decreto entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación.
Artículo Sexto.- NOTIFICAR, el presente Decreto a las instancias que corresponda para los fines de su cumplimiento.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JOSE PRUDENCIO RUIZ VEGA
Alcalde
1886596-1